Los usuarios de Internet podrán presentar reclamaciones sobre protección de datos y publicidad en un nuevo sistema extrajudicial

La Agencia de Protección de Datos agiliza y simplifica el proceso de demandas online con un código al que las empresas podrán adherirse

Mujeres consultando Internet.

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha aprobado un nuevo sistema extrajudicial de resolución de reclamaciones en materia de protección de datos y publicidad. Así lo ha confirmado la Asociación para la Autorregulación de la Comunidad Comercial que es la que ha realizado un Código de Conducta para el tratamiento de la información que los usuarios depositan en Internet. El objetivo es tramitar las reclamaciones de manera ágil, eficaz y gratuita para los consumidores. 

Este nuevo procedimiento estará operativo a partir del próximo 1 de enero de 2021, pero desde esta semana las empresas que quieran ya pueden adherirse de forma voluntaria al código. En él se suscriben medidas de responsabilidad y permite que la Asociación de Autorregulación les asesore, por ejemplo, en temas como las 'cookies'. 

A partir de aquí, los usuarios que crean que sus derechos han sido vulnerados podrán presentar las denuncias mediante este sistema, antes de pasar a la vía judicial. Por ejemplo, en la recepción de publicidad no deseada, en el ejercicio de los derechos relacionados con la publicidad y en el tratamiento de datos en promociones publicitarias. 

Las reclamaciones podrán tramitarse siempre y cuando los hechos hayan sucedido doce meses antes de la fecha en la que se interpone y no hayan sido resueltos o estén en tramitación ante una autoridad administrativa o judicial

La posibilidad de mediación 

Además de por los usuarios, los procedimientos podrán iniciarse también a instancias de la Agencia de Protección de Datos o de una empresa adherida. De esta forma, se prevé una doble fase de tramitación: mediante la mediación o, si fuera necesario, a través de la intervención del Jurado de la Publicidad. 

En dicha mediación, que tendrá una duración máxima de 30 días, actúa un tercero independiente tratando de que las partes alcancen un acuerdo de forma rápida y sencilla. Si esto no llegara a buen puerto, intervendría el Jurado de la Publicidad. 

 

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