La Audiencia Nacional concede el asilo a un opositor venezolano a quien Interior se lo denegó

Solicitó la acogida por haber sido víctima de robo, chantaje telefónico y violencia policial en una protesta contra Nicolás Maduro

Asistente al acto en la Puerta del Sol de la Asamblea Nacional de Venezuela "Venezuela alza la voz contra Maduro", en Madrid (España), a 12 de diciembre de 2020.
Asistente al acto en la Puerta del Sol de la Asamblea Nacional de Venezuela "Venezuela alza la voz contra Maduro", en Madrid (España), a 12 de diciembre de 2020.

Pelayo llegó, junto a su mujer Carina, a abandonaron Venezuela y llegaron a España en mayo de 2017. El 28 de julio de ese mismo año ambos solicitaron el derecho de asilo y la protección subsidiaria.

El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska se lo denegó el 20 de abril de 2018. Sin embargo, los venezolanos recurrieron la demanda en marzo de 2019, alegando los hechos y fundamentos jurídicos que consideraron aplicables, suplicaron a la Sala de lo Contencioso-Administrativo que anulase la resolución de Interior.

Solicitaron ante la Audiencia Nacional la permanencia en España por razones humanitarias.

Argumentaron en su solicitud haber sido objeto de robo en la ciudad de Barcelona, Venezuela, siendo despojados de su coche. Las autoridades venezolanas, cuando ambos denunciaron los hechos, respondieron que si no habían sufrido lesiones no les tomarían declaración.

Posteriormente alegan haber sido víctimas de chantaje telefónico, en el que en reiteradas ocasiones se les ha pedido dinero.

Pelayo pertenece al partido político Primero Justicia, que forma parte de la coalición opositora al Gobierno de Nicolás Maduro, denominada, Mesa de Unidad Democrática. En una protesta contra el Gobierno fue víctima de varios perdigonazos en al cara.

Los argumentos de Interior

En la resolución del 30 de abril de 2018, Interior rechaza la petición argumentando que los venezolanos alegan unos hechos no constitutivos de persecución política, puesto que se trata de hechos de extorsión económica.

Añade que tampoco se ha acreditado una problemática susceptible de persecución imputable a los agentes del Gobierno de Venezuela con la suficiente gravedad. Además, los venezolanos abandonaron el país sin que conste que hayan tenido problemas.

Se rechaza a su vez la petición de protección subsidiaria en tanto que no consta que si la pareja regresara a Venezuela sería condenada a pena de muerta, sufriría tortura o amenazas graves contra la vida o integridad.

La respuesta de la Audiencia Nacional

La Audiencia Nacional ha estimado parcialmente el recurso contencioso-administrativo de Pelayo y Carina contra las resoluciones del ministro del Interior concediendo a los actores la autorización a residir en España por razones humanitarias sentando jurisprudencia.

 

Este tipo de permiso fue aprobado en 2019 tras una reunión de la Comisión Interministerial de Asilo y Refugio (CIAR), órgano colegiado adscrito al Ministerio del interior y se concede a aquellos solicitantes de asilo venezolanos cuyas peticiones de protección internacional hubieran sido denegadas.

Los solicitantes, cuya petición de asilo haya sido desestimada podrán acudir a las comisarías de extranjería directamente para ser documentados con una tarjeta de residencia de un año de duración prorrogable, que implica igualmente el derecho a trabajar en España.

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