Los militares podrán enviar denuncias anónimas sobre corrupción en las Fuerzas Armadas a un canal de Defensa

El ministerio va a activar una aplicación informática que garantiza la confidencialidad. Quienes tomen represalias contra los denunciantes o quienes envíen información falsa se arriesgan a multas de 300.000 euros

Margarita Robles, con militares en Las Palmas de Gran Canaria (Foto: Flickr Ministerio de Defensa).
Margarita Robles, con militares en Las Palmas de Gran Canaria (Foto: Flickr Ministerio de Defensa).
  1. Canal interno de denuncias
  2. A través de una aplicación informática
  3. Acciones u omisiones
  4. Otro canal externo
  5. Confidencialidad y anonimato opcional
  6. Protección a los denunciantes
  7. Represalias y coacciones
  8. Aviso contra las denuncias falsas
  9. Hasta 300.000 euros por coaccionar
  10. Prohibición de contratar
  11. Un coronel del Cuerpo Jurídico Militar
  12. Parte disciplinario o juzgado militar
  13. Más denuncias internas en las Fuerzas Armadas
  14. ‘Ciudadanos de Uniforme’
  15. Otros canales de denuncias militares
  16. Los datos de una denunciante
Margarita Robles, con militares españoles y ante carros Leopard en Letonia.
Margarita Robles, con militares españoles y ante carros Leopard en Letonia.

El Ministerio de Defensa va a abrir un canal anónimo y confidencial de denuncias internas, para que los militares y también los civiles que trabaja en su estructura puedan alertar sobre irregularidades, incluso sobre presuntos casos de corrupción.

Confidencial Digital ha comprobado que el canal se está creando y ya hay referencias a él en la página web del Ministerio de Defensa, si bien a fecha de 2 de junio aún faltaba por activarse todo el sistema para entrar realmente en funcionamiento.

Canal interno de denuncias

Desde fechas muy recientes, la página web del ministerio incluye una nueva pestaña, que antes no existía y que lleva por nombre “Canal Interno Información”.

Al pinchar en ella se llega a un apartado de la web en la que se indica que “en cumplimiento de lo establecido en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, el Ministerio de Defensa ha implantado un sistema interno de información”.

El artículo 13 de esa ley establece que “todas las entidades que integran el sector público estarán obligadas a disponer de un Sistema interno de información en los términos previstos en esta ley”. El Ministerio de Defensa es parte de la Administración General del Estado, y por tanto debe implantar un sistema interno de información.

La ley establece que se creen canales y sistemas para que los empleados públicos, en el ámbito concreto de las administraciones, puedan informar de forma anónima sobre infracciones del Derecho de la Unión Europea, así como acerca de “acciones u omisiones que puedan ser constitutivas de infracción penal o administrativa grave o muy grave. En todo caso, se entenderán comprendidas todas aquellas infracciones penales o administrativas graves o muy graves que impliquen quebranto económico para la Hacienda Pública y para la Seguridad Social”.

Estos canales se crean con la idea de animar a que funcionarios, pero también trabajadores de empresas, pierdan el miedo a denunciar posibles irregularidades, que no denunciarían por temor a las represalias internas en su organización.

A través de una aplicación informática

El ministerio de Margarita Robles explica que el “Canal Interno Información” que está poniendo en marcha “cumple con la finalidad de la citada Ley permitiendo que las personas físicas puedan informar sobre alguna de las acciones u omisiones a las que se refiere su artículo 2, fundamentalmente infracciones del Derecho de la UE e infracciones administrativas graves o muy graves o penales”.

Defensa ultima un canal interno que permitirá presentar denuncias escritas por medio de dos vías:

 

-- “Una aplicación informática que cumple con los criterios de confidencialidad de la información y la protección de datos”. Falta por incluir un enlace a esa aplicación informática, debido a que está “pendiente de la activación del sistema”.

-- “Por correo postal remitido a la dirección siguiente”, que no se indica de nuevo porque está “pendiente de la activación del sistema”.

La ley establece tanto “la creación de un canal externo de información”, como “el nombramiento de una Autoridad Independiente de Protección del Informante”.

El ministerio señala que “toda persona física podrá informar ante dicha Autoridad, o ante las autoridades u órganos autonómicos correspondientes, de la comisión de cualesquiera acciones u omisiones incluidas en el ámbito de aplicación de esta ley, ya sea directamente o previa comunicación a través del correspondiente canal interno”.

Y termina añadiendo que la información de acceso al canal externo aún no ha sido publicitada.

