Bruselas obliga a España a pagar el 5% de interés a las devoluciones de impuestos no abonadas que Hacienda retrasó para cuadrar el déficit de 2012

Los técnicos de la Comisión Europea van a revisar con lupa a partir de ahora las devoluciones de impuestos a los contribuyentes. Buscan asegurarse de que la Agencia Tributaria abonará el 5% de interés a las liquidaciones no abonadas con un retraso superior a seis meses y que bloqueó en el ejercicio anterior para cuadrar el déficit.

Según ha sabido El Confidencial Digital de fuentes comunitarias, Bruselas va a vigilar que a las devoluciones de impuestos que se hayan retrasado más allá del plazo legal establecido –en el caso del IRPF y el IVA se fija en los seis meses- se le aplique un 5% de interés de demora.

En el caso de la Declaración de la Renta, el tiempo empieza a contar desde el día en que finaliza la campaña. Cuando la Declaración hubiera sido presentada fuera de plazo, los seis meses se computarán desde la fecha de su presentación.

Y si se trata de un IRPF abonado a plazos, el periodo de seis meses comienza a contar a partir del último pago que el contribuyente realice a Hacienda.

Las devoluciones se registrarán en el año en curso

El Ministerio de Hacienda tuvo que modificar la semana pasada el dato de déficit público al cierre de 2012 del 6,74% publicado inicialmente al 6,98%, hasta 73.298 millones, al aplicar un nuevo criterio metodológico propuesto por Eurostat que afecta a las devoluciones fiscales del año pasado.

Hasta ahora, las devoluciones de impuestos se registraban en la contabilidad nacional en el momento en el que la Administración acordaba la devolución, una vez concluidas las comprobaciones administrativas oportunas de las solicitudes presentadas y con independencia del momento en el que se produjera el pago efectivo.

Según el nuevo criterio, dichas devoluciones pasarán a registrarse en el ejercicio y por el importe que se solicitan por el contribuyente, con independencia de que hubieran concluido los controles administrativos sobre su procedencia.

Así, se debe estimar el importe pendiente de pago de las devoluciones no abonadas al final del ejercicio. Posteriormente, si resultaran cantidades menores a devolver, será necesario corregir dicha contabilización. De hecho, fuentes de Hacienda explican que el hecho de realizar estas estimaciones provocará que el déficit del año en curso sea susceptible de ser corregido en más de una ocasión.

Aluvión de devoluciones tras cuadrar el déficit

 

Como consecuencia de las menores devoluciones que se realizaron en diciembre de 2012, lo que provocó el cambio por parte de Eurostat, en enero de este año se realizaron devoluciones, sin incluir las de deuda pública, por un importe de 5.435 millones, un 82,8% más que las 2.973 realizadas en el mismo mes de 2012.

Todas las grandes figuras vieron incrementadas sus devoluciones. Así, las del Impuesto de Sociedades crecieron un 11,6%, hasta 2.731 millones de euros, mientras que las de IVA subieron un 49,7%, hasta 1.973 millones, y las de IRPF aumentaron un 176,3%, hasta 625 millones.

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