Defensa obligada a indemnizar a un militar al que apartó de la carrera alegando problemas mentales

Le excluyeron cuando estaba en los cursos para suboficial y los médicos determinaron que no tenía ninguna discapacidad

Academia General Básica de Suboficiales del Ejército de Tierra, en Talarn (Lérida).
Academia General Básica de Suboficiales del Ejército de Tierra, en Talarn (Lérida).

Un juzgado ha obligado al Ministerio de Defensa a indemnizar a un militar que fue apartado de la carrera por supuestos problemas mentales. El departamento que dirige la ministra Margarita Robles debe ingresar unos 10.000 euros, que supone la diferencia retributiva aproximada entre escalas. 

En septiembre de 2014 el recurrente fue nombrado alumno de la XLII Promoción para el acceso como militar a la escala de suboficiales del Ejército de Tierra. Según la sentencia, a la que ha tenido acceso Confidencial Digital, el alumno superó con éxito la formación exigida. En concreto, los cuatro primeros meses de formación militar en la academia y los dos cursos escolares 1º y 2º Enseñanza Militar Para el Ingreso en la Escala de Suboficiales (EMIES) Ligera. 

Ya en 2017 terminó de cursar en la academia. Sin embargo, unos meses después se le comunicó que pasaría a realizar tareas propias del destino en la Jefatura del Museo Biblioteca de la Academia de Infantería, siendo apartado de su promoción para el acceso como militar de carrera. 

En marzo de 2018 se le notificó la apertura de expediente de baja por una presunta pérdida de condiciones psicofísicas. Y en mayo de ese año, se reunió la Junta Médico Pericial que determinó que aunque el alumno presentaba “rasgos anómalos de personalidad”, estos no suponían ningún trastorno ni una patología clínica significativa. Por tanto, concluyeron que la limitación para seguir realizando su trabajo era 0%. 

El denunciante, por tanto, pierde todo los meses que van desde que le apartaron de su promoción hasta que finalmente reingresa en la escala de suboficiales el 1 de julio de 2018. El recurrente, cuyo caso lo ha llevado el abogado Antonio Suárez-Valdés,  entiende que el empleo de sargento y la antigüedad no debería contar desde julio de 2018, si no desde el momento en el que se le cortó la posibilidad de continuar con sus compañeros sin razón objetiva y reclama una indemnización por ese periodo. 

El Juzgado Contencioso -Administrativo 3 de Madrid le da la razón, por tanto, y considera “evidente” que el militar perdió la oportunidad de promocionar junto a sus compañeros porque la decisión de los médicos no llegó a tiempo. 

La Abogacía del Estado, por su parte, en representación del Ministerio de Defensa reconoce el efecto dañino que esto le produjo, pero cree que el recurrente estaba obligado a aguantar porque si la Administración tiene “posibles sospechas” debe asegurarse de que el alumno está en las condiciones adecuadas para continuar con su carrera militar. 

El juez está de acuerdo con esto, pero considera que una vez subsanadas las sospechas, Defensa debería haberle incluido con la promoción anterior y no unos meses más tarde. “Los posibles daños y perjuicios no se ven subsanados por el hecho de que finalmente fuera ascendido a suboficial”, dice la sentencia. Por esto, concluye que es preceptivo que el militar reciba la diferencia económica con respecto a sus compañeros. 

 

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