Acciones u omisiones

En un documento consultado por ECD, el departamento de Margarita Robles amplía la información sobre lo que denomina “Sistema interno de información del Ministerio de Defensa”.

Lo define como “el cauce preferente para informar sobre las acciones u omisiones a las que se refiere la Ley en su artículo 2, siempre que se pueda tratar de manera efectiva la infracción y si el denunciante considera que no hay riesgo de represalia”.

El artículo 2 de la ley recoge el ámbito material de aplicación y establece que la protección frente a represalias se extiende a las personas que informen sobre acciones u omisiones relacionadas con infracciones del Derecho de la UE, y con infracciones administrativas graves o muy graves o penales.

Otro canal externo

En este sistema de denuncias internas, el militar o civil que quiera comunicar algo, podrá elegir si hacerlo a través del canal interno del Ministerio de Defensa, o del canal externo que prevé la ley que sea competencia de una nueva Autoridad Independiente de Protección del Informante.

Si opta por el canal interno de Defensa, “podrá decidir presentar la información mediante la aplicación informática o por vía postal”, las dos vías ya citadas, “o, si así lo solicitara, presencialmente”.

Confidencialidad y anonimato opcional

Una de las claves de la ley y de todo este sistema de denuncias que está poniendo en marcha el Ministerio de Defensa es la confidencialidad: que quienes tengan miedo a represalias, puedan denunciar sin temor a que se difunda su identidad.

El ministerio asegura que “la confidencialidad” de los datos del denunciante “está garantizada durante todo el proceso de gestión de la información presentada”.

Añade que “también tiene derecho a renunciar a que se le envíen comunicaciones posteriores a la presentación de la información”.

Y establece una precisión muy relevante: “Así mismo, podrá presentar la comunicación de forma anónima”.

Protección a los denunciantes

El Ministerio de Defensa incluso contempla medidas de “protección” sobre los denunciantes.

Indica que “las personas que comuniquen o revelen infracciones previstas en ámbito de aplicación de la ley tendrán derecho a protección” siempre que concurran dos circunstancias.

La primera es que “tengan motivos razonables para pensar que la información referida es veraz en el momento de la comunicación o revelación, aun cuando no aporten pruebas concluyentes, y que la citada información entra dentro del ámbito de aplicación de esta ley”.

La segunda circunstancia que se requiere para prestarles protección es “que la comunicación o revelación se haya realizado conforme a los requerimientos previstos en esta ley”.

Represalias y coacciones

No detalla a qué se refiere con “protección”, si va más allá de las advertencias que hace sobre los denunciados que, si por ejemplo son superiores de los denunciantes, pudieran pensar en vengarse mediante medidas de represalia.

Sí destaca Defensa que “la Ley prohíbe expresamente los actos constitutivos de represalia, incluidas las amenazas de represalia y las tentativas de represalia contra las personas que presenten una comunicación conforme a lo previsto en ella”.

Por ello, avisa que “la adopción de cualquier represalia derivada de la comunicación frente a los informantes o las demás personas incluidas en el ámbito de protección establecido en el artículo 3 de la ley está catalogado como infracción muy grave en el artículo 63 de la Ley”.

Ese artículo de la ley contempla varias infracciones muy graves. Una de ellas es “cualquier actuación que suponga una efectiva limitación de los derechos y garantías previstos en esta ley introducida a través de contratos o acuerdos a nivel individual o colectivo y en general cualquier intento o acción efectiva de obstaculizar la presentación de comunicaciones o de impedir, frustrar o ralentizar su seguimiento, incluida la aportación de información o documentación falsa por parte de los requeridos para ello”.

También se considera infracción muy grave “la adopción de cualquier represalia derivada de la comunicación frente a los informantes o las demás personas incluidas en el ámbito de protección establecido en el artículo 3 de esta ley”, así como “vulnerar las garantías de confidencialidad y anonimato previstas en esta ley, y de forma particular cualquier acción u omisión tendente a revelar la identidad del informante cuando este haya optado por el anonimato, aunque no se llegue a producir la efectiva revelación de la misma”.

Aviso contra las denuncias falsas

Al mismo tiempo que trata de tranquilizar a los posibles denunciantes, Defensa también tiene que velar por los derechos de los señalados en estas denuncias.

En el documento consultado declara que, tal y como establece la ley, “durante la tramitación del expediente las personas afectadas por la comunicación tendrán derecho a la presunción de inocencia, al derecho de defensa y al derecho de acceso al expediente en los términos regulados en esta ley, así como a la misma protección establecida para los informantes, preservándose su identidad y garantizándose la confidencialidad de los hechos y datos del procedimiento”.

