600 jueces y 5.000 trabajadores más son necesarios para que la Administración de Justicia no colapse tras el estado de alarma

Es el cálculos de los sindicatos judiciales que creen que son imprescindibles nuevas contrataciones y rechazan que la movilidad de personal entre centros, propuesta por el Ministerio, sea la mejor opción

Juan Carlos Campo
Juan Carlos Campo, el ministro de Justicia, en una reunión telemática

El Consejo de Ministros que se celebra hoy tiene previsto aprobar el borrador del Real-Decreto Ley de Medidas Procesales y Organizativas para hacer frente al Covid-19 en el ámbito de la Administración de Justicia. Entre otras medidas, se prevé la movilidad de los trabajadores entre centros. Los sindicatos se quejan de que el texto no se haya negociado y rechazan algunas medidas. Calculan que harán falta 600 jueces y 5.000 trabajadores más para reactivar la justicia tras el estado de alarma. 

El ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, tuvo una reunión telemática con los sindicatos el pasado jueves 23 de abril, en la que les habló del borrador, pero no se lo facilitó. Este fin de semana el documento se ha filtrado y los trabajadores se muestran muy molestos por no haber formado parte de la negociación de estas medidas. 

Por eso, Comisiones Obreras o UGT han enviado las alegaciones por su cuenta y sindicatos como CSIF también tienen previsto presentarlas esta semana. “Le pedimos en varias ocasiones que nos facilitara el borrador y nos dijo que no. Luego, nos enteramos por la prensa”, explica Javier Jordán representante de CSIF. “Fue todo una imposición, incluso, llegó a decirnos cómo teníamos que vendérselo a nuestros compañeros”, dice Victoria Carrera de UGT. 

La movilidad no es una opción 

Uno de los puntos de este Real-Decreto Ley que más ha enfadado a los sindicatos ha sido el artículo 25 referido a la movilidad del personal entre centros. El Ministerio plantea que sea de carácter voluntaria, en el mismo municipio y de igual orden jurisdiccional. 

Sin embargo, los sindicatos ven esta medida “equivocada” e “ineficaz”. En primer lugar, porque no ven clara la forma de organizar estas movilidades, pero ponen especial énfasis en que el colapso de la justicia se va a producir en todos los órganos: “no hay ningún indicio que diga que vaya a sobrar personal en ningún lado”. 

Con el rechazo de esta medida, CCOO cree que lo fundamental es la contratación de personal interino para atender las necesidades que se produzcan derivadas del Covid-19. “Hemos calculado que harán falta 600 magistrados y jueces y 5.000 funcionarios, con una contratación mínima de 6 meses”, explica Luis Calero. 

Se trataría de magistrados suplentes y jueces sustitutos con preferencia para el nombramiento entre Letrados de la Administración de Justicia. 

Turnos de mañana y tarde para mantener las distancias

El borrador del Ministerio propone realizar turnos en jornadas de mañana y tarde para garantizar la distancia de seguridad entre el personal. En este sentido, los sindicatos ven positivo dividir la jornada en turnos, pero consideran que no debe ser obligatorio. 

“Debe respetarse el art. 500 de la LOPJ que establece la voluntariedad para todos los casos”, si se hace obligatorio, dicen, podría conculcar el derecho a la conciliación de la vida familiar y laboral. 

 

Creen en CCOO que debería hacerse un análisis individualizado de las distintas dependencias judiciales, porque en algunas no hará falta hacer turnos ya que con las dimensiones se puede mantener la distancia de seguridad de dos metros y, en cambio en otras, ni siquiera con dos turnos se mantendría esta distancia. 

Por otro lado, en CSIF, consideran necesaria la ampliación de la jornada laboral de los trabajadores siempre con un incentivo. 

En agosto ya se trabajaba

Los sindicatos insisten en que el mes de agosto ya se trabajaba en la mayoría de administraciones de justicia. En el mes de vacaciones de los abogados y procuradores y, por este motivo, muchos de los funcionarios tenían tiempo para ponerse al día con trabajos atrasados. 

Las competencias de Justicia más allá del estado de alarma

Además, los sindicatos entienden que tomar medidas sobre las condiciones de trabajo en materia personal, más allá del estado de alarma excede a las competencias del Gobierno Central.

Las medidas en materia de prevención de riesgos laborales y sistemas de provisión de puestos de trabajo son competencias transferidas a las Comunidades Autónomas. 

En el borrador del Real-Decreto Ley se habla del periodo mientras dure el estado de alarma, así como de su vigencia durante tres meses. Esto es lo que choca en los sindicatos porque no entienden que Justicia pueda regular más allá en el tiempo.  

Video del día

Marta Rovira confirma que negocia con Sánchez
un referéndum de independencia para Cataluña
Portada
Comentarios
Envíanos tus noticias
Si conoces o tienes alguna pista en relación con una noticia, no dudes en hacérnosla llegar a través de cualquiera de las siguientes vías. Si así lo desea, tu identidad permanecerá en el anonimato