Condenado un comandante del Ejército por manipular datos para excluir a una soldado de la misión en Líbano

Cometió abuso de autoridad por elevar un informe que señalaba que la militar no era idónea por su estado anímico. Al mismo oficial se le investigó por ordenar matar a los gatos de la base

Foto de archivo de militares españoles en Líbano (Foto: Ministerio de Defensa).
Foto de archivo de militares españoles en Líbano (Foto: Ministerio de Defensa).

El Tribunal Militar Central ha condenado a un comandante del Cuerpo General del Ejército de Tierra a diez meses de prisión, por el trato que tuvo hacia una soldado, dama legionaria paracaidista, cuando ambos estaban destinados en Líbano.

La sentencia de la Sala de Justicia del tribunal condena al comandante, en primer lugar, a siete meses de cárcel por un delito consumado de abuso de autoridad, previsto y penado en el artículo 45 del Código Penal Militar, en su modalidad de “impedir arbitrariamente a un subordinado el ejercicio de algún derecho”

También le considera culpable de otro delito igual, pero con una pena de tres meses y un día de prisión.

Le impone asimismo el pago de 8.640 euros a la soldado que le denunció, como responsabilidad civil reparatoria de los daños causados. Le absuelve de un delito de deslealtad, por quedar absorbido en el delito más amplio de abuso de autoridad.

Por contra, un brigada que también estaba acusado en este proceso judicial, en su caso por un delito consumado de abuso de autoridad en su modalidad de “trato degradante o humillante a un subordinado”, ha sido absuelto.

La causa la instruyó el Juzgado Togado Militar Territorial número 12, con sede en Madrid.

Capitán, sargento 1º y soldado de la Bripac

Cuando sucedieron los hechos que motivaron la condena, el comandante era por entonces capitán y se encontraba destinado en Líbano, en comisión de servicio, como jefe de la Unidad de Transmisiones de la Brigada Líbano XXV, el contingente militar español en la misión de la ONU al sur del país.

El brigada era sargento 1º, y era jefe de la plana mayor de la misma Unidad de Transmisiones.

La acusación particular la ejerció una dama legionaria paracaidista, es decir, que pertenecía a la Brigada ‘Almogávares’ VI de Paracaidistas (Bripac) del Ejército de Tierra.

 

En Líbano era “la escribiente y conductora de la plana mayor; estaba encargada de entregar la munición y se ocupaba de que el armamento estuviera en óptimo estado, para lo cual tenía acceso a las llaves de la armería. En tanto que conductora, transportaba, entre otros, a un sargento fuera de la base una vez por semana, para impartir clases de español dentro del programa Cervantes”.

Tanto el oficial como el suboficial condenados también pertenecían a la Brigada Paracaidista. El capitán, el sargento 1º y la dama legionaria paracaidista estaban todos destinados en la base de Marjayoun, en Líbano, y concretamente en la Unidad de Transmisiones.

La soldado presentó dos partes en septiembre de 2016, partes que se convirtieron en un atestado y más tarde en unas diligencias previas de la juez togado militar.

Incluida “contra la opinión de otros mandos”

La dama legionaria paracaidista mantuvo una relación íntima con un sargento, también destinado en la misma plana mayor de la Unidad de Transmisiones de la brigada desplegada en Líbano, relación “de la que era conocedora buena parte de los integrantes de la unidad”.

El sargento 1º que resultó procesado, y ahora absuelto, había sido en la Bripac jefe directo de la soldado. Su relación era buena, y el suboficial había recomendado que la soldado fuera incluida en el contingente del Líbano, “contra la opinión de otros mandos, que consideraban que la dama legionaria paracaidista no era idónea para ello”.

El incidente de los gatos

En la sentencia se cita una circunstancia que enrareció el ambiente en la base de Marjayoun: “Las relaciones entre los mandos y el personal de Tropa de la Unidad de Transmisiones, en general, se hicieron más tensas a partir de los últimos días del mes de mayo de 2016, con motivo de determinados sucesos relativos a unos gatos que se encontraban en la zona de la base que dicha unidad ocupaba”.

Sobre este asunto se difundieron noticias en el diario Público hace años, y en el canal de Telegram de ‘Ciudadanos de Uniforme’ hace unos meses, tal y como se contó en estas páginas.

