El CGPJ no tiene datos sobre delitos de injurias a los ejércitos

Ante la consulta de un abogado, asegura que en la Sección de Estadística Judicial no constan casos de procedimientos abiertos por la Fiscalía o los tribunales sobre el artículo 504 del Código Penal

Entrega de despachos en la Escuela Naval Militar de Marín (Pontevedra).
Entrega de despachos en la Escuela Naval Militar de Marín (Pontevedra).

El despliegue de las Fuerzas Armadas en Cataluña para colaborar distintas misiones frente a la epidemia de coronavirus provocó el 16 de marzo de 2020 la reacción de un concejal de la CUP en el Ayuntamiento de Vic (Barcelona), Joan Coma i Roura, que escribió en Twitter: “Si veiem a l’exercit abraçem-los fort, tot tossint-los a la cara. Igual així se’n van i no tomen més”, es decir, “Si vemos al Ejército abracémoslos fuerte, tosiéndoles en la cara. Igual así se van y no vuelven más”, para contagiar de Covid-19 a los militares.

El mensaje se viralizó y le valió una querella penal en un juzgado por parte de la Unión de Militares de Tropa (UMT). Además de por un delito de odio, castigado en el artículo 510 del Código Penal, el escrito de esa asociación de militares apuntaba que el concejal de la CUP habría cometido un delito de injurias y amenazas al Ejército.

El artículo 504.2 del Código Penal establece que “los que injuriaren o amenazaren gravemente a los Ejércitos, Clases o Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, serán castigados con la pena de multa de doce a dieciocho meses”.

La querella fue archivada, aunque la acusación recurrió. El fiscal pidió desestimar el recurso, entre otros motivos por entender que el tuit no invitaba a atentar de forma seria contra los militares, y porque la injuria debería ser grave para encajar en este tipo penal, mientras que el edil de la CUP se habría limitado a “mostrar su malestar por la presencia del Ejército”.

Ahora Confidencial Digital ha podido saber que un abogado, Guillermo Rocafort, solicitó recientemente al Consejo General del Poder Judicial “información sobre el número de procedimientos penales que ha abierto el Ministerio Público Español (Fiscalía) por un lado y los Tribunales de Justicia por otro en relación a presuntos delitos de injurias a los ejércitos tipificados por el artículo 504 del Código Penal...”.

La solicitud de información llegó a la Subdirección General de Información Administrativa e Inspección General de Servicios del Ministerio de Justicia, que la remitió a la Unidad de Información del CGPJ.

La respuesta del Consejo General del Poder Judicial, según ha podido saber ECD, ha sido muy escueta: “Se participa que solicitado informe a la Sección de Estadística Judicial de este Consejo, esta comunica que no se dispone de datos sobre la información peticionada”.

Según explica el abogado que solicitó los datos, no queda claro con esta contestación si el CGPJ no tiene disponibles los datos, pero sí ha habido procedimientos penales abiertos por la Fiscalía y los tribunales; o si directamente es que no se han abierto procedimientos por delito de injurias a los ejércitos.

Cabe señalar que María Dolores de Cospedal denunció en 2017 al teniente expulsado del Ejército Luis Gonzalo Segura, al que acusaba de delitos de injurias y calumnias contra el ex ministro de Defensa Pedro Morenés, y contra mandos militares como el Jefe del Estado Mayor del Aire (JEMA), el general del Aire Javier Salto Martínez-Avial. Sin embargo, la denuncia no le acusaba de injurias a los ejércitos, sino a personas concretas como el ex ministro Morenés y el JEMA.

 

La justicia también ha archivado denuncias por supuestas injurias a la Guardia Civil, como la que interpuso la Unión de Oficiales contra la revista El Jueves por una viñeta que esta asociación consideró que incurría en ese delito.

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