Justicia frena la reforma para limitar la tutela legal de las personas con discapacidad

El Ministerio ha creado una comisión tras las quejas de jueces y fiscales que tendrán que revisar cada decisión que requiera la autorización del afectado. Alertan de que provocará un colapso en los juzgados

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Ministerio de Justicia

El proyecto de Ley para reformar la legislación civil y procesal en apoyo a las personas con discapacidad que ha preparado el Ministerio de Justicia supone una revolución total sobre la capacidad jurídica de este colectivo. Por eso, el Ministerio que dirige Juan Carlos Campo ha frenado su tramitación hasta decidir cómo se va a aplicar, puesto que supone revisar todos los procesos en vigor en los Juzgados que limiten la capacidad de decisión de estas personas, y jueces y fiscales deben hacerlo en un plazo máximo de dos años. 

Este límite temporal ha supuesto un escollo que no permite avanzar para que la ley vea la luz. Ante la alerta de varias asociaciones judiciales sobre el colapso que su aplicación podría suponer en los juzgados, el Ministerio ha creado una Comisión para dialogar concretamente sobre la disposición transitoria cuarta, que es la que determina este máximo de dos años y crear una serie de protocolos de actuación. 

En esencia, se trata de eliminar la figura del tutor que representa siempre a una persona que ha sido declarada incapacitada legalmente e ir identificando caso a caso qué tipo de ayudas y qué tipo de complementos de la Administración necesitan para que la decisión última siempre dependa de ellos. Una evaluación individualizada a los estrictos términos de capacidad de la persona.  

“Las personas con capacidad modificada judicialmente, los progenitores que ostenten la patria potestad prorrogada o rehabilitada, los tutores, los curadores, los defensores judiciales y los apoderados preventivos podrán solicitar en cualquier momento de la autoridad judicial la revisión de las medidas que se hubiesen establecido con anterioridad a la entrada en vigor de la presente ley para adaptarse a esta”, dice este proyecto de ley. 

Es decir, los tribunales deberán revisar decenas de miles de casos a la luz de la nueva regulación. Y en este sentido, la Fiscalía tendrá que asumir un papel activo por ser el garante de la ley.    

Cambios de trascendencia de la ley  

La nueva legislación supone una transformación total de lo conocido hasta el momento y un avance hacia los requerimientos europeos en materia de personas con discapacidad que piden caminar hacia una mayor independencia del colectivo. Hay ciertas figuras clásicas en el Código Civil que van a desaparecer por completo, por ejemplo, ya no va a existir la patria potestad prorrogada.  

Se trata de que la decisión de la persona con discapacidad esté en el centro y ya no sea otro quien tome la decisión por él. Se eliminará por tanto la figura de tutela o de curantelas y esto se tendrá que reformular en mecanismos de ayudas y asistencias públicas. “Consiste en fomentar que cada vez necesiten menos apoyo”, explican fuentes del Ministerio de Justicia a ECD.  

“Es un cambio de perspectiva importante. El modelo actual parte de que la persona con discapacidad es una persona incompetente y que se necesitan mecanismos que de alguna manera desplazan a las personas con discapacidad a tomar decisiones”, explican fuentes judiciales que han intervenido en el desarrollo de la norma. 

“Es una filosofía que parte de un principio de fuerte paternalismo: el Estado le va a proteger y le va a proteger mediante instituciones representativas”, cuentan estas fuentes. A partir de la aplicación de esta ley, por tanto, se parte de la presunción de capacidad siempre y se busca ajustar los recursos para que la persona ejercite la plenitud de sus capacidades. “Si una persona acude a un notario a hacer un testamento, no se le puede negar esta capacidad porque tenga una discapacidad. El notario debe esforzarse en adaptar su lenguaje”.  

 

El miedo al colapso  

Solo en lo que llevamos de año, se han resuelto 17.467 procesos sobre capacidad de las personas, según los datos facilitados por el Consejo General del Poder Judicial a Confidencial Digital. El año pasado, por ejemplo, fueron resueltos 33.452 asuntos. Captura de pantalla 2020-11-18 a las 19.47.22

“Preocupación” es lo que les produce a las cuatro asociaciones de jueces de España la aplicación de la ley. 

Para muchos miembros de la carrera el resultado traerá una sobrecarga de trabajo y, como consecuencia, un retraso en la tramitación de centenares de asuntos. “Los centros donde se internan estas personas están totalmente dispersos y luego es un tema que afecta tan íntimamente, tan sensible…”, alerta Concepción Rodriguez, jueza y portavoz del Foro Judicial Independiente. El problema que señala es que la reforma no viene con una partida presupuestaria incluida, lo que supone más carga de trabajo. Desde el Ministerio de Justicia no se ha podido concretar si se destinará algo de dinero para poner en marcha la ley.  

“Desde la Fiscalía lo que planteamos es que las sesiones especializadas están infradotadas y, además, no tenemos medios materiales, no tenemos un sistema informático para poder nosotros en su caso instar a la modificación de estas medidas cuando las partes no lo hagan”, explica Teresa Peramato, fiscal  portavoz de la Unión Progresista de Fiscales. 

La Comisión creada por el Ministerio de Justicia 

Para tratar de solventar el cómo de la puesta en marcha de la ley, el Ministerio de Justicia ha creado un equipo de trabajo, liderado por el Secretario General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, Borja Vargues, junto a las asociaciones de jueces y fiscales para abordar cómo será la aplicación práctica de la ley. 

Llevan ya varias reuniones, el pasado día 10 y el 12 de este mes, y fuentes presentes en la negociación indican que Justicia se muestra favorable a ampliar este límite de revisión de dos años hasta los tres. Se discute así tanto el plazo como si los juzgados están dotados del personal suficiente para llevar esto a cabo. 

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