Un restaurante gana la batalla contra un cliente al que exigió en la entrada del local el certificado de vacunación Covid

Protección de Datos considera que el establecimiento actuó correctamente al estar cumpliendo con la normativa de la Junta de Galicia

Certificado de vacunación Covid.
Certificado de vacunación Covid.

El pasado 4 de diciembre de 2021, un cliente acudió a un restaurante situado en A Coruña y, en el momento de acceder a él, un trabajador le solicitó el certificado de vacunación contra el coronavirus como condición para poder entrar. Pero el reclamante entendió que dicha solicitud contenía datos sensibles contrarios a la normativa de protección de datos.

Por ello, decidió presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). Junto a la notificación, presentó una copia de la hoja de reclamaciones que rellenó en el local. 

La AEPD puso en conocimiento al restaurante de la reclamación para que pudiese ofrecer su versión. Por ello, el local aportó una copia de la normativa vigente en el momento en el que se produjeron los hechos, la Orden de 25 de noviembre de 2021 por la que se modifica la Orden de 14 de septiembre de 2021. Dicha normativa, que estuvo vigente hasta febrero de 2022, manifestaba que era necesario exigir el llamado pasaporte Covid para acceder a los establecimientos de hostelería. 

Por tanto, desde el restaurante manifestaron que su personal se limitó a cumplir con la normativa y pedir el pasaporte Covid a través de la aplicación que habilitó la Junta de Galicia, PassCovid, sin que, “en ningún momento, se procediera a registrar, tratar o conservar dichos datos”. 

Según la resolución de Protección de Datos consultada por Confidencial Digital, efectivamente, en el momento en el que ocurrieron los hechos estaba vigente la norma citada por el establecimiento y añade que, además, estaba “debidamente autorizado por el Tribunal Superior de Justicia de la Junta de Galicia".

Por tanto, la AEPD concluye la resolución señalando que “no se han encontrado evidencias que acrediten la existencia de infracción materia de protección de datos al haber actuado la parte reclamada conforme a la normativa vigente”. Por todo ello, ha decidido archivar la investigación.

 

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