¿Sabías que hacerte un 'simpa' en la gasolinera te puede llevar a la cárcel?

Debes tener en cuenta que en una gasolinera, las cámaras de seguridad están encendidas permanentemente

Gasolinera.
Gasolinera.

Tras la subida vertiginosa de los precios de los combustibles, algunos han pensado que la mejor manera de llenar el depósito es irse sin pagar de la gasolinera, vamos, haciéndose un 'simpa'. En algunas redes sociales, se minimizan y subestiman las consecuencias reales de una acto delictivo de este calibre.

Para empezar debes tener en cuenta que en una gasolinera, donde las cámaras de seguridad están encendidas permanentemente, te van a pillar sí o sí. Además, si el empresario decide presentar una denuncia estarás metido en un gran lío. Hay que destacar que el encargado de la gasolinera está obligado a denunciar a aquellos clientes que se marchan tras repostar sin pagar.

Salir de una gasolinera sin pagar es una falta tipificada en el Código Penal como estafa y tiene consecuencias legales. Por eso, nuestro consejo es que nunca hagas un 'simpa' en la gasolinera. Si repostas y te vas sin pagar, lo que ya se denomina fuga, debes saber que la policía tiene varias opciones para identificarte sin problemas: identificación del vehículo y del conductor.

El reconocimiento por la matrícula de tu coche será muy sencillo de realizar. La identificación física a través de las cámaras de seguridad y por parte del personal que te ha atendido, es más que suficiente para iniciar causa penal contra ti.

Si finalmente deciden denunciarte, el próximo mensaje que te llegará es de la sala del tribunal competente. Recibirás en la dirección donde resides, o en la dirección de la persona que tiene registrado el vehículo, una acusación por fraude y una citación ineludible, para una audiencia en sede judicial; hablamos de un interrogatorio como imputado, donde se te preguntará por lo sucedido y de lo que se te acusa formalmente.

Luego tendrás que ir a juicio como acusado, si se demuestra la imputación en las diligencias previas, y después de haber comprobado los cargos y las declaraciones y pruebas pertinentes, el juez te impondrá una multa de uno a tres meses si la cantidad defraudada es inferior a 400 euros; si fuera superior la cosa se complica, y mucho. Es importante señalar que los tribunales imponen multas en función de tus ingresos.

Pero eso no es todo; al margen de la multa también deberás responder civilmente de la cantidad que has defraudada en la gasolinera; es decir tendrás que devolver el dinero 'robado' en combustible. Cuidado con ser reincidente; si bien un primer delito puede tener consecuencias menores, las infracciones repetidas darán lugar a sanciones más severas. Si has tenido tres condenas firmes por un delito menor de fraude, se entiende que hay una reincidencia con conocimiento de causa y se aplica un delito grave con consecuencias y penas mucho más graves.

En estos casos, no solo estas sujeto a multas y responsabilidad civil de 6 a 12 meses, sino también a penas de prisión de 1 a 6 años, dependiendo de la gravedad y circunstancias de la ocurrencia del 'simpa'. Todo se determinará en el juicio.

Si se da el caso, y puedes demostrar en sede judicial, que te has ido sin pagar por error; como un despiste, es probable que no te suceda gran cosa, mas lejos de la pertinente multa y el pago del combustible que debes.

 

Además de las multas y pena que te impongan, siempre debes tener en cuenta el tiempo que tendrás que invertir en el proceso, los nervios que implican, los costos de tu asesoría legal, y la incómoda situación social en la que te sitúas con tus allegados.

En algunas redes sociales se han publicado algunos post, que se han convertido en virales y que son totalmente erróneos e imprecisos, además de muy peligrosos si se les hace caso. Algunos han publicado que si pagas la multa en los tres días siguientes, por fugarte sin pagar de una gasolinera un porte de 156 euros, se te queda en 78 euros. De hacer algo así, hablamos de una estafa en toda regla, por lo que no es sólo de una infracción administrativa, sino de un delito penal tipificado en sus artículos 248 y 249.

Si el juez considera que lo que has hecho es un delito de faltas, tu pena por estafa y hurto será de multa de uno a tres meses, y además deberás indemnizar al propietario por los perjuicios causados. Pero si fueses reincidente, como ya señalábamos, puedes acabar entre rejas, además de pagar la responsabilidad civil que proceda. Vamos, que la 'broma' te puede costar muy cara.

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