Zarzuela ha consultado a constitucionalistas sobre la reforma de la sucesión: los hijos del Príncipe son “iguales” y no hay prisa

El Palacio de La Zarzuela ha estudiado con detalle la conveniencia o no de proceder a una reforma de la Constitución para suprimir la prevalencia del varón sobre la mujer. La respuesta es que sí, pero no hay prisa.

La desaparición de la preferencia del hombre sobre la mujer a la hora de la sucesión, recogida en el artículo 57.1 de nuestra Carta Magna, es asunto que está asumido y hasta favorecido por la propia Familia Real, incluido el Príncipe de Asturias. Fuentes consultadas por El Confidencia Digital resumen así esa postura: “Es necesario y están a favor”. La cuestión es el cómo y el cuándo.   Lo que no se ve conveniente en el entorno de la Casa Real es que se proceda a una reforma de la Constitución con el único punto de la sucesión a la Corona, por el riesgo de que una consulta así pueda convertirse en un referéndum sobre la Monarquía.   Según las informaciones recogidas por ECD en fuentes próximas a La Zarzuela, la Casa del Rey ha consultado expresamente a constitucionalistas sobre este asunto, tanto cuando se produjo el nacimiento de la infanta Leonor, como también ahora, a raíz del anuncio del segundo embarazo de la Princesa Letizia.   Estas son, en resumen, las conclusiones de los expertos consultados:   -El decreto 1368/87, sobre títulos de la Familia Real, lo mismo que el dictamen del Consejo de Estado sobre la reforma constitucional, dejan claro que los hijos de los Príncipes de Asturias “son todos ellos iguales”.   -Por tanto, todos tienen la consideración de infante de España, y tratamiento de Alteza Real, pero nada más.   -El niño que vaya a nacer, segundo hijo de los Príncipes, tiene los mismos derechos y privilegios que la primera, la infanta Leonor.   -Sólo cuando se produzca el hecho sucesorio (es decir, muerte del Rey y proclamación de don Felipe como Monarca), entrará en juego la cuestión sobre quién es el Príncipe de Asturias y heredero, y eso se decidirá de acuerdo con la legislación que entonces esté vigente.   -En conclusión, no existe el “heredero del heredero”. En materia legal no hay expectativas de derechos.

 

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