La sentencia, dictada el 7 de septiembre, señala que “lo que ocurriera o no en relación con los felinos ha sido objeto de un procedimiento diferente, por lo que no podemos pronunciarnos ni nos pronunciamos al respecto”.

Y añade que “no ha quedado suficientemente acreditado que la dama legionaria paracaidista cursara un parte por escrito sobre el asunto de los gatos, ni tampoco que su relación con el sargento primero o con el capitán se viera concreta, directa y desfavorablemente afectada por dichos sucesos, sin perjuicio de la tensión general antes mencionada”.

“¡Vete de aquí!”, “¡Déjame en paz!”

En la sentencia, el Tribunal Militar Central recoge que el sargento 1º jefe de la plana (ahora brigada) “era, ya antes de su incorporación a la BRILIB XXV, un mando de modales bruscos y trato desabrido, a veces despectivo, con sus subordinados”, a quienes gritaba, dirigía palabras malsonantes, les tenía de pie largo rato cuando iban a hablar con él, y cuando le presentaba novedades, les contestaba cosas como “¡Vete de aquí, fuera, me tocáis los cojones todo el día!”, o “¡Déjame en paz y haz lo que te salga de los huevos!”.

“Esta pauta de comportamiento fue una constante durante la operación en el Líbano”, recoge la sentencia.

La dama legionaria paracaidista estaba a las órdenes inmediatas del sargento 1º, trabajaba en la misma oficina, y por ello soportó ese trato “con más intensidad que los demás”. Eso “le produjo un malestar progresivo, acentuado por la dureza de las condiciones de la operación, el propio carácter irascible” de la soldado, “la creciente duración de la separación de su familia y problemas conyugales”.

Se echaba a llorar

La militar sufrió varios episodios de llanto. Una tarde tuvo que quedarse trabajando en la oficina con el sargento 1º; “comenzó a angustiarse porque sus compañeros estaban descansando y ella no podía ir al gimnasio”, “su congoja fue en aumento hasta el punto de empezar a llorar y hubo de ser tranquilizada por el sargento primero”.

Otro día, se encontraba hablando con el sargento con el que mantenía una relación íntima, y empezó a mostrar “respiración acelerada, dificultad respiratoria y tez pálida, con nerviosismo y confusión”. No llegó a ir al botiquín y se tranquilizó sola.

Al Servicio de Psicología

Semanas después, el sargento 1º le ordenó a la soldado que fuera a recoger el material que debía surtir los botiquines que iban a entregarse en las posiciones destacadas de la Unidad de Transmisiones.

La dama legionaria paracaidista informó al sargento 1º de que tenía todo el material. El sargento 1º transmitió el dato al capitán de la Unidad de Transmisiones. Sin embargo, se comprobó que faltaban algunos elementos, lo que impedía completar los botiquines.

El sargento 1º advirtió a la soldado que debía conseguir el material que faltaba, o si no, daría cuenta de su conducta.

Al recibir esa orden y advertencia, la dama legionaria paracaidista se fue al Servicio de Psicología. No avisó al sargento 1º que era su superior, pero sí fue acompañada del sargento con el que tenía una relación.

El sargento 1º dio parte de lo sucedido al capitán, pero no hubo consecuencias disciplinarias.

Una teniente psicólogo atendió a la dama legionaria paracaidista, quien le contó que el sargento 1º le daba un trato diferenciado respecto a los demás militares, “despectivo” y de menoscabo a la integridad física.

Dijo que la reprendía constantemente delante de otras personas, y que sentía una gran presión por el horario de trabajo, por las relaciones entre el personal y también por no poder hablar con su familia, lo que le provocaba tristeza y llanto continuo.

La psicóloga consideró que se trataba de una crisis de ansiedad y no la derivó al servicio médico.

El capitán se lo recriminó

El capitán no se enteró de que la soldado había acudido a consulta psicológica, y el general jefe de la brigada le hizo un llamada de atención por ese desconocimiento. El general se había enterado por la teniente psicólogo, que le informó.

“Esto, sumado a la circunstancia de que la asistencia a consulta psicológica estaba mal vista, impulsó al capitán a recriminar a la dama legionaria paracaidista que no hubiera comunicado por conducto regular su visita al Servicio de Psicología”, según la sentencia.

