La OJD contabilizará a partir de julio las consultas de la edición impresa de los periódicos que se realicen a través de Internet

La OJD –que ahora ha pasado a llamarse Información y Control de Publicaciones- comenzará a contabilizar, a partir de julio, las consultas en Internet de la edición impresa de los periódicos que así lo soliciten. De esta forma, los datos de las ediciones digitales se incluirán en el promedio de difusión de los diarios y aparecerán desglosadas en un anexo a la certificación, denominado “Edición Digital”.

La OJD –que ahora ha pasado a llamarse Información y Control de Publicaciones- comenzará a contabilizar, a partir de julio, las consultas en Internet de la edición impresa de los periódicos que así lo soliciten. De esta forma, los datos de las ediciones digitales se incluirán en el promedio de difusión de los diarios y aparecerán desglosadas en un anexo a la certificación, denominado “Edición Digital”.

La OJD define como “Edición Digital” -susceptible de entrar dentro de su control- una réplica de una publicación impresa distribuida electrónicamente “como un todo”. Debe ser similar al original y se considera como el mismo producto que la edición impresa de la que es copia. Además, la Edición Digital deberá llevar el mismo contenido editorial y la misma publicidad y anunciantes que la edición principal.

Según estipulado el organismo regulador, los destinatarios que reciban tanto la copia digital como la impresa sólo contarán una vez en el certificado. Para determinar la difusión se atenderá al número de descargas efectivas de la edición digital. El editor debe llevar al día un registro actualizado que permita verificar la cantidad exacta de copias digitales descargadas, que deberá mostrar en la inspección del control.

La empresa editora se compromete también a demostrar la existencia y validez del suscriptor para recibir la Edición Digital de la publicación. Concretamente, la OJD verificará la documentación de la suscripción de pago, la evidencia de que ese abono se ha realizado y en el caso de que la edición digital sea gratuita, se deberá demostrar que existe tal demanda de suscripción por parte del lector.

Según ha confirmado la OJD, las empresas editoras de publicaciones que dispongan de edición digital podrán solicitar el alta en estos servicios hasta el próximo 1 de julio.

 

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