Niegan el despido improcedente a una limpiadora sin papeles por haber firmado un acuerdo de indemnización

El tribunal considera que la mujer no tiene derecho a reclamar porque llegó a un pacto extrajudicial

Una mujer limpiando.
Una mujer limpiando.

El Juzgado de lo Social nº6 de Barcelona ha desestimado una demanda que interpuso una empleada del hogar a su jefe al considerar que su despido había sido improcedente. Los letrados de ambas partes habían llegado a un acuerdo extrajudicial en el que la limpiadora aceptaba recibir 3.300 euros de indemnización por parte de su jefe, pero un mes después se arrepintió de haberlo firmado.

La limpiadora, que durante los años de trabajo no disponía del permiso de residencia, estuvo prestando el servicio al empresario desde mayo de 2013 hasta diciembre 2019. Hasta el último año, tenía un sueldo de 750 euros al mes con inclusión de pagas extraordinarias y con una jornada de seis horas al día de lunes a jueves. Según Omar Molina, letrado del despacho Durán-Sindreu y defensor del empresario, este tipo de contrato no era oficial al no estar dada de alta en la Seguridad Social.

Sin embargo, en el último contrato, que fue en mayo de 2019, hicieron constar que prestaba servicios a jornada completa con un salario de 1.050 euros, aunque, según recoge los hechos probados de la sentencia, no se llegó a ejecutar dicho cambio.

El empresario la despidió de forma verbal

Según ha relatado Molina a Confidencial Digital, el 13 de diciembre de 2019, tras una discusión, el demandado despidió a su empleada de forma verbal y sin entregarle una carta de despido, pero no es hasta días después, el 19 de diciembre del citado año, cuando se oficializa. 

Tras no estar conforme con la decisión, la trabajadora presentó una papeleta de conciliación, es decir, un documento que se presenta en los juzgados de forma previa al comienzo de un proceso de demanda, con el fin de intentar llegar a un acuerdo entre las partes y evitar la vía judicial. En dicho acuerdo, el empresario le ofrece una indemnización por despido improcedente por un importe de 3.300 euros netos y ésta acepta el trato.

La limpiadora se arrepiente de firmar el acuerdo

Al mes de firmar, según Molina, la limpiadora se arrepintió del trato porque una persona cercana a su círculo religioso le explicó que esa situación no podía ser así, por lo que le animó a contratar a otro abogado para continuar con el caso y que se le declarase el despido improcedente y que le abonase una serie de haberes que manifiesta que le debe. 

La empleada considera que el pacto no es válido al no constar su NIE

El empresario se opone a esta situación porque ambas partes ya habían alcanzado un acuerdo extrajudicial, pero, en cambio, la limpiadora ha considerado que este pacto no tiene validez porque sólo se ha firmado en la última hoja y no en todas. Además, la empleada doméstica destacó que en los documentos no aparece su número de identificación debido a su situación irregular en el país.

Pero, según la sentencia del Juzgado de lo Social nº6 de Barcelona, el hecho de que sólo se haya firmado el último folio o que no constara el NIE de la trabajadora, no invalida el pacto. Asimismo, la jueza ha considerado que no se debe de continuar con la demanda porque el caso ya estaba archivado tras el acuerdo entre ambas partes, a lo que ha añadido que ya tuvo tiempo para reclamar si no estaba conforme.

Al haber estado la empelada en situación irregular, la magistrada ha ordenado que se realice una inspección de trabajo. 

 

Video del día

Salvador Illa y Victor Francos admiten que se reunieron
con Koldo García en el Ministerio de Sanidad
Comentarios
Envíanos tus noticias
Si conoces o tienes alguna pista en relación con una noticia, no dudes en hacérnosla llegar a través de cualquiera de las siguientes vías. Si así lo desea, tu identidad permanecerá en el anonimato