Revolución en los ascensos militares: capitanes y comandantes necesitarán un año más

El Ministerio de Defensa va a modificar los tiempos mínimos de servicios para evitar que se produzca una “descapitalización” en algunos empleos de la escala

Desfile del 12 octubre de 2018 (Foto: Álvaro García Fuentes @alvarogafu).
Desfile del 12 octubre de 2018 (Foto: Álvaro García Fuentes @alvarogafu).

Los capitanes y comandantes de las Fuerzas Armadas tendrán que pasar más tiempo en esos empleos para poder ascender en la escala; por contra, los coroneles se ahorrarán tiempo para ser ascendidos.

Así lo establece el proyecto de orden ministerial del Ministerio de Defensa consultado por Confidencial Digital y que va a retocar en los años exigidos para los ascensos, que actualmente están regulados en la Orden Ministerial 19/2009, de 24 de abril, por la que se establece el tiempo mínimo de servicios y el de permanencia en determinado tipo de destinos necesarios para el ascenso”.

El departamento de Margarita Robles ha informado de esta reforma al Jefe del Estado Mayor de la Defensa (Jemad), a las asociaciones profesionales con representación en el Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas (Coperfas) y también abrió un período de audiencia pública para los ciudadanos afectados.

Los nuevos tiempos mínimos

En lo que se refiere al tiempo mínimo de servicios (“para el ascenso al empleo superior será necesario tener cumplido en el empleo que se indica el siguiente tiempo mínimo de servicios”), Defensa va a establecer en la nueva orden ministerial:

-- Coronel: de tres años, Defensa baja el requisito a dos años.

-- Teniente coronel: permanece en cuatro años.

-- Comandante: antes eran cinco años, ahora lo sube a seis años.

-- Capitán: de seis años pasa a exigir siete años.

-- Cabo primero: queda igual, diez años.

 

-- Cabo: baja de seis a tres años.

-- Soldado: seguirán exigiéndose cuatro años.

Por tanto, capitanes y comandantes serán “perjudicados” al exigírseles más años de servicio, mientras que coroneles y cabos podrán ascender con menos tiempo mínimo de servicio.

Además, también se harán pequeños cambios en el tiempo mínimo de permanencia que se exige tener cumplido en un destino determinado para ser ascendido a un empleo superior. En este caso, se eleva en los soldados de tres a cuatro años, y se mantiene en tres años para cabos y cabos primeros.

Peligro: descapitalización de algunos empleos

El Ministerio de Defensa explica, en su propio proyecto de orden ministerial consultado por ECD, los motivos que le llevan a hacer estos ajustes.

Detalla que “se hace necesario adaptar el tiempo mínimo de servicios para el ascenso, así como los tiempos a permanecer en determinados tipo de destinos” para adecuarse a las plantillas reglamentarias que van cambiando dentro de las Fuerzas Armadas.

Y va un paso más al advertir que, “de no hacerlo así”, es decir, de no aprobar los cambios en los tiempos de ascenso antes desgranados, “se puede producir la descapitalización de determinados empleos, especialmente los que no se contemplan en las plantillas cuatrienales, pudiendo verse afectada la operatividad de determinadas unidades”.

Además, en ese punto de la orden ministerial referente a tiempo mínimo de permanencia en destino, se va a añadir un epígrafe que establecerá que “para perfeccionar las anteriores condiciones, el Jefe de Estado Mayor correspondiente podrá requerir, por medio de una instrucción, para los cuerpos y empleos que considere necesario, un tiempo de participación en actividades operativas propias del destino que se ocupe, de modo que se garantice la experiencia profesional mínima en cada empleo”.

Defensa explica que “parece oportuno regular que, al margen de los tiempos citados, se deba exigir la participación en determinadas actividades operativas inherentes a los puestos de cada especialidad fundamental, a fin de garantizar una mínima experiencia profesional adecuada a cada empleo”.

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