Querella contra Irene Montero por sus declaraciones sobre las relaciones sexuales de los menores

Los denunciantes le acusan de cometer un delito contra la indemnidad sexual

Irene Montero.
Irene Montero.

“Los niños, las niñas y les niñes de este país tienen derecho a conocer que pueden amar o tener relaciones sexuales con quien les dé la gana, basadas eso sí, en el consentimiento”, relató Irene Montero en el Congreso de Igualdad el pasado miércoles.

Por estas declaraciones, la ministra de Igualdad se está enfrentando a un sinfín de críticas tanto de partidos políticos como de ciudadanos. En concreto, tanto Vox y Ciudadanos han exigido su dimisión. “Es urgente que esta señora dimita o sea cesada. Y que cierre ese ministerio totalitario al salir. ¡Quitad vuestras sucias manos de los niños!”, ha escrito Santiago Abascal en su cuenta oficial de Twitter.

 

 

Delito contra la indemnidad sexual

Y apenas 24 horas después de las declaraciones de la ministra de Igualdad, ya se ha presentado una querella contra ella. El equipo jurídico de la Asociación Liberum ha interpuesto este jueves a última hora de la tarde una querella criminal contra Irene Montero en un Juzgado de Instrucción de Madrid. Esta entidad se define como unos “firmes defensores de los derechos humanos”.

Le acusan de haber cometido, presuntamente, un delito contra indemnidad sexual tipificado en el artículo 183.bis del Código Penal. Y es que, según han relatado los querellantes, “la fijación de la edad en el Código Penal no es baladí, se aplica para garantizar la seguridad jurídica”.

Este artículo manifiesta que “todo aquel que, con fines sexuales, determine a un menor de dieciséis años a participar en un comportamiento de naturaleza sexual, o le haga presenciar actos de carácter sexual, aunque el autor no participe en ellos, será castigado con una pena de prisión de seis meses a dos años”.

"Montero no utiliza el término mayores de 16"

Según la querella, a la que ha tenido acceso Confidencial Digital, Montero “en ningún momento utiliza el término adolescentes o personas mayores de 16 años, donde sí que se encuentra el consentimiento” en virtud del artículo citado anteriormente. Pues “sólo se expresó hacia los niños, niñas y niñes” continúa el escrito. 

“Como ha fijado la doctrina, el injusto en estos tipos de delitos sexuales infantiles se fundamenta en que el sujeto activo mantiene una relación sexual con una persona que, por su minoría de edad, se encuentra en situación de desigualdad”, relata la demanda. “En estos casos, no se da en puridad una actividad sexual compartida, dada la diferencia de experiencias y expectativas en la relación”, continúa el escrito.

 

Asimismo, la querella fundamenta sus argumentos basándose en autos y sentencias que ya se han pronunciado sobre el consentimiento de los menores de edad que han mantenido relaciones sexuales con adultos. En ellas, se establece que la diferencia de edad entre dos personas no puede sostener la existencia de un consentimiento libre prestado por el menor.

Por otro lado, el equipo jurídico de la Asociación Liberum considera también que se vulnera y lesiona el artículo 2 de la Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio, donde habla sobre el interés superior del menor.

Por todo ello, solicitan que se admita a trámite para que se lleven a cabo las diligencias pertinentes.

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