Un militar no consigue que Google elimine los enlaces a Facebook con información “falsa” sobre su regimiento

La Agencia Española de Protección de Datos ha dictado que al incluir las webs noticias de interés general prevalece el derecho a la libertad de expresión

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Un militar ha reclamado a Google que desindexe tres URL de la red social Facebook en las que un grupo sube fotos del personal de las Fuerzas Armadas y aparece este como miembro de un regimiento y sus datos personales, que manifiesta son falsos.

Sin embargo, Google defiende no eliminarlas de sus motores de búsqueda argumentando que la información disputada remite a opiniones y críticas contra el reclamante por una noticia amparada por la libertad de expresión.

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha desestimado la demanda del militar considerando que no se ha acreditado que los datos y la información que se recogen en la documentación publicada son inexactos o han quedado obsoletos.

Debe primar la libertad de expresión

En la resolución a la que ha tenido acceso Confidencial Digital la directora de la AEPD justifica que ha de prevalecer el derecho de libertad de expresión sobre el derecho a la protección de datos personales del denunciante, y ello a pesar de que la parte final del comentario se haga alusión a expresiones “hirientes”.

Además, explica que el derecho al olvido contempla la desindexación de noticias antiguas o de las que se han demostrado inexactas, cuya permanencia en la red puede ocasionar perjuicios a personas “que ya han dejado ese pasado atrás hace mucho tiempo”; pero no está pensado para borrar todo rastro de según qué noticias por la mera solicitud de quien se considera perjudicado y “crear una suerte de currículum a la carta en internet”.

Deberá recurrir por otra vía si considera que se vulnera su honor

La AEPD explica que si el militar considera que se produce injerencia en su privacidad por vulneración de su honor por las publicaciones, informaciones o expresiones el procedimiento no es el adecuado.

Solo puede entrar a valorar estrictamente lo referido a la observancia de los principios que fija la normativa en protección de datos.

 

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