Pero también se precisa que “no se ha acreditado que el capitán empleara malos modos al amonestar” a la soldado, y tampoco “que le dirigiera gestos, palabras o expresiones insultantes o vejatorias, la hiciera objeto de cualquier otra vía de hecho, diera instrucciones de que fuera aislada en el trato social o adoptara en ese momento decisiones encaminadas a hacer más duras las condiciones de su permanencia en la Unidad de Transmisiones”.

“Condiciones psicológicas adecuadas”

La dama legionaria paracaidista tuvo más incidentes. Discutió a gritos con un compañero, caballero legionario paracaidista, cuando se encontraban estudiando para el curso preparatorio para el ascenso a cabo. Un sargento puso fin al enfrentamiento, pero la militar llegó a un estado de ansiedad con lloro y temblor que hizo que el sargento 1º, su superior, la acompañara al Hospital ROLE 1 de la base para ser atendida.

Por esa discusión se le abrió a la soldado un procedimiento sancionador por falta leve. El capitán jefe de la Compañía de Transmisiones del Batallón del Cuartel General de la Bripac le impuso una sanción de reprensión por la falta leve de “ofender a un compañero con acciones o palabras indecorosas o indignas”, por haberle gritado “a mí no me hables así, me cago en tu puta madre”.

La dama legionaria paracaidista pasó la noche en el hospital de la base, y posteriormente fue evaluada por la teniente psicólogo. La oficial determinó que “se considera que está en condiciones psicológicas adecuadas para permanecer en zona de operaciones”.

En un segundo informe, días después, señaló que “no posee ninguna alteración psicológica y que se encuentra en condiciones óptimas para el desempeño de sus funciones, determinando que lo ocurrido ha sido una reacción puntual ante un suceso determinado en tiempo y espacio”. El Servicio Médico avaló estas conclusiones.

Plan para provocar la repatriación

Según los hechos probados declarados por el Tribunal Militar Central, el capitán jefe de la Unidad de Transmisiones “fue conocedor de todo lo anterior porque la teniente psicólogo se lo había participado indicándole, además que la dama legionaria paracaidista no era inestable. Era, por lo tanto, consciente de que no estaba afectada por ninguna limitación para el servicio por motivos psicológicos ni de otra índole”.

Aún así, “concibió y puso en práctica un plan para provocar la repatriación de la dama legionaria paracaidista”.

En primer lugar, trató de imposibilitar que pudiera desempeñar los cometidos propios de su puesto en la Unidad de Transmisiones. Para ello, le prohibió “el porte de armas y la participación en ejercicios de tiro, así como el acceso a la llave de la armería”.

También la relevó de su función de conductora del personal que participaba como profesor de español en el programa Cervantes, y la apartó del grupo de carreras en el que participaba y que le permitía correr por el exterior de la base, adscribiéndola en cambio al grupo de los que presentaban limitaciones físicas, que sólo corrían por el interior.

Le restringió las salidas de paseo: mientras otros componentes de la unidad llegaron a disfrutar de hasta cuatro de tales salidas, ella únicamente pudo hacerlo en una ocasión.

Informe al general

El siguiente paso del capitán fue redactar y elevar al general jefe de la Brigada Líbano XXV un informe en el que “a través de juicios de valor fundados en datos no reales o no precisos sobre su estado anímico, argumentaba que la dama legionaria paracaidista no era idónea para el desempeño de sus cometidos en la Unidad de Transmisiones”, y por eso proponía su repatriación, que fuera enviada de Líbano a España, “por falta de confianza”.

El capitán argumentó que el mantenimiento de la soldado en su destino en Líbano “y la imposibilidad de evitar, a pesar de las medidas precautorias adoptadas, que continúe con episodios de ansiedad, y se pudiera llegar a originar un nuevo incidente de mayor gravedad, son las indeseables consecuencias que para el servicio y el buen nombre de la Institución militar tienen ese tipo de conductas, sobre todo si llegaran a trascender”.

También advirtió de que el problema con esta dama legionaria paracaidista podría llegar a degenerar en un problema mayor, y que su permanencia perjudicaba gravemente al servicio, “toda vez que no puede cumplir con algunos cometidos esenciales de su puesto táctico como son el porte de armas y la conducción de vehículos”.

