Las cartas están llegando ya a los domicilios

Hacienda va a por el millón de beneficiarios del Plan PIVE

Califica esta ayuda de incremento patrimonial, les exige una declaración complementaria en el IRPF y se enfrentan a multas por no haberla tributado

Vehículos de segunda mano.
Vehículos de segunda mano.

Sorpresa de Hacienda para miles de automovilistas. Está reclamando por carta a los beneficiarios del Plan PIVE que declaren la ganancia patrimonial derivada de esas ayudas. Les informa que debían haber tributado esas cantidades en el IRPF y no lo han hecho. Ahora se enfrentan a sanciones.



El ministro de Industria, José Manuel Soria, adelantó a principios de esta semana que el Gobierno está trabajando en el Plan PIVE 8 para la compra de vehículos nuevos y se aprobará lo antes posible. “Estamos acelerando toda la tramitación necesaria para llevarlo al Consejo de Ministros”, explicó.

Las siete ediciones anteriores han introducido, según los datos que maneja el Ejecutivo, una mayor eficiencia y seguridad en el mercado automovilístico. También han incrementado la recaudación del Estado a través del impuesto de matriculación y el IVA. Pero hay letra pequeña en esta cuestión.

Declaración complementaria y multas

Aquellos conductores que se han acogido en los últimos ejercicios a estas ayudas se están encontrando estos días con una desagradable sorpresa.

Según ha sabido El Confidencial Digital, Hacienda está remitiendo cartas a todos los beneficiarios del plan PIVE del año 2013. Se calcula que el número de españoles acogidos desde que se implantó la medida se aproxima al millón.

Les está exigiendo una declaración complementaria por “un incremento patrimonial no reconocido”. Les informa que, como beneficiarios de esta subvención de la administración, debían declarar ese dinero en el impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) como ganancia patrimonial.

La Agencia Tributaria persigue recuperar una parte importante de las subvenciones entregadas. Y hacerlo además aplicando ahora recargos y multas a los automovilistas como pena por no haberlas declarado en su momento.

Ayuda del Estado no exenta de tributación

Mientras que otras aportaciones del Estado como el ‘cheque-bebé’, las ayudas para el transporte o los seguros médicos están exentas de tributación en el IRPF, las cantidades recibidas a través del Plan PIVE sí deben ser declaradas en la Renta.

Se debe incluir el importe de la ayuda pública recibida en 2013 y 2014 en el apartado Ganancias Patrimoniales del borrador o declaración.

El plan de ayudas contemplaba una subvención de 2.000 euros para la compra de un vehículo nuevo, repartida al 50% entre Gobierno y concesionario. Se debetributar por 1.000 euros, que es el dinero que destina el Estado.

 

Denuncian falta de publicidad de impuestos

Algunos afectados por esta medida relatan a ECD que Hacienda no les había remitido ninguna carta previa durante este tiempo informándoles de esta circunstancia. Ni establece que los concesionarios deban advertir a los potenciales beneficiarios de cumplir con esta obligación fiscal en el momento de cerrar la operación de compra-venta.

Se da la circunstancia, además, de que en el borrador de la declaración de la Renta que la Agencia Tributaria envía para ser confirmado por los contribuyentes no figura esta subvención en ninguna de las casillas.

Hacienda debe recoger precisamente en ese documento todos los datos económicos que dispone de los contribuyentes. Expertos fiscales explican a este confidencial que resulta llamativo que no se incluya ninguna mención a esta ayuda en los borradores, cuando precisamente el beneficiario recibe el dinero de la propia administración.

Viene contemplado en la normativa

En el Ministerio de Hacienda explican que, salvo que la Ley lo indique expresamente, todas las subvenciones recibidas por personas que realizan o no actividades económicas, tienen la consideración de ganancias patrimoniales. Esto significa que no están exentas en el Impuesto sobre la Renta.

Recalcan que la normativa del Plan PIVE que desarrolla la concesión de estas ayudas contempla desde el principio, cuando fue publicada en el BOE, la obligatoriedad de tributar este dinero.

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