Indemnizado por pasar cinco meses en la cárcel y quedar libre porque su delito había prescrito

Fue acusado de tráfico de armas, pero diez años después de ser arrestado el juicio no se había celebrado

Un furgón de la Guardia Civil en una prisión.
Un furgón de la Guardia Civil en una prisión.

El Ministerio de Justicia destina cada año una media de 103.634 euros a indemnizar a personas que han estado en prisión preventiva y posteriormente han resultado absueltas o su caso ha sido sobreseído, es decir, que se ha suspendido por falta de pruebas. Este derecho queda recogido en el artículo 294.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Este tipo de encierro se lleva a cabo cuando el juez que instruye la causa quiere asegurarse que la investigación de los presuntos delitos se desarrolla correctamente y que el investigado se presentará el día del juicio, según el despacho de abogados Seis & Law.

En este caso, un ciudadano ha sido indemnizado con casi 10.000 euros por pasar cinco meses en prisión. Nunca pudo ser juzgado porque su delito prescribió. 

Diez años sin juicio

El afectado presentó en 2015 un escrito ante el Ministerio de Justicia alegando que fue detenido el 4 de octubre de 2003 al llegar de Alemania, país donde residía. 

Una vez detenido, fue imputado por el Juzgado de Instrucción Nº2 de Torrevieja por un presunto delito de tráfico de armas. Un día después de ser detenido, fue enviado a prisión, donde permaneció hasta marzo de 2004.

Tras cinco meses interno, la justicia puso en libertad provisional al acusado, aunque le impuso ciertas restricciones como, por ejemplo, la prohibición de salir del país y la retirada de pasaporte hasta enero de 2009. Diez años después, mediante auto de 2 de junio de 2014, fueron sobreseídas libremente las actuaciones por prescripción de delito. 

En un primer momento le concedieron 6.261 euros

En la demanda que interpuso ante el Ministerio de Justicia para reclamar la indemnización, el que fue acusado de tráfico de armas se quejó de que le intervinieron su vehículo y otros efectos personales que, según él, no le han devuelto. 

Según la sentencia consultada por Confidencial Digital, el afectado solicitó una indemnización de 429.330 euros por los siguientes conceptos: pérdida de vehículo; pérdida de efectos personales; por los alimentos debidos a su hija residente en Alemania que no pudo pagar por estar investigado;  por la pérdida de permiso de residencia en España y trabajo en Alemania; por la denegación de permiso y trabajar en España durante diez años; por el periodo desde la fecha de su detención hasta 2013, cuando le concedieron un permiso; por los cinco meses en prisión y por impedirle salir de España durante 10 años.

Al haberse alegado la existencia de dilaciones en la tramitación penal, el expediente se remitió al CGPJ y, tras el informe del Consejo de Estado, estima parcialmente la reclamación y le concede 6.261 euros. 

 

Pero al reclamante esta indemnización le pareció insuficiente, por lo que volvió a recurrir al Ministerio de Justicia. En este caso, la Administración respondió que no se daban los requisitos necesarios para estimar en su totalidad la reclamación efectuada puesto que, en este caso, la absolución no era consecuencia de la inexistencia objetiva del hecho.

A ello añade que, tal y como señala el artículo 294.1 de la LOGP, la cantidad de dinero que se deberá abonar al afectado se fijará en función de tiempo de privación de libertad y de las consecuencias personales y familiares que se hayan producido, y, en este caso, consideraron que le correspondía el dinero mencionado.

La Audiencia Nacional le concede 3.000 euros más

Al no estar conforme con la indemnización, el afectado acudió a la Audiencia Nacional. En su escrito de alegación manifiesta que la prescripción de su delito le ha privado de un juicio justo “con todas las garantías donde hubiese tenido ocasión de defenderse y de probar su inocencia”. 

La Audiencia Nacional reconoce que en este caso hay que tener en cuenta los daños derivados del mantenimiento en el tiempo que, además, se han visto agravados por varias circunstancias.

Por una parte, perdió el permiso de residencia en Alemania y, paralelamente, las autoridades de extranjería le denegaron el permiso de residencia y de trabajo en España al no tener su documentación. Por ello, según el tribunal, se encontraba sin residencia legal en España, pero en cambio tampoco podía salir del país.

Por todo ello, la Audiencia Nacional ha considerado que debe indemnizarle con 3.000 euros más, que se suman a los 6.261 que le concedieron en un primer momento, lo que supone un total de casi 10.000 euros.

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