¿Piensa alquilar su piso en la costa este verano? Tenga en cuenta estos consejos

Se acerca la época en la que los alquileres de verano cobran un protagonismo exponencial. La particularidad en esta modalidad de alquiler implica que durante los meses que van de Junio a Septiembre serán varios los inquilinos que ocupen la vivienda.


Playa de la costa mediterránea.
Playa de la costa mediterránea.

Alquiler Protegido, especialistas en la protección del propietario, señala cinco aspectos fundamentales a tener en cuenta si se alquilan propiedades de costa en los meses de verano.

El primero de ellos es la elaboración exhaustiva de un contrato en el que se recojan todas las condiciones. En él se deben recoger aspectos como la fianza o si se aceptan mascotas. Antonio García, Cofundador de Alquiler Protegido explica, “_También es importante en este sentido exigir pagos por adelantado de parte de la renta del alquiler ya que los avales en períodos cortos de alquiler no son prácticos. La inclusión en el contrato de alquiler de un inventario del piso resulta clave en el caso de reclamar pérdidas o robos ocasionados durante el arrendamiento_”.

Otra de las cosas que hay que tener en cuenta es el de repasar con los inquilinos el estado de la vivienda antes de que abandonen la misma. Con ello podremos garantizar su estado y, en caso de localizar algún desperfecto, se podrá realizar oficialmente una reclamación antes de devolver la fianza al inquilino. Nunca se debe devolver la fianza sin realizar la inspección previa, ya que luego la viabilidad de la reclamación quedaría en entredicho.

El tercer aspecto tiene que ver con la ocupación. El contrato debe fijar la capacidad máxima de personas que pueden habitar la vivienda. Si descubrimos una capacidad mayor, legalmente se pueden emprender las acciones legales correspondientes. Recoger en el contrato este punto resulta imprescindible en todos los arrendamientos, pero quizá más aún en esta modalidad de alquiler por temporadas turísticas.

Antonio García destaca, como cuarta consideración, el pago por anticipado. “_Cobrar cerca del 50% el valor del alquiler a la hora de formalizar la reserva es una práctica muy habitual y recomendable para liquidar el resto el primer día de la estancia_”. Si el pago se fijara a posteriori, circunstancia menos aconsejable, en el contrato deben quedar recogidas todas las consecuencias de su incumplimiento.

Finalmente conviene tener en cuenta que los inquilinos deben correr con el gasto de agua o de luz que hagan durante la estancia. Este gasto normalmente se repercute en la renta, y actualmente hasta el gasto proporcional de internet también se incluye. Si se realiza un acuerdo entre las partes, estipulándolo como un gasto añadido, lo normal es solicitar un depósito por adelantado en este concepto y fijarlo en el contrato. Si existe sobrante, se estipula también la devolución.

 Fuera de estas cinco aspectos, conviene indicar también la necesidad de disponer de un seguro de hogar multirriesgo que contemple tanto continente como contenido con el fin de obtener las indemnizaciones que se escapen en diferentes revisiones de la vivienda. Y, por otro lado, en caso de robo o sustracción de propiedades del inquilino, el arrendador no tienen ningún tipo de responsabilidad y se recomienda al turista que contrate un seguro de viaje que cubre las posible


 

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