Consigna de una asociación subvencionada por la Generalitat

“Si te encuentras a un funcionario español, háblale solo en catalán”

La Plataforma per la Llengua distribuye un extenso argumentario para que los ciudadanos de Cataluña no utilicen el castellano con policías nacionales, profesores, médicos...

¿Me puedo dirigir en catalán a un policía nacional o a cualquier otro funcionario del Estado? ¿Y si me dice que no me entiende o me pide que hable en castellano? La Plataforma per la Llengua ha puesto a disposición de los ciudadanos un catálogo de recomendaciones para afrontar situaciones con empleados públicos que “no respeten sus derechos lingüisticos”.

En un documento distribuido entre sus simpatizantes, recuerda que en las Islas Baleares, Cataluña, Valencia y Andorra los ciudadanos tienen reconocido por ley el derecho de dirigirse oralmente y por escrito en lengua catalana a cualquier organismo de la Administración, tanto del Estado como autonómica.

Y, además, la legislación también prohíbe taxativamente cualquier tipo de discriminación por motivo de la lengua oficial empleada.

Los funcionarios son servidores públicos y deben respetar los derechos lingüísticos de los ciudadanos: no pueden pedir a nadie que renuncie a su derecho a hablar en la lengua oficial que escoja. Por ello, la consigna que vienen a lanzar desde la plataforma es que “quien se encuentre a un funcionario español, le hable en catalán”

Derecho a negarse a hablar en castellano

Por lo tanto, se contempla el derecho de dirigirse en catalán a un policía del Estado o a cualquier otro funcionario, sin que pueda exigir un cambio de lengua. Si responde que no entiende o exige hablar en castellano, se le puede recordar los derechos recogidos en la legislación.

Estos derechos quedan recogidos tanto en los estatutos de Autonomía de Cataluña, Islas Baleares y Comunidad Valenciana como en las leyes de normalización lingüística (Ley 1/1998 de política lingüística de Cataluña, Ley 7/1986 de normalización lingüística en las Islas Baleares y la Ley 4/1983 de uso y enseñanza del valenciano).

También lo especifica la Carta europea de las lenguas regionales o minoritarias, firmada y ratificada por España y, por tanto, de obligado cumplimiento.

Denunciar los hechos en los juzgados

Sin embargo, recuerdan que a veces se registran situaciones en las que los funcionarios catalanes se encuentran en desventaja, sobre todo si están solos y no tienen testigos de la escena. Por ello, recomiendan que es totalmente legítimo priorizar la seguridad.

En cualquier caso, si se produce una vulneración de nuestros derechos o sufrimos un tratamiento inadecuado o discriminatorio, se aconseja denunciar siempre los hechos. Incluso, en un caso muy grave, se debe acudir directamente a los juzgados.

El caso concreto de la Polícia Nacional

En el caso específico del Cuerpo Nacional de Policía, destacan que existe una normativa, la Ley orgánica 4/2010, de Régimen Disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía (artículo 7), que fija como falta muy grave cualquier actuación que suponga discriminación por razón de lengua.

 

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