E incluye un aviso sobre “comunicaciones falsas”: “La Ley especifica en su artículo 63 que comunicar o revelar públicamente información a sabiendas de su falsedad será constitutivo de una infracción muy grave”.

Hasta 300.000 euros por coaccionar

La ley aprobada en febrero sobre la que se basa todo este “Sistema interno de información del Ministerio de Defensa” regula las sanciones en el caso de que se comentan infracciones.

Las infracciones muy graves, como son coaccionar o imponer represalias a los denunciantes, y presentar denuncias falsas, son castigadas con severidad.

A las personas físicas se les impondrán multas desde 30.001 hasta 300.000 euros. Para las personas jurídicas, la cuantía es mayor: de 600.001 a 1.000.000 de euros en caso de infracciones muy graves.

Por tanto, si un militar presentara una denuncia interna por estos canales, y algún superior le tratara de coaccionar, o le castigara como represalia, el autor de dichas coacciones o represalias podría tener que pagar hasta 300.000 euros.

Si la sanción se entendiera que debe recaer sobre el Ministerio de Defensa, como institución, la multa podría llegar al millón de euros.

Las sanciones por infracciones muy graves de cuantía igual o superior a 600.001 euros impuestas a entidades jurídicas podrán ser publicadas en el Boletín Oficial del Estado, tras la firmeza de la resolución en vía administrativa. La publicación deberá contener, al menos, información sobre el tipo y naturaleza de la infracción y, en su caso, la identidad de las personas responsables de las mismas de acuerdo con la normativa en materia de protección de datos.

Prohibición de contratar

La Autoridad Independiente de Protección del Informante puede imponer otras sanciones adicionales ante infracciones muy graves:

-- La amonestación pública.

-- La prohibición de obtener subvenciones u otros beneficios fiscales durante un plazo máximo de cuatro años.

-- La prohibición de contratar con el sector público durante un plazo máximo de tres años de conformidad con lo previsto en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

Un coronel del Cuerpo Jurídico Militar

Al frente de todo este Sistema interno de información, el Ministerio de Defensa va a colocar a un oficial del Cuerpo Jurídico Militar.

Por resolución de la Subsecretaria de Defensa, número 431/08537/23, de 23 de mayo, se ha nombrado ya responsable del Sistema interno de información del Ministerio de Defensa al coronel auditor Manuel María Colás Gómez de Barreda.

La ley obliga a designar a una persona física como Responsable del Sistema interno de información, “que ejerce sus funciones de forma autónoma e independiente”.

Este mismo coronel auditor será el encargado de vigilar que se cumpla la normativa sobre Protección de Datos con la información que se recibirá a través de los canales de denuncias que va a abrir el ministerio.

Parte disciplinario o juzgado militar

Las denuncias internas sobre presuntas irregularidades llevan años dando de qué hablar en las Fuerzas Armadas.

Los militares tienen la opción de dar parte, por ejemplo contra un superior o un compañero, si entienden que esa otra persona puede haber cometido alguna falta del régimen disciplinario.

También tienen la opción de denunciar los hechos ante la justicia militar, ante un juzgado togado militar o ante la fiscalía.

Pero el miedo a verse señalados, y a que los mandos de la unidad en la que estén destinados les perjudiquen, frenan a muchos militares que pueden tener conocimiento de irregularidades.

Más denuncias internas

Hace ya años, en 2014, en estas páginas se contó que entre generales existía por entonces la sensación de que se iban a multiplicar las denuncias internas sobre casos de corrupción.

Habían detectado un caldo de cultivo, y casos llamativos: el hallazgo de droga en el buque-escuela de la Armada, el ‘Juan Sebastián de Elcano’; los casos de falsas mudanzas en el Ejército del Aire para lucrarse con las ayudas por traslado de residencia; episodios también de facturas falsas para pagar marisco y whisky; y el libro del ex teniente Luis Gonzalo Segura, ‘Un paso al frente’, que relataba numeras preguntas irregularidades.

Efectivamente, con el tiempo fueron aumentando las denuncias. Se hicieron más frecuentes las denuncias que llegaban por ejemplo a la Dirección General de Asuntos Económicos del Ministerio de Defensa, sobre supuestos cobros de comisiones en contratos, y a los mandos de Personal de los ejércitos, acerca de decisiones de superiores sobre subordinados.