El Mando de Operaciones ordenó repatriar

El general jefe de la Brigada de Líbano, “sin consultar con su asesor jurídico”, solicitó la repatriación de esa soldado.

El comandante del Mando de Operaciones aprobó la repatriación el 6 de septiembre de 2016, y “se llevó inmediatamente a efecto”.

Antes, los días 3, 4 y 5 de septiembre, la dama legionaria paracaidista presentó partes en los que denunció al sargento 1º e indirectamente al capitán por acoso, y solicitó un cambio de puesto por acoso laboral.

Absuelto el sargento 1º

El Tribunal Militar Central consideró que “no se ha acreditado que, más allá del comportamiento que se ha expresado en el apartado 1, hubiera el sargento 1º insultado o dispensado un trato vejatorio o indebido a ninguno de sus subordinados ni, específicamente, a la dama legionaria paracaidista, y tampoco que hubiera puesto en riesgo el suboficial la integridad física de ésta”.

Por ello, finalmente resultó absuelto del delito de abuso de autoridad en su modalidad de “trato degradante o humillante a un subordinado”.

Según el Tribunal Militar Central, “aquí nos encontramos, simple y llanamente, ante una forma de comportarse absolutamente inapropiada y militarmente inaceptable de un superior”, y que “gritar, proferir palabras obscenas -que no epítetos injuriosos-, hacer durante un rato caso omiso de un subordinado o dirigirle expresiones desconsideradas no son entendibles, por su propia naturaleza, como actos o comportamientos que tengan como propósito el de humillar o envilecer, ni tampoco quebrantar la resistencia física o moral”.

Sólo consideró que la conducta se encontraba por debajo del umbral mínimo de gravedad del delito del que se trata, pero que podía encontrar “su adecuado acomodo dentro del régimen disciplinario de las Fuerzas Armadas, cuya aplicación está reservada por la LO 8/2014, de 4 de diciembre, a las autoridades y mandos militares que expresan sus artículos 26, siguientes y concordantes”.

El capitán añadió presión

Pero sobre el capitán, ahora comandante, el Tribunal Militar Central concluyó que las decisiones que adoptó sobre la dama legionaria paracaidista “añadieron presión a la situación en la que ya se encontraba”.

Consideró que “tal situación, que por lo tanto no es directa ni exclusivamente achacable a las decisiones del capitán sino fruto del conjunto de factores y vivencias que hemos venido desgranando, desembocó finalmente en un trastorno adaptativo depresivo ansioso secundario a desajuste laboral, que requirió tratamiento médico psiquiátrico con medicación y causó la baja para el servicio de la soldado entre el 6 de octubre de 2016 y el 26 de enero de 2017, en que recibió el alta, sin secuelas”.

Además, “no se ha acreditado que otras bajas médicas posteriores de la soldado tuvieran relación causal específica con sus vivencias en el seno de la BRILIB XXV”.

Sin consulta de telemedicina

Sobre la decisión de repatriar a la soldado a España, una capitán psicólogo declaró que antes de una repatriación por motivos de salud es precisa una consulta de telemedicina. Sin embargo, en el caso de esta dama legionaria paracaidista no recordaba que eso se hubiera hecho.

También explicó que con el informe que ella emitió, al atenderla en la base de Marjayoun, no se hubiera procedido a la repatriación. Si la militar hubiera sufrido crisis de ansiedad continuas, se habría solicitado una consulta por telemedicina, cosa que no se hizo. Aseguró que le había dicho al capitán que la soldado no era “inestable”.

Distorsionó la realidad

Tras analizar numerosa documentación, e interrogar a un buen número de militares que compartieron misión en Líbano con los protagonistas del caso, el Tribunal Militar Central concluyó que el capitán (hoy comandante) tramó y culminó un plan para que se repatriara a esa dama legionaria paracaidista “a través del informe propuesta de 1 de septiembre, en el que distorsionaba a sabiendas la realidad para justificar una inexistente falta de idoneidad de la interesada para continuar en la operación”.

En ese informe “interpreta, discutiblemente, los informes reales y veraces recibidos de sus subordinados como reveladores de tres crisis de ansiedad” de la soldado, “aun cuando médicamente sólo se diagnosticó como tal la que sufrió el 24 de agosto”.

