Dos jueces emitieron un voto particular

Sancionado un Guardia Civil por el ‘chivatazo’ a un sospechoso al que seguía la Policía

Los magistrados consideran probado que entró en SIGO para constatar que la ‘secreta’ vigilaba a un individuo investigado por robo a mano armada

Una agente de la Guardia Civil atiende el teléfono.
Una agente de la Guardia Civil atiende el teléfono.

Un Guardia Civil ha sido condenado a 18 meses de suspensión de empleo y sueldo por una falta muy grava contra el secreto profesional. El Supremo ha considerado probado que el agente facilitó información policial a un sospechoso que estaba siendo investigado por la Policía Nacional. Según la sentencia, consultó SIGO para identificar la matrícula del coche ‘secreta’ del CNP que estaba siguiendo los pasos al presunto autor de un robo a mano armada.


Los hechos ocurrieron en 2013. Según relata la sentencia del Tribunal Supremo, un agente de la Guardia Civil destinado en Valencia recibió una llamada telefónica de un individuo –no se establece si había algún tipo de amistad entre ambos-.

En esa comunicación, ‘Dario’ (nombre falso con el que el Supremo identifica al sospechoso) le trasmite que le está siguiendo un vehículo, y pregunta al agente qué debe hacer. Éste le dice que apunte la matrícula. En una segunda llamada, este le facilita el número de matrícula y le pide comprobar en la base de datos la identidad del propietario del vehículo que le seguía. El agente le responde que no puede hacerlo porque no se encuentra de servicio.

Sin embargo, según constata la denuncia, al día siguiente el agente realiza una consulta en la base de datos SIGO - Sistema Integrado de Gestión Operativa- sobre esa matrícula. En el sistema informático figura que el vehículo estáadscrito al Grupo de Atracos de la Brigada Provincial de Policía Judicial (UDEV) de la Jefatura Superior de Policía de Valencia.

El coche ‘secreta’ seguía a este individuo en el marco de una investigación sobre un robo a mano armada registrado en un domicilio, en el que resultó herida una persona y en el que participó presuntamente el ciudadano investigado.

Al día siguiente de quedar registrada la búsqueda en SIGO por parte del agente, el sospechoso “extremó” las medidas de seguridad, tal y como constataron las unidades policiales que seguían sus pasos de cerca.

Pese a que no existe prueba documental de que el agente de la Guardia Civil comunicase el seguimiento policial a ‘Darío’, los diversos tribunales por los que ha pasado el caso hasta llegar al Supremo han considerado que hay indicios suficientes para relacionar esa búsqueda en SIGO con el hecho de que el sospechosos extremase las medidas de precaución contra seguimientos.

La defensa del agente presentó recurso contra las sentencias condenatorias, y recientemente fue el Tribunal Supremo quien confirmó la sanción (aunque la rebajó de la impuesta inicialmente). En total, se le han impuesto 18 meses de suspensión de empleo y sueldo, acusado de una falta muy grave por "violar el secreto profesional cuando afecte a la seguridad ciudadana y perjudique el desarrollo de la labor policial”.

Sin embargo, el veredicto no ha sido unánime. Dos magistrados del Supremo emitieron un voto particular, alegando que no podía establecerse una relación directa y probada entre la consulta en SIGO y las medidas adoptadas por el sospechoso, situación que definen como una “espiral de conjeturas y suposiciones”.


 

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