Condenados los familiares de Juan Galdeano, el agricultor fallecido en el cuartel de la Guardia Civil de Roquetas de Mar, por herir a las mujeres de los guardias civiles implicados

El juzgado de lo Penal número 8 de Roquetas de Mar, Almería, considera que Sergio Manuel Martín y Juan Francisco Martín son culpables de agredir a las esposas de los guardias civiles cuando estas llegaron con pancartas en defensa de la Guardia Civil a los juzgados donde se juzgaban a los nueve agentes imputados por la muerte de Juan Martín Galdeano en el cuartel de la localidad almeriense el 24 de julio de 2005.

El caso Roquetas sigue dando coletazos. Hay que recordar que un tribunal consideró que fue la cocaína y no las agresiones de los nueve guardias civiles lo que ocasionó la muerte de Juan Martínez Galdeano en el cuartel de Roquetas. Sin embargo, también consideró que el teniente Jose Manuel Rivas, al mando del cuartel, era culpable de un delito de "atentado no grave contra la integridad moral", por el que se le condenó a 15 meses de prisión y tres años de inhabilitación.

Asimismo, respecto al teniente, estimó que hubo trato "degradante" hacia Galdeano. A la agente María José le atribuyó que usó "de forma innecesaria" un arma reglamentaria para la reducción del detenido. Los otros cuatro imputados fueron absueltos de las penas al entender que "no pudieron hacer nada para evitar las actuaciones de los tres condenados" por ser "sorpresivas", "muy rápidas" y originadas por la "confusión" del momento.

Mientras la sentencia ha sido recurrida por los consenados y los familiares del agricultor, ahora otro tribunal ha dictado otra resolución relacionada con el caso. Así, el Juzgado de lo Penal número 8 de Roquetas de Mar, Almería, ha condenado en una sentencia a la que ha tenido acceso El Confidencial Digital, leala aquí, a ergio Manuel Martín y su hermano Juan Francisco Martín, familiares del fallecido, por un delito de lesiones y una falta de lesiones respectivamente contra las mujeres de los guardias civiles cuando participaban en una manifestación en los juzgados de la localidad almeriense. Sin embargo, los dos han sido absueltos de una falta de injurias de los que le acusaba la acusación.

Según los hechos recogidos en la sentencia, los hermanos se hallaban, junto con otros familiares y amigos, en las puertas de los Juzgados de Roquetas donde se juzgaba la muerte del agricultor. “Sobre las 15.00 horas del 8 de agosto de 2005, las esposas de los agentes implicados, se personaron en la sede judicial con una pancarta en defensa de la Guardia Civil. En un momento dado, los acusados se abalanzaron sobre ellas de forma violenta, con laintención de arrebatarles las pancartas que portaban, produciéndose un forcejeo del que, por su mayorcorpulencia salieron ilesos”. Como resultado de la agresión, las mujeres resultaron heridas.

La Juez, dictamina que hubo dolo en el caso, porque a pesar de la situación de nerviosismo, conocían el riesgo de lesionar a Marín y a Domínguez, pese a lo cual actuaron de la forma conocida. Aún así, como se ha dicho, confirmado por el visionado de un vídeo de una cadena local del municipio, “se vivió una situación de fuerte tensión, tanto en los momentos previos como en el momento de la acción”.

Sin embargo, según la sentencia, el forense no ha podido dictaminar por las heridas si ambos hermanos agredieron a la vez a Marín, una de las mujeres, como ésta había manifestado. Por tanto, al no existir prueba gráfica, y por la rapidez de la situación, y al haberse dirigido cada uno a una persona distinta, interpreta la “versión más favorable para los acusados”, esto es, que no actuaron en conjunto en el caso de Marín.

Así mismo, Juan Francisco queda exculpado del delito de lesiones en el caso de Domínguez, porque sus heridas sólo necesitaron tratamiento ambulatorio. No ocurre lo mismo con Sergio, que al provocar un esguince en la muñeca de Marín, sí incurre en delito.

Sergio Martín, deberá ingresar en prisión por un periodo total de seis meses. Juan Francisco deberá pagar a María José Domínguez, una de las agredidas, 180 euros, seis diarios durante un mes. Además, deberán indemnizar a las mujeres con 3.858 euros, 1.294 a Domínguez, y 2.564 a María del Carmen Marín, la otra afectada. No obstante, la condena tiene la atenuante de la situación de tensión que se vivió en el momento de los hechos.

 

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