Además, tomó medidas como prohibirle manejar armas y conducir sin que existiera motivo médico o psicológico que las justificara. Sus argumentos fueron “juicios de valor del capitán sobre la falta de idoneidad de la dama legionaria paracaidista para razonar su propuesta de repatriación por falta de confianza”.

“Datos no del todo reales”

La sentencia declara que el capitán introdujo, en el informe que elevó al general, “datos no del todo reales o exactos -cuya irrealidad o inexactitud era, sin embargo, conocida por los escalones superiores de mando a los que iba dirigido, que a través de la oficial psicólogo estaban al tanto de los pormenores del estado anímico de la dama legionaria paracaidista-, y en este sentido distorsiona la verdad”.

A juicio de los miembros de la Sala de Justicia del Tribunal Militar Central, “el verdadero propósito y significado del informe es el de culminar su propósito de cercenar, a sabiendas de que no existían razones que lo justificaran, derechos profesionales” de esta militar, logrando “que los escalones superiores de mando acordaran la repatriación por falta de idoneidad, poniendo anticipadamente fin a su participación en la operación que se desarrollaba en el Líbano”.

Esa actuación encaja en la categoría de delito de abuso de autoridad, en su modalidad de “impedir arbitrariamente a un subordinado el ejercicio de algún derecho”.

Por ello terminaron condenando al capitán, hoy comandante, a diez meses de cárcel en total.

El incidente de los gatos

Se da la circunstancia de que este comandante fue investigado por otro incidente sucedido en su despliegue en Líbano. Fue acusado de haber hecho formar a su compañía, para que vieran morir en un cubo, de calor por el sol, de sed y de hambre, a unos gatos que se movían por la base y que sospechaba que eran alimentados por los militares, como mascotas, pese a la orden de no hacerlo.

El canal ‘Ciudadanos de Uniforme’ publicó este pasado verano que “hace seis años el capitán […] perteneciente a la Bripac, en la misión del Líbano, metió a unos gatos en el cubo de la basura y formó a su compañía para que los vieran morir. La semana pasada fue condenado a 4 años de cárcel por abusar de sus subordinados y matar animales, ya está en la prisión de Alcalá-Meco. Tardarán en caer, pero al final caerán todos. Ni olvidamos ni perdonamos”.

Pues bien: en esta sentencia, aunque trata de no pronunciarse sobre los hechos por ser objeto de otro procedimiento judicial, se recogen testimonios de los militares que vivieron este incidente.

La dama legionaria paracaidista que sufrió la repatriación a España declaró que el ambiente de trabajo en la plana mayor empeoró “por la actitud del capitán, el cual les hizo formar antes de cenar por darle de comer a unos gatos, los tuvo dos horas formados y después de cenar los tuvo formados hasta silencio por este motivo, únicamente a la tropa”.

Según su relato, “incluso un día ordenó a unos compañeros que cazaran los gatos de forma despectiva”.

Hubo versiones coincidentes y otras contradictorias sobre las medidas del capitán por los gatos. Un sargento 1º declaró que hubo un antes y un después de la cuestión de los gatos, pero que “se sacaron las cosas del tiesto porque había gente que tenía ganas de ruido, de protagonismo”.

Otro contó que una noche apareció en las redes sociales una fotografía de un bidón con los gatos muertos dentro, tomada dentro del perímetro de la base.

Un ex soldado señaló que a partir del incidente de los gatos el ambiente se volvió más tenso y hubo sanciones y repatriaciones. Un cabo afirmó que tras esto “la gente dejó de ir a las barbacoas y de relacionarse con los mandos, y hubo muchas sanciones, a su juicio más que en otras misiones, y explica que puede comparar porque había estado en Líbano tres veces”.

El ambiente se enrareció, “era tóxico”, cambió la relación entre los militares... un comandante auditor recordaba haber instruido un atestado por presunto maltrato animal en relación con la muerte de los gatos.

Todo ello llevó al Tribunal Militar Central a considerar que “las incidencias relativas a la alimentación y posterior captura y muerte de los gatos -sobre las que no podemos pronunciarnos de forma específica- tuvieron un impacto negativo sobre la dinámica de comportamiento de los componentes de la UTRANS XXV”.

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