El registro civil pide al Gobierno que todos los padres puedan inscribir a los recién nacidos desde el hospital

Con la ley actual los matrimonios de diferente nacionalidad, las madres divorciadas o viudas y las parejas del mismo sexo que no estén casadas deben ir presencialmente a las oficinas

registro civil
registro civil

Los funcionarios del registro civil quieren evitar, en la medida de lo posible, todos los trámites presenciales que deban hacerse en las oficinas. Ahora que el número de defunciones crece y han ampliado el horario para agilizar la expedición de licencias de enterramiento, piden al Gobierno que amplíe los supuestos en los que los hospitales pueden inscribir a los recién nacidos para prevenir así, que las parejas tengan que acudir al registro. 

Todos los hospitales públicos de España - a excepción de cuatro en Andalucía- están conectados con el registro civil mediante la plataforma Andes, como obliga una ley de 2015. Mediante esta web el personal médico de los centros sanitarios puede inscribir a los recién nacidos con nombre, hora, fecha y lugar de nacimiento, sexo, nombre de sus padres y el resto de documentación necesaria. 

En España nacen algo más de 1.000 niños al día, sin embargo, no todos los hospitales utilizan esta plataforma y en los centros en los que se utiliza no todos los recién nacidos pueden ser inscritos. 

Que se amplíen los supuestos

La Ley actual contempla una serie de casos en los que los hospitales no pueden inscribir a los recién nacidos en el registro civil de manera telemática. Estos son todos aquellos supuestos en los que la relación no sea matrimonial y uno de los dos miembros no esté presente. Es decir, una mujer viuda o una mujer soltera no puede inscribir a su hijo desde el hospital. 

Tampoco podrá una pareja del mismo sexo que no esté casada ni, asimismo, una pareja cuyos miembros sean de nacionalidades diferentes. Si ambos son rusos, por ejemplo, sí pero si uno es ruso y otro suizo, no podrán utilizar el registro telemático. 

Fuentes del Registro Civil explican a Confidencial Digital que el Gobierno, mediante Real-Decreto, podría cambiar esta circunstancia para agilizar este papeleo por la vía digital y evitar el colapso de la administración. 

Una labor también de los hospitales 

De los 225 hospitales públicos de España, 221 están conectados con el registro civil. Pero fuentes del Ministerio de Justicia reconocen que, aunque los centros tienen instaurado el programa hay algunos que no lo han utilizado nunca. Los centros privados, en cambio, la mayoría no están conectados: de los 132 hospitales privados de todo el territorio, solo 28 tienen acceso a esta plataforma. 

Información del Ministerio de Justicia

No obstante, desde el Ministerio de Justicia reconocen que si quisieran, los que tienen acceso pero no han puesto en marcha las funciones del programa, podrían empezar a utilizarlo estos días. “Los responsables del hospital deben enviar una carta firmada (que se puede hacer por mail) al Ministerio de Justicia”, explican fuentes judiciales. 

 

Información del Ministerio de Justicia

Después de unos días de pruebas del sistema con supuestos de nacimientos ficticios para ver que todo funciona correctamente, el hospital podría empezar a dar de alta los bebés directamente con el registro civil. 

El plazo de 72 horas 

“Si han pasado más de 72 horas del nacimiento, el sistema informático no permite el envío de la información”, explican fuentes del Ministerio de Justicia. Reconocen que varios hospitales han planteado ampliar este plazo, pero que está así establecido porque se entiende que es el tiempo que una mujer que acaba de dar a luz pasa como máximo en el hospital.

Fuentes del registro civil explican que también sería útil ampliar el tiempo porque en algunos hospitales este servicio de inscripción no funciona los fines de semana, y por ese coladero también hay muchas parejas que acaban teniendo que ir a inscribir al bebé presencialmente. 

El registro civil abierto los siete días de la semana

Todos los días de la semana y en horario de mañana y tarde para acortar los plazos de emisión de los certificados de enterramiento. Esto fue lo que esta semana acordó el Ministerio de Justicia con las Comunidades Autónomas dada “la excepcionalidad del momento”. 

El objetivo es poder disponer de estos documentos en el menor tiempo posible y poder dar destino final a los cadáveres con la mayor agilidad posible para “evitar que se pueda producir su acumulación en hospitales y tanatorios”

Por este motivo, los funcionarios de estas oficinas piden que el Gobierno modifique la Ley en lo que a los nacimientos se refiere y ayude así a eliminar desplazamientos de personas. 

Video del día

Salvador Illa y Victor Francos admiten que se reunieron
con Koldo García en el Ministerio de Sanidad
Comentarios
Envíanos tus noticias
Si conoces o tienes alguna pista en relación con una noticia, no dudes en hacérnosla llegar a través de cualquiera de las siguientes vías. Si así lo desea, tu identidad permanecerá en el anonimato