El Supremo confirma la condena al PP en el caso Gürtel, pero rebaja la pena de Luis Bárcenas

Ratifica la prisión para la mayoría de los acusados que fijó la Audiencia Nacional y Rosalía Iglesias, mujer del extesorero, tendrá que entrar en prisión

Bárcenas, junto al resto de imputados del caso Gürtel.
Bárcenas, junto al resto de imputados del caso Gürtel.

El Tribunal Supremo acaba de ratificar las condenas de prisión para los 29 acusados que fijó la Audiencia Nacional por la primera época de la trama 'Gürtel', aunque ha especificado que considera "excesivas" las menciones de la caja B del PP de la sentencia. 

En la sentencia dictada el 17 de mayo de 2018 por la Sala Penal de la Audiencia Nacional se condenaba a un total de 351 años de cárcel a todos los acusados por delitos de asociación ilícita, fraude de la administración pública, cohecho, falsedad documental, malversación de caudales, prevaricación, blanqueo, tráfico de influencias o estafa procesal. 

El Supremo ha rechazado, por tanto, la mayor parte de los argumentos de los 42 recursos que habían presentado los acusados, entre personas físicas y jurídicas. La Sala de lo Penal destaca como el grupo que dirigía Francisco Correa creó un auténtico sistema de corrupción que manipuló la contratación pública a través de la relación con influyentes miembros del PP. 

La mujer de Bárcenas tendrá que entrar en prisión 

Una de las incógnitas estaba en si el Supremo rebajaría algunas penas, entre otras, las de Rosalía Iglesias la mujer de Bárcenas. Finalmente no ha sido así y tendrá que entrar en prisión aunque con una ligera rebaja: de 15 a 12 años. La Sala considera que hay indicios plurales y acreditados de que conocía la procedencia delictiva del dinero, el incremento del patrimonio de su marido no justificado con sus ingresos ordinarios y destaca la conducta activa de la condenada. 

También ha habido rebaja de pena para Luis Bárcenas que de la anterior condena de 33 pasa a 29 años y un mes; de Alberto López Viejo que pasa de 31 a 27 y 10 meses. Otras condenas, en cambio, se han incrementado ligeramente como la de Guillermo Ortega que de 38 años ha ascendido a 40 y 3 meses.  

La sentencia 

La sentencia de 1.844 páginas solo abarca el periodo 1999 a 2005 de actividades de la red de corrupción. Todavía falta por juzgar en la Audiencia Nacional la segunda parte. 

La Sala II considera que el Partido Popular tejió una estructura de colaboración estable consistente en la prestación de múltiples y continuos servicios relativos a viajes, organización de eventos, congresos, etc y creó en paralelo un auténtico y eficaz sistema de corrupción a través de mecanismos de manipulación de la contratación pública, autonómica y local, a través de su estrecha y continua relación con influyentes militantes de dicho partido. 

En la dinámica que fue tejiendo para tal apropiación, mediaron sobornos a funcionarios y autoridades, se emitieron facturas falsas y se montó un entramado entre diferentes sociedades para acceder a la contratación pública, así como para ocultar la procedencia ilícita de los fondos. 

El PP partícipe a título lucrativo 

El PP es considerado partícipe a título lucrativo por actos electorales que sufragaron las empresas del grupo Correa en las localidades madrileñas de Majadahonda y Pozuelo. 

 

En cuanto a Ana Mato se ratifica en su responsabilidad como partícipe a título lucrativo en la cuantía de 27.857 euros por viajes y otros servicios que el Grupo Correa ofreció a su familia. 

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