Pero se detectaron algunos inconvenientes. En algunas asociaciones profesionales de militares confirmaron que las denuncias anónimas habían aumentado en los últimos meses, a pesar “de que no existe un cauce oficial en el Ministerio” para canalizar estas delaciones.

Algunas voces llevaban tiempo solicitando la creación de un sistema de denuncias anónimas que permitiera poner en conocimiento este tipo de actuaciones irregulares en los cuarteles de España.

Proponían inspirarse en el sistema argentino, cuyo Ministerio de Defensa creó una Dirección de Transparencia Institucional que permitía a los militares poner en conocimiento de superiores cualquier hecho delictivo que detectasen, a través de un correo electrónico, un teléfono específico, un buzón físico y un formulario en la web.

Esos canales, en teoría confidenciales y anónimos, son los que años después va a poner en marcha el Ministerio de Defensa español.

‘Ciudadanos de Uniforme’

En el seno de las Fuerzas Armadas, en los últimos años ha tenido un impacto importante un canal de denuncias anónimas que lleva tiempo difundiendo supuestas irregularidades de mandos militares de todos los ejércitos y cuerpos.

Se trata de ‘Ciudadanos de Uniforme’, que anima a a los militares enviar denuncias que luego difunde, a veces con fotos y documentos, en otras ocasiones sólo con testimonios del denunciante: siempre de forma anónima.

Este mismo canal tomó un cariz también político. Mantuvo (y mantiene) una campaña de denuncias sobre la supuesta “infiltración ultraderechista” en las Fuerzas Armadas, un goteo de publicaciones (unas verdaderas, otras basadas en bulos e imágenes manipuladas) que saltaban después a los medios de comunicación y que políticos de partidos de izquierdas asumían y amplificaban.

Esta campaña ya preocupó en algunos ámbitos. Pero la preocupación se convirtió en alerta con motivo de la avalancha de 10.000 extranjeros que desbordaron las fronteras de Ceuta en mayo de 2021.

Un informe de inteligencia advirtió entonces a los máximos responsables del Ministerio de Defensa de que ‘Ciudadanos de Uniforme’ estaba alentando a los militares a negarse a intervenir en la valla de Ceuta. Se entendió ese episodio como el origen de una campaña de “subversión, una de las mayores amenazas que puede sufrir un ejército, y por ello se ocupan de ella los servicios de contrainteligencia.

Otros canales de denuncias militares

Más allá de las polémicas por su relación con partidos políticos de izquierdas, ‘Ciudadanos de Uniforme’ ha seguido publicando supuestas irregularidades en unidades militares.

Se trata de casos de todo tipo: mandos que tratan mal a los subordinados, supuestos tratos de favor a algunos militares, posible despilfarro de dinero público, injusticias en la autorización de permisos o al establecer los horarios...

El modelo de ‘Ciudadanos de Uniforme’, que se basa en un canal de Telegram anónimo, ha tenido éxito hasta el punto de que se crearon otros canales muy similares, dedicados a publicar denuncias y quejas de militares: ‘Papelera Militar’, ‘La Voz del Uniforme’, y en una categoría distinta, alejada del tipo de quejas y denuncias, ‘Rajadas Tácticas’.

Los datos de una denunciante

El Ministerio de Defensa apunta que su nuevo sistema protegerá al denunciante, y a este respecto cabe recordar el caso de la capitán del Ejército de Tierra Lourdes Cebolledo, que presentó una denuncia interna ante la Unidad de Protección contra el Acoso, por discriminación por razón de género, contra un coronel y un teniente coronel.

Durante la instrucción de la información previa, el instructor designado por el subsecretario dio traslado de la denuncia a los denunciados. Como no eliminó los datos personales, los dos denunciados tuvieron acceso a toda la información de la militar denunciante, y a su vez, la llevaron ante los tribunales.

La Agencia Española de Protección de Datos desestimó la reclamación de esta capitán.

Recientemente la ministra de Defensa también ha desestimado la queja de la oficial por este asunto, al entender que el derecho a la protección y la confidencialidad de la denunciante, recogido en el protocolo de actuación contra el acoso sexual y por razón de sexo de las Fuerzas Armadas, entra en colisión directa en este caso con el artículo 24.2 de la Constitución, que establece el derecho fundamental a la defensa de los denunciados, según publicó The Objetive.

En el caso de esta capitán, se atribuyó la no eliminación de los datos personales de la capitán a un “descuido”.

Fachada del Ministerio de Defensa.
Fachada del Ministerio de Defensa.

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