Las defensa había solicitado al tribunal que se paralizase la ejecución de la sentencia mientras se resuelve la medida de gracia

La Audiencia Provincial de Sevilla envía a Griñán a prisión sin esperar al indulto ni a la reforma de la malversación

La Audiencia da diez días a José Antonio Griñán y otros siete condenados en los ERE para ingresar en prisión y cumplir la pena

El ex-presidente de la Junta de Andalucía, José Antonio Griñán (c), a su llegada al juicio del caso ERE en la Audiencia Provincial. Sevilla, a 19 de noviembre del 2019.
El ex-presidente de la Junta de Andalucía, José Antonio Griñán (c), a su llegada al juicio del caso ERE en la Audiencia Provincial. Sevilla, a 19 de noviembre del 2019.
Archivo - Los expresidentes Manuel Chaves y José Antonio Griñán en el juicio de la pieza principal de los ERE
Archivo - Los expresidentes Manuel Chaves y José Antonio Griñán en el juicio de la pieza principal de los ERE

José Antonio Griñán, expresidente socialista de la Junta de Andalucía, y otros siete de condenados por el caso de los ERE tienen diez días para ingresar en la prisión. El ministerio público no se ha pronunciado en contra de esta resolución

Así se lo ha comunicado este martes la Audiencia de Sevilla, lo cual implica que Griñan tendrá que ser encarcelado sin esperar al polémico indulto que le podría conceder el gobierno de Pedro Sánchez.

 

 

La Audiencia deniega así suspender las condenas de cárcel que pesan sobre Griñán, la ex consejera de Hacienda Carmen Martínez Aguayo, el ex consejero de Innovación Francisco Vallejo Serrano, el ex consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico José Antonio Viera, el también ex consejero de Empleo Antonio Fernández García, el ex director de la agencia IDEA Miguel Ángel Serrano, el ex vice-consejero de Innovación Jesús María Rodríguez Román y el ex vice-consejero de Empleo Agustín Barberá. Los ocho han sido condenados a penas de entre seis y siete años y 11 meses de cárcel por malversación de caudales públicos.

La Audiencia ha acordado por el contrario la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad de tres años impuesta al ex director general de Trabajo de la Junta de Andalucía Juan Márquez mientras se tramita su solicitud de indulto.

Contra este auto cabe recurso de súplica en el plazo de dos días y, una vez firme la resolución, el tribunal requiere a los penados «para que comparezcan en el plazo de diez días ante esta Sala para su ingreso voluntario en el centro penitenciario», dicta el auto.

De cumplir íntegramente la pena -seis años y dos día de cárcel-, José Antonio Griñán saldría de prisión con 82 años.

SEVILLA, 1911.19.  El ex-presidente de la Junta de Andalucía, José Antonio Griñán (c), a su llegada al juicio del caso ERE en la Audiciencia Provincial.
SEVILLA, 1911.19. El ex-presidente de la Junta de Andalucía, José Antonio Griñán (c), a su llegada al juicio del caso ERE en la Audiciencia Provincial.

El nuevo auto

El tribunal recuerda que los ocho encausados citados han sido condenados a penas de prisión «de larga duración, cometidos por empleados públicos, que entre sus funciones tenían encomendadas la gestión de fondos públicos, lo que hace que la alarma social producida por este tipo de delitos de corrupción política exija el cumplimiento de las resoluciones judiciales firmes».

En este sentido, señala que las defensas de los ocho ex altos cargos de la Junta condenados han alegado el tiempo transcurrido desde la fecha de los hechos como circunstancia que debe necesariamente influir en la concesión de la suspensión.

 

No obstante, la Sección Primera argumenta que, «si bien es cierto que ha transcurrido un gran lapso de tiempo desde la fecha de los hechos, no lo es menos que se trata de una macro-causa con muchos investigados que requería la práctica de diligencias de prueba que se dilatan en el tiempo por circunstancias, a veces ajenas a los investigados y al propio órgano judicial, tanto en la fase de instrucción como en la celebración del juicio y dictado de la sentencia correspondiente».

«No en vano, la duración de las sesiones del juicio se prolongaron durante un año, dada la complejidad del asunto, además del tiempo necesario para la redacción de la sentencia», resaltan los magistrados, que añaden que esta cuestión ya «fue tenida en cuenta por el tribunal al apreciar la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas con la consecuencia penológica derivada de su apreciación», por lo que «el transcurso del tiempo no es motivo para la concesión de la suspensión solicitada».

Archivo - Los expresidentes andaluces Manuel Chaves y José Antonio Griñán en el juicio
Archivo - Los expresidentes andaluces Manuel Chaves y José Antonio Griñán en el juicio

El tribunal, asimismo, pone de manifiesto que «es cierta la carencia de antecedentes penales de los condenados, pero por otra parte también lo es la gravedad y extensión de las penas por las que han sido condenados, que impide la suspensión de la ejecución de la pena en todas las formas recogidas en el artículo 80 y siguientes del Código Penal, motivo por el que todos ellos han solicitado la suspensión de la ejecución mientras se tramita el indulto».

 

Video del día

Feijóo destaca el “modelo de la concordia” del PP en Cataluña
frente al “modelo rupturista” del resto de partidos catalanes
Comentarios
Envíanos tus noticias
Si conoces o tienes alguna pista en relación con una noticia, no dudes en hacérnosla llegar a través de cualquiera de las siguientes vías. Si así lo desea, tu identidad permanecerá en el anonimato