Multa a una tienda que subió fotos a Facebook e Instagram acusando de ladrones a dos sospechosos

Se trataba de unos individuos que llevaban varios hurtos en la zona. Protección de Datos le impone 2.000 euros al comercio por difundir las imágenes sin pedirles permiso

Facebook.
Aplicaciones de Facebook e Instagram en un móvil.

La mujer se sorprendió al ver sus caras, la suya y la de él, una pareja de Tenerife, en las fotografías que aparecieron publicadas en una cuenta en redes sociales ajena por completo a ellos. En Facebook e Instagram, a la vista de cualquiera, una tienda los llamaba ladrones.

Concretamente, la tienda era un estanco que en la publicación, a pie de foto, acusaba a la pareja de haber realizado más de 20 robos en la isla. “¿Estamos esperando a que roben un banco?”, se quejaba el establecimiento. Dicen que “no pasa nunca…”, proseguía el texto.

Se encuentra el estanco a pocos metros del mar, en una avenida con carriles de ida y vuelta separados por una hilera de palmeras que da color a los negocios y hoteles de los alrededores, al turismo propio de sol y playa. Sus redes sociales están disponibles para clientes y amigos.

“Estos dos personajes llevan robando en todos los estancos del norte”. Con el punto cardinal se referían a Puerto de la Cruz, una ciudad norteña en Tenerife de unos treinta mil habitantes. “Hoy nos ha tocado a nosotros nuevamente”, denunciaban los dueños del negocio.

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha acordado sancionar a la tienda de la isla canaria con 2.000 euros al haberse acreditado que compartieron las imágenes con sus seguidores sin autorización de los protagonistas. En mayo de 2021, la pareja que salía en las fotografías puso una reclamación ante el organismo al leer las acusaciones que vertían contra ellos “intentando minar su credibilidad”.

Por su parte, los responsables del estanco se sentían hartos en sus perfiles de la impunidad con la que actuaría esta pareja. “Pero ya está bien que esta gente siga robando y no pase nada”, clamaban, y se preguntaban cuándo habían dejado de ser una “isla segura”. “¿Estamos esperando a que roben un banco?”, remataban en sus mensajes.

Según Protección de Datos, que dio un mes de plazo a los dueños de la tienda pero no respondieron, “los hechos se materializan en la publicación sin legitimación ni consentimiento” en las redes sociales por parte del negocio de tabacos ubicado en Puerto de la Cruz “de las imágenes de la reclamante y su pareja acompañados de comentarios desafortunados” que podría quebrantar la normativa.

Una normativa, según la autoridad española de control, que se ha visto vulnerada “al proceder a la difusión de la imagen de la reclamante y su pareja, acompañada de determinados comentarios, sin causa legitimadora alguna cómo podría ser el consentimiento o autorización”.

“La petición del consentimiento debe ser clara y concreta”, aclara en la resolución Mar España, directora del organismo, que justifica los 2.000 euros de castigo a la tienda por la exposición pública de las imágenes en las redes, “cuya difusión es inmediata”, si bien, apostilla, “no se tiene constancia de que el reclamado hubiera obrado dolosamente, aunque se observa una actuación negligente”. Como atenuantes, la AEPD ve el pequeño tamaño de la empresa o la ausencia de infracciones previas. La multa administrativa se puede recurrir ante la justicia.

 

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