Un juez concede la incapacidad a una autónoma con patologías neurológicas pese al rechazo de la Seguridad Social

El tribunal considera que la trabajadora padece una dolencia crónica y no responde a los tratamientos, lo que le imposibilita ejercer cualquier profesión

Un especialista examina una radiografía de cráneo.
Un especialista examina una radiografía de cráneo.

El Juzgado de lo Social nº28 de Madrid ha condenado a la Seguridad Social por no reconocer la incapacidad permanente absoluta a una empleada autónoma con una enfermedad denominada “neuralgia del trigémino”. Dicha afección le provocaba sensaciones dolorosas similares a una descarga eléctrica en la cara, lo que le causaba un shock extremo. 

En mayo de 2021 una mujer que trabajaba como autónoma en una tienda de alimentación solicitó a la Seguridad Social que le concediese la incapacidad permanente en los grados de absoluta y total al considerar que no estaba en condiciones de trabajar debido a sus dolencias. En cambio, tras las pruebas realizadas por el Equipo de Valoración de Incapacidades, le rechazan la petición, según la sentencia consultada.

Queriendo agotar todas las vías para poder lograr esa incapacidad, la empleada, junto con la letrada Ana Leal Ontañón, de Campmany Abogados, presentaron una demanda contra la Seguridad Social, cuyo juicio se celebró a finales de junio de 2022. 

Diferencias entre total y absoluta

La permanente total se concede cuando el trabajador, después de haber estado sometido al tratamiento prescrito, presente reducciones anatómicas o funcionales graves que le disminuyan o anulen su capacidad laboral en su profesión pero puede trabajar en otro oficio.

La incapacidad permanente absoluta, en cambio, está definida en el artículo 194.5 de la Ley General de la Seguridad Social como “aquello que inhabilite por completo al trabajador para toda profesión u oficio". 

En este caso, la empleada padecía “neuralgia de trigémino, rama III izquierda con tratamiento quirúrgico en 2010” y, además, como secuela padecía un trastorno ansioso-depresivo, lo que le impedía desempeñar cualquier trabajo.

No responde a los tratamientos

En cambio, a pesar del rechazo de la Seguridad Social, el informe del forense explica “con plena contundencia y convicción que la patología neurológica crónica”, junto con que la empleada no responde a los tratamientos psicofármacos que se le han aplicado, reducen de forma “muy importante su capacidad funcional laboral”. En consecuencia, el médico considera que su situación sólo tiene como consecuencia la declaración de la incapacidad permanente absoluta.

Por ello, el juez ha estimado la petición de demanda formulada por la mujer autónoma frente al la Seguridad Social y ha declarado a la trabajadora en situación de incapacidad permanente absoluta. Por lo que la Administración tendrá que abonarle la prestación de pensión vitalicia del 100% de la base reguladora de 762 euros con fecha de efectos desde la baja.

 

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