La minoría progresista del CGPJ también pone objeciones al “Estatut”: contra la cooficialidad de lenguas y la justicia de proximidad

Algunos magistrados de Jueces para la Democracia (JpD) no están conformes con algunos aspectos del “Estatut”. No se oponen a la totalidad del texto catalán pero sí muestran su disconformidad en materia lingüística y en lo relacionado con la “justicia de proximidad”.

Algunos magistrados de Jueces para la Democracia (JpD) no están conformes con algunos aspectos del “Estatut”. No se oponen a la totalidad del texto catalán pero sí muestran su disconformidad en materia lingüística y en lo relacionado con la “justicia de proximidad”. El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) está elaborando un informe acerca de las consecuencias jurídicas del estatuto catalán. El sector progresista, contrario a tal iniciativa, sí rectifica sin embargo al Govern sobre el sistema de selección de los jueces de proximidad. Según fuentes de este órgano, los abogados no deben impartir justicia en pleitos penales y civiles de menor entidad. JdP matiza que este papel debería ser desarrollado por jueces de carrera para garantizar el principio de independencia judicial. Los juzgados de proximidad son el resultado de una serie de reformas judiciales aprobadas por el Consejo de Ministros del pasado 15 de julio para agilizar los litigios pendientes y futuros. De esta forma, se espera dar salida a los asuntos de menor entidad y escasa complejidad del orden penal y civil de los juzgados de instrucción y de primera instancia resueltos por abogados que no jueces. En los municipios donde se haya implantado esta reforma, los ayuntamientos aprobarán primero por pleno a los abogados convertidos en jueces. Después, la Sala de Gobierno de Tribunal Superior de Justicia elegirá entre los propuestos y, finalmente, el CGPJ será quien proceda al nombramiento. Además, los mismos magistrados se muestran disconformes con algunas pretensiones del estatuto. Concretamente, están en contra de exigir a los jueces que hablen catalán en los juzgados. Desde JpD se afirma que “no debe ser condición” pues impartir justicia es una función de ámbito nacional y, por tanto, mientras no se diga lo contrario, el idioma deberá ser el castellano. No obstante, estos jueces están a favor de que entre dos magistrados que opten a una plaza prime el de habla catalana por cuestión de méritos. Sin embargo, explican, “la lengua no puede ser sólo el requisito”.

 

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