Normativa de la DGT para caravanas y autocaravanas en verano

La caravana, autocaravana y camper son vehículos integrados en la DGT

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Detalle de caravana estacionada

La caravana es un vehículo más cumpliendo las normas de tráfico. Se permite aparcar y estacionar en cualquier lugar, no así acampar. Es decir, sacar sillas, mesas, toldos, etc. De igual modo es obligado permanecer enganchada al vehículo tractor. De este modo, la ley de tráfico de la DGT permite pernoctar y convivir en su interior, siempre que el vehículo se encuentre estacionado en lugar adecuado.

Siguiendo con el progreso de la caravana, más tarde se proyectó incorporar un motor y apareció la autocaravana, que no es otra cosa que un camión o caravana autónoma con tracción propia. Ambas, junto a la camperizada, pertenecen a la trilogía del viaje con casa y ruedas en ruta.

Con relación a la caravana, la autocaravana cuenta con ventajas, pero algunos inconvenientes. En primer lugar, el precio de una y otra es significativamente llamativo.

Es mucho más barata la caravana, y también permite desenganchar del vehículo de tiro, hacer gestiones y visitar los alrededores solo con el coche.

Por su parte la autocaravana es más fácil su manejo, sobre todo en el momento de maniobrar en aparcamiento. Por lo demás, solo es cuestión de adaptación.

Cada vez son más los españoles que deciden pasar sus vacaciones viajando en una autocaravana. Y es que, la idea de despertarse en zonas rodeado de naturaleza, la flexibilidad de los planes y la asequibilidad económica de esta opción hace la idea todavía más atractiva.

Sin embargo, antes de emprender una aventura como esta, hay que informarse sobre las limitaciones de la normativa en relación con las acampadas o las autocaravanas. De lo contrario, te puede llegar una multa a casa.

Necesidad de Homologación

Caravana, autocaravana y camper. Todas ellas deben ser homologadas, cumplir con los requisitos tributarios y respetar la convivencia con el resto de los usuarios.

La Caravana menor de 750 kilogramos de peso es considerada remolque ligero, y no es necesario más que la Tarjeta Técnica de su primera inspección, mientras las de más pesaje si están obligadas a otras condiciones técnicas y seguro independiente.

 

La autocaravana y camper, deberán cumplir con todos las obligaciones que marca la normativa actual, igual a un vehículo de su categoría.

Multas más frecuentes

Descubre cómo evitar una sanción si tienes poca experiencia en este tipo de viajes. Estas son algunas de las multas más frecuentes:

Acampar en la costa

Según la Ley de Costas, se prohíbe la circulación, acampada y estacionamiento en playas o zonas similares. De no cumplir con la regla, las sanciones van desde los 40 euros por cada metro cuadrado ocupado, en el caso de pernoctaciones, y de entre 50 y 150 euros cuando se circule o estaciones de forma indebida.

Acampar en espacios protegidos

Siguiendo la norma anterior y para preservar los espacios naturales, el estacionamiento en zonas protegidas también está prohibido y las sanciones por incumplimiento suelen ser muy graves, por lo que es conveniente informarse previamente de los lugares que hay autorizados para campistas.

Aparcamiento indebido

El Artículo 93 del Reglamento General de Circulación establece que "la parada y estacionamiento en vías urbanas se regulará por ordenanza municipal, y podrán adoptarse las medidas necesarias para evitar el entorpecimiento del tráfico".

Por tanto, las autocaravanas pueden parar y estacionar en las mismas condiciones y con las mismas limitaciones que cualquier otro vehículo, salvo que una ordenanza municipal exprese lo contrario. Debido a ello es importante consultar en cada destino las reglas vinculantes.

Por lo general, podrá haber una infracción cuando la autocaravana se ubique en un lugar que entorpezca la circulación a otros vehículos. Estas multas suelen ser de entre 100 y 200 euros, dependiendo de la gravedad de la misma.

Además, en caso de no cumplir con los requisitos de estacionamiento correcto, podrían llegar a multar con entre 30 y 150 euros adicionales.

Exceso de velocidad

Los vehículos de camping homologados también pueden recibir multas por exceso de velocidad. En la mayoría de casos, estos no podrán superar los 120 km/hora en autopistas o autovías y los 90 km/h en carreteras convencionales, siempre que el vehículo no supere los 3.500 kg. En caso de incumplirlo, las sanciones serán desde 100 euros.

En cambio, las furgonetas camperizadas no homologadas no podrán superar los 90 km/hora en autopistas y los 80 km/h en convencionales, mientras que la limitación para los vehículos mixtos será de 100 y 90 km/h respectivamente.

Pernoctar o acampar

Cuando la normativa habla de pernoctar se refiere a que una persona duerma en el interior de una autocaravana o camper que esté estacionada en la calle. Por lo general, está permitido en cualquier espacio excepto si existe un aviso concreto que lo prohíba.

No obstante, acampar determina el hecho de dormir en tiendas de campaña u ocupando espacios exteriores. En España, la acampada está prácticamente prohibida en todo el país, pero existen espacios concretos determinados por cada municipio destinados a este uso.

Permiso de conducir C1-97

Hay que obtener un permiso C1-97 para conducir una autocaravana en España, el cual se puede conseguir a partir de los 18 años y es adecuado para personas que conduzcan caravanas de más de 3.500 kg de peso.

Los vehículos que contempla este permiso no están destinados al uso profesional y, por tanto, no tienen que cumplir con la instalación de un tacógrafo. Autoescuela 2000 cuenta con más de 45 años de experiencia en el mundo de la enseñanza y de los permisos de conducción en la Comunidad de Madrid. Este carnet se obtiene aprobando tres exámenes: uno teórico específico de 20 preguntas y máximo 2 fallos y dos prácticos, de maniobras y circulación.

Particularidades del permiso C1-97

El permiso C1-97 es una variante para uso no profesional del carnet C1. Por eso, aunque comparten características, esta extensión tiene algunas particularidades. Además de tener 18 años o más, las personas que quieran esta licencia deben tener ya el permiso de conducción B. Asimismo, los conductores deberán recibir una formación teórica específica sobre caravanas, realizar prácticas de maniobras y, por último, prácticas de circulación.

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