Confirmada la sanción a un guardia civil por el acoso a una compañera en el cuartel de San Sebastián

La mujer recibió tres llamadas con insultos y 36 mensajes de WhatsApp. El Supremo avala el castigo de cinco meses sin empleo

Un agente de la Guardia Civil de espaldas y junto a un vehículo oficial del cuerpo.
Un agente de la Guardia Civil de espaldas y junto a un vehículo oficial del cuerpo.

Cuartel de Inchaurrondo, San Sebastián. Es medianoche. Suena el teléfono en una de las garitas de vigilancia. María (nombre ficticio) lo descuelga. Al otro lado de la línea, un compañero, “El sevillano”, le pregunta por qué motivo se ha incorporado tarde al turno. En la conversación, el guardia y dos agentes más la llaman “la muy guarra”.

Es la primera de las tres llamadas a la garita de la Comandancia de la Guardia Civil en Guipúzcoa (País Vasco) que se suceden hasta la una de la madrugada del 30 de octubre de 2016. Telefonean desde un número que no es de “El sevillano”, sino de uno de los tres guardias, a esa hora fuera de servicio, que hablan de fondo, con el móvil en manos libres. A la mujer, que está trabajando, le cantan una canción de tono “soez”.

Los tres insisten minutos más tarde. El teléfono fijo suena de nuevo en la garita. María coge la llamada y ellos responden: “¿Te gusta más el espeto por delante o por detrás?”. A la tercera, la agente también les atiende, y le mencionan “repetidamente” una práctica sexual, el “bukkake”.

“Las tres comunicaciones produjeron” a María “una profunda indignación y un intenso sentimiento de disgusto, aflicción, humillación y denigración, por lo que interrumpió inmediatamente las mismas”, dictaminó en 2021 el Tribunal Militar Central, que impuso al guardia propietario del móvil cinco meses de suspensión de empleo.

Recurrió el guardia civil la sanción, pero no ha convencido a la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo, que en su primera sentencia del 2022, fechada el 12 de enero, ha avalado el castigo y rechazado el recurso.

En la resolución, consultada por Confidencial Digital, el Supremo confirma que el agente cometió una falta muy grave: acoso por razón de sexo. Con las pruebas “se desprende, más allá de toda duda razonable, que el recurrente fue partícipe en los hechos (...), que se realizaron hallándose los autores en su domicilio y a través de su teléfono móvil”.

María, al terminar su turno, les afeó los comentarios y le contó lo ocurrido a su jefe, un sargento. Horas después, ese mismo día por la tarde, el guardia sancionado le escribió a través de WhatsApp. Le mandó 36 mensajes. La presionaba para que lo olvidara: “No creas más cosas y evita problemas. Te pido que lo hablemos para que esto se quede aquí”.

El sancionado comentaba que él no había participado, aunque reconocía que el móvil era suyo mientras disculpaba a sus compañeros, “que tienen hijos y eso no creo que vaya a venir bien”. Las llamadas fueron “en broma” por la tardanza en el relevo. “El sevillano” le pidió el teléfono para consultar con ella por qué se había retrasado en el turno.

María entendió ese “aluvión” de mensajes como una disculpa, pero “se sintió discriminada por razón de sexo y se sintió acosada porque fueron tres llamadas”. En su declaración, afirmó que luego los tres compañeros le habían pedido perdón por WhatsApp y ella lo aceptó.

 

Para los magistrados del Supremo, lo que el recurrente “pretende es sustituir el criterio valorativo del Tribunal sentenciador por el suyo propio”. El guardia de la Benemérita sancionado reiteraba no haber hablado en las llamadas, que atribuía en exclusiva a su compañero.

El Supremo discrepa: “No podemos sino convenir con la Sala de instancia en que de la valoración conjunta de las pruebas que ha tenido a su disposición se deduce lógicamente, como hemos afirmado con anterioridad, lo que como acreditado se declara en el relato”.

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