La Federación de Asociaciones de Prensa realiza un análisis crítico del Estatuto del periodista que impulsa IU en el Congreso

El proyecto de ley que impulsa Izquierda Unida en el Congreso para la creación del Estatuto del periodista no gusta a la Federación de Asociaciones de Prensa de España (FAPE). Su presidente, Fernando González Urbaneja, criticó la iniciativa que actualmente se está tramitando en la Cámara Baja.

Las principales discrepancias, artículo por artículo, de las asociaciones de periodistas al posible nuevo Estatuto del periodista son las siguientes:

-- Artículo 1. Se considera periodista a "todo aquel que tiene por ocupación principal y remunerada la obtención, elaboración, tratamiento y difusión por cualquier medio de información de actualidad, en formato literario, gráfico, audiovisual o multimedia, con independencia del tipo de relación contractual que pueda mantener con una o varias empresas, instituciones o asociaciones". Sin embargo, "el texto no profundiza en la definición de periodista", critica la FAPE. Tampoco exige una titulación específica, sino que atribuye la acreditación de periodista a la imprecisa definición de "ocupación principal y remunerada".

-- Artículo 2. "La condición de periodista profesional se acredita mediante el correspondiente carné expedido por el Consejo Estatal de la Información o sus equivalentes autonómicos". Para la FAPE, en cambio, la creación de este Consejo Estatal de la Información es una barrera a la defensa de la libertad de expresión.

-- Artículo 3, 4, 5 y 6. Definen los conceptos de periodista a la pieza, periodista por libre –"freelance"- y colaborador. Las asociaciones de prensa dicen que estas definiciones son "imprecisas, raras, inútiles y contradictorias".

-- Artículo 8. "El ejercicio de la profesión periodística es incompatible con el desempeño de: el ejercicio profesional de la actividad publicitaria, de marketing y relaciones públicas; la condición de policía, militar, juez o fiscal; los ministros y los cargos públicos de libre designación ministerial o por los órganos de gobierno de Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales". La FAPE dice que estas incompatibilidades son "anticuadas e inútiles".

-- Artículo 9. "El periodista tiene el deber de ofrecer a la sociedad información veraz de relevancia pública". Según la FAPE, esta misión deontológica del profesional de la información es arbitraria.

-- El artículo 10 del nuevo estatuto del periodista recoge las sanciones: "serán violaciones leves de los deberes deontológicos aquellas que puedan atribuirse a descuido o negligencia. Serán violaciones graves aquellas que supongan una intención dolosa". Las asociaciones, por su parte, dicen que este régimen es inadecuado e insólito.

-- Las discrepancias fundamentales de la FAPE se centran en el capítulo IV del estatuto: la creación del Consejo Estatal de la Información. Según ellos, "es incompatible con un modelo democrático serio y, muy probablemente con nuestra Constitución. Resucita fantasmas del pasado autoritario, es una anomalía que asombrará en Europa. Lo mismo que la pretensión de fijar mediante una ley el marco deontológico de los periodistas".

Ante esto, la FAPE concluye que "este Estatuto no da respuesta a los problemas reales, sino que más bien les agrava. Puede ser oportuno un Estatuto de la profesión que actualice legislación dispersa o imprecisa, pero no el reflejado en la proposición de ley".

 

Asimismo, no todo son críticas por parte de la FAPE. Conviene, por ejemplo, en la creación de consejos de redacción en los diferentes medios informativos o la protección de los derechos de autor que contempla el Estatuto.

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