Un equipo de cinco abogados asesora a Griñán para estudiar la petición de indulto y el recurso al Constitucional

Analizarán las más de mil páginas de sentencia para decidir cuál es la mejor estrategia para anular la condena y esquivar la cárcel

Manuel Chaves (condenado a 15 años de inhabilitación) y José Antonio Griñán.
Manuel Chaves (condenado a 15 años de inhabilitación) y José Antonio Griñán.

Un equipo de cinco abogados que asesora a José Antonio Griñán, expresidente de la Junta de Andalucía, se encargará de leer detenidamente las más de mil páginas que ocupa la sentencia del Tribunal Supremo. En ella se confirma la condena interpuesta en 2019 por la Audiencia Provincial de Sevilla por el caso de los ERE, un sistema de fraude en la concesión de ayudas sociolaborales. 

El alto tribunal, que por ahora sólo ha adelantado el fallo de la sentencia, ha confirmado la pena de 6 años de prisión y 15 de inhabilitación para el expresidente de la Junta de Andalucía. Pero todavía el Supremo no ha divulgado el contenido de la sentencia ni los argumentos por los que finalmente ha decidido penarle por un delito de malversación y prevaricación. Se prevé que se publique al completo a finales de septiembre.

Tras estudiar detenidamente el contenido de la sentencia, el letrado José María Calero, junto con cuatro abogados más, comenzarán a plantearse las diferentes opciones que hay para que Griñán pueda esquivar la cárcel. 

En primer lugar, existe la opción de solicitar el incidente de nulidad si detectan que se ha producido algún tipo de lesión, en segundo lugar, presentar un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional y finalmente, solicitar el indulto al Gobierno.

Mientras el incidente de nulidad esté pendiente de resolver, la sentencia se suspende de forma temporal, por lo que no se podría ejecutar su entrada en prisión. Una vez resuelto, la sentencia sí es firme y, en el caso de que sea desestimado, comienza la opción de presentar el recurso de amparo.

Tipos de recurso que se pueden presentar ante el TC

En cuanto a los recursos que se pueden plantear ante el Tribunal Constitucional, según ha explicado a Confidencial Digital el responsable de la defensa de Griñán, José María Calero, pueden ser cinco: principio de legalidad, lesión al derecho de defensa, presunción de inocencia, valoración de la prueba o valoración absurda de la prueba.

El principio de legalidad se refiere al derecho “a sólo ser condenado por lo que está tipificado como delito”. Según estas mismas fuentes, aquí explicarían que se ha lesionado el principio de legalidad al condenar por actos o hechos que, tal y como se describen en la sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla, no encajan en el tipo penal. 

Con respecto a la lesión al derecho de defensa, consideran que se ha producido del siguiente modo. Calero relata que el tribunal de Sevilla comienza diciendo “a instancias de una cuestión previa del fiscal” que las ayudas individuales no forman parte del juicio. En cambio, posteriormente, en la propia sentencia, utiliza las ayudas individuales para armar la condena. “En un principio dijeron que ese asunto no estaba sobre la mesa”, por lo que no pudieron aportar pruebas. 

Las otras que considera “más típicas” para presentar es, por ejemplo, presunción de inocencia, error en la valoración de la prueba o valoración absurda de la prueba. 

 

Posibilidad de pedir el indulto

Si finalmente deciden solicitar el indulto, éste puede ser de dos tipos: total y parcial. El total es aquel que supone el perdón de la pena completa, es decir, de los seis años El parcial implica la remisión de alguna de las penas impuestas y, en este caso, se le eliminarían cuatro años. Por lo tanto, no entraría en prisión ya que en España para ir a la cárcel el tribunal debe condenar al acusado a dos años y un día.

El indulto está caracterizado por ser una medida de gracia que tiene en cuenta consideraciones que no están basadas en la ley si no en la humanidad, la equidad o la crueldad. Aunque no saben qué tipo de pruebas presentarían en el caso de que finalmente lo soliciten, han explicado a ECD que se suele aportar el libro de familia, la vida laboral, cartas de familiares…

Recordemos que, en este caso, en 2016, uno de los hijos de Griñán le dedicó una carta a su padre, publicada a través de Facebook, tras conocerse la decisión de la Fiscalía de solicitar 6 años de prisión por los delitos citados. En la misiva, defendía la honestidad de su padre y maldice el día en el que se metió en la política. 

Condenado por tres votos a favor, y dos en contra

La decisión de la condena ha salido adelante con el voto de tres de los cinco magistrados del Tribunal Supremo. Dos juezas defendían absolver a Griñán de un delito de malversación (lo que hubiese evitado su entrada en prisión) y tres apostaron por confirmar la condena dictada en 2019 por la Audiencia Provincial de Sevilla.

Tras conocerse la decisión, Calero explicó que, en su opinión, “una mayoría exigua, de tres a dos, no debería ser suficiente para condenar”.  Por ello, considera que se debería exigir una mayoría más cualificada para una sentencia condenatoria como ocurre en otros ordenamientos como, por ejemplo, en los juicios con jurado. En ellos, para condenar al reo, la votación ha de ser de siete votos a favor y dos en contra.

Video del día

Salvador Illa y Victor Francos admiten que se reunieron
con Koldo García en el Ministerio de Sanidad
Comentarios
Envíanos tus noticias
Si conoces o tienes alguna pista en relación con una noticia, no dudes en hacérnosla llegar a través de cualquiera de las siguientes vías. Si así lo desea, tu identidad permanecerá en el anonimato