La justicia militar sanciona a un sargento por cuestionar en Facebook la orden de un superior

Le mandó borrar de Wallapop, por motivos de seguridad, una fotografía de su coche dentro del cuartel donde aparecían vehículos de las Fuerzas Armadas

Militares

Un sargento ha sido sancionado a pagar una multa durante cinco días por “expresar públicamente opiniones que, relacionadas directamente con el servicio de las Fuerzas Armadas, no se ajustan a los límites derivados de la disciplina”.

El militar recibió una orden por la que debía retirar unas fotografías que aparecían en la aplicación de compra Wallapop. En estas aparecía su vehículo particular dentro de un cuartel. El jefe del Regimiento le ordenó la retirada de estas considerando que podrían poner en peligro su seguridad y la del resto de componentes de la unidad.

Este reaccionó publicando en el perfil de Facebook a su nombre: “Soy militar…leal y fiel a mi patria… y me enorgullezco de ello…mis publicaciones salen de vehículos militares y de acuartelamientos… y????... me vienen a mí a tocarme (…) … esto es (…)”.

El sargento ha interpuesto un recurso contencioso disciplinario militar a la decisión de un coronel de imponerle la sanción leve y multa, ya desestimada en recurso de alzada. De nuevo, el recurso a sido desestimado por la justicia militar.

Falta tipificada

El recurrente ha alegado falta de tipicidad ante los hechos por los que ha sido condenado.

Argumenta que sus comentarios no están estrictamente relacionados con los servicios y tampoco se dirigen a ningún superior o subordinado, por lo que no se dan los elementos del tipo disciplinario:

“Expresar públicamente opiniones que relacionadas directamente con el servicio de las Fuerzas Armadas no se ajusten a los límites derivados de la disciplina”.

Sin embargo, la justicia militar considera que las manifestaciones fueron contrarias a la disciplina, poniendo en duda la orden y la finalidad de la misma.

Sancionado por una autoridad competente

El sargento también trató de defenderse argumentando que la sanción fue puesta por una autoridad no competente.

 

Sin embargo, el artículo 32 de la LORDFAS enumera las autoridades y mandos con potestad disciplinaria, en el ámbito de sus respectivas competencias, donde se están incluidos jefes de regimiento o unidad.

Video del día

Marta Rovira confirma que negocia con Sánchez
un referéndum de independencia para Cataluña
Portada
Comentarios
Envíanos tus noticias
Si conoces o tienes alguna pista en relación con una noticia, no dudes en hacérnosla llegar a través de cualquiera de las siguientes vías. Si así lo desea, tu identidad permanecerá en el anonimato