Los enfermeros militares denuncian que Defensa tarde en ascenderles a comandante el doble que al resto de oficiales

Deben pasar 16 años como capitanes, frente a los 8 que se exigen a otros cuerpos y especialidades

Hospital Central de la Defensa Gómez Ulla
Hospital Central de la Defensa Gómez Ulla

Los enfermeros militares están cursando una instancia ante la ministra Robles, acogiéndose al derecho de petición, contra la última actuación de la Subsecretaria de Defensa, manifestada en la actualización 2020 de la Directiva 69/2019 relativa al Plan de Acción de Personal del Cuerpo Militar de Sanidad hasta 2025.

El plan establece los criterios básicos que configuran la carrera militar de los componentes del Cuerpo Militar de Sanidad. Regula que los enfermeros permanezcan un 80% del tiempo en la escala de teniente y capitán frente al resto de oficiales que son destinados en estos empleos un 40% del tiempo, por lo que tardan la mitad en ascender.

A los enfermeros se les exigen 16 años como capitanes frente a los 8 que se exigen al resto de oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad.

Cambiar la plantilla y mejorar los ascensos

El malestar de los enfermeros militares deriva principalmente de las noticias publicadas en varios medios el mes pasado en las que el propio Ministerio de Defensa reconocía la necesidad de mejorar las capacidades de la sanidad militar. Se detecta la necesidad de contar con más personal, manifestada durante la crisis del coronavirus, la cual que hizo necesario activa oficiales médicos y enfermeros en reserva y alumnos de la Escuela Militar de Sanidad.

En el mes de junio la Asociación de Oficiales Enfermeros (ASOENFAS) hizo una propuesta a Defensa sobre modificación de plantillas que provocó que el Ministerio reconociera la necesidad de cambiar la plantilla y mejorar los ascensos de los oficiales enfermeros.

Confidencial Digital ha podido saber que los oficiales enfermeros se sienten discriminados respecto a los demás oficiales en cuanto a plantillas y tiempos de permanencia en los distintos empleo, además reclaman que se cumpla la Disposición Final Sexta de la Ley 39/2007 relativa a su integración en la Escala de Oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad.

Esperanzados tras la reunión de junio, cuentan que la norma aprobada el 29 de octubre no hizo más que decepcionarles. Por tanto, han decidido elevar una instancia, descargable a través de su web, al Ministerio solicitando que se resuelvan los asuntos relativos a plantillas, funciones y que se cumpla la Disposición Final Sexta.

Que se modifiquen los tiempos de permanencia

Los enfermeros denuncian la violación de la igualdad ante la ley en las necesidades o estructura de las Fuerzas Armadas, como hace para ellos la Directiva, amparándose en que la trayectoria profesional se articula en dos tramos.

Uno más enfocado a la actividad asistencial que deberían realizar los tenientes y capitanes y otro al asesoramiento, dirección, gestión, docencia, investigación y apoyo al mando que deberían hacer comandantes y tenientes coroneles puesto que no son los empleos los que impiden o no realizar actividades de un tramo u otro, sino la especialidad fundamental.

 

La Directiva de la Subsecretaria con aplicación hasta 2025 establece para la escala de oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad 4 años como tenientes, 8 como capitanes, también 8 como comandantes y de nuevo 8 como tenientes coroneles. Para el puesto de coroneles se estima permanezcan 6 años, 4 como generales de brigada y 3 como generales de división.

Por tanto, pasan un 40% del total en los empleos de teniente y capitán, un 51% como comandantes y tenientes coroneles, un 8% como coroneles y un 1% como generales.

Los oficiales enfermeros tienen unos tiempos diferentes. 5 años como tenientes, 16 como capitanes, 7 como comandantes y 6 como tenientes coroneles. Esto supone que estén el 80% del tiempo como tenientes y capitanes y el 20% como comandantes y tenientes coronel.

La comparativa entre las plantillas deja ver que habrá 163 comandantes y 274 tenientes coroneles menos para los enfermeros.

Por tanto, solicitan que tanto la plantilla como los tiempos de permanencia en los empleos que establece la Directiva 69/2019 en su actualización de 2020, se modifiquen de forma que “eviten la desigualdad ante la ley que sufre la Escala de Oficiales Enfermeros respecto a las demás Escalas de las Fuerzas Armadas, y particularmente las de la Escala de Oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad y las de las Escalas Técnicas de Ingenieros”.

Reclaman que se redacten de nuevo las funciones

El condicionante de 6 y el apartado 1 del Anexo VI de la Directiva establecen las funciones que realizarán los enfermeros militares hasta 2025. Por la redacción los militares de este grupo detectan una serie de limitaciones.

Entre ellas se les incapacita legalmente para ser los mandos naturales del personal sanitario auxiliar. De hecho, no se les permite dirigir órganos de los servicios sanitarios de ningún tipo, dándose circunstancias tales como que, incluso ostentando empleos superiores, se subordinan al resto de oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad sea cual sea la especialidad de éstos.

Aunque se les atribuye la asistencia a las bajas de conformidad con su titulación, no se especifica si esas bajas son de personal militar o civil o de ambos. Tampoco se les atribuyen tareas de primeros auxilios, asesoramiento sanitario o preventivas.

Reclaman a la Subsecretaria que el texto relativo a las funciones de los oficiales enfermeros vuelva a ser redactado.

Integración en la escala de oficiales de Cuerpo Militar de Sanidad

Por último, en la instancia que presentan ante la ministra de Defensa los enfermeros exigen que se dé cumplimiento a la Disposición Final Sexta de la Ley 39/2007.

Piden que se produzca la integración de la Escala de Oficiales Enfermeros en la Escala de Oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad, ya que defienden haber cumplido los condicionantes establecidos.

Ante el argumentario presentando previamente por Defensa para justificar la no integración responden que debería modificarse los requisitos de titulación de forma tal que los suboficiales ingresen con una titulación universitaria, que según el Estatuto del Empleado Público les permita estar en el subgrupo A2, o, en caso contrario, se modifica la estructura de las Fuerzas Armadas y a los Suboficiales se les atribuye otro grupo o subgrupo retributivo.

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