Los soldados ‘despedidos’ a los 45 años recibirán ayudas públicas para estudiar una FP

Las subvenciones del Ministerio de Defensa a la formación del personal de las Fuerzas Armadas incluirán por primera vez a los reservistas de especial disponibilidad

Militares de la Brigada “Canarias” XVI.
Militares de la Brigada “Canarias” XVI.

El Ministerio de Defensa va a ampliar el colectivo militar al que ayuda con becas para que se forme y consiga un desarrollo profesional que le permita encontrar empleo una vez que abandona las Fuerzas Armadas.

Confidencial Digital ha podido saber que así lo contempla en un proyecto de orden ministerial que tiene en trámite de audiencia pública.

El objetivo de dicha orden ministerial es permitir la ejecución de la línea de subvención para potenciar la formación y desarrollo profesional del personal militar y RED, contemplada en la Orden Ministerial 69/2020, de 16 de diciembre, aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del Ministerio de Defensa para el período 2021-2023.

Este plan estratégico de subvenciones tenía como uno de sus objetivos estratégicos la “formación del personal y apoyo a la incorporación laboral”.

Eso se concretaba en varias líneas de subvenciones, una de las cuales, impulsada por la Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar del Ministerio de Defensa, consiste en la “formación y desarrollo profesional del personal militar y Reservistas de Especial Disponibilidad (RED), para la obtención de titulaciones del sistema educativo general que faciliten los procesos de promoción para cambio de Escala o de Cuerpo con exigencia de titulación previa, la ampliación de estudios y la mejora de la empleabilidad”.

El Ministerio de Defensa explica que la aprobación de las bases reguladoras, por orden ministerial, “es la premisa necesaria para la publicación anual de convocatorias de becas y ayudas para la formación, dirigida a los militares profesionales y reservistas de especial disponibilidad (RED)”.

Y destaca que “las bases reguladoras actualmente en vigor, no contemplan al personal RED”.

Los militares que se marchan a los 45 años

La Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería establece que “los militares profesionales de tropa y marinería, siempre que tengan cumplidos al menos 18 años de servicios y lo soliciten, adquirirán la condición de reservista de especial disponibilidad una vez finalizado el compromiso de larga duración al cumplir la edad de 45 años”.

Tienen esta condición, por tanto, los soldados y cabos de la Escala de Tropa y Marinería que son temporales (la inmensa mayoría), y que a los 45 años tienen que salir de las Fuerzas Armadas. Se mantienen como reservistas de especial disponibilidad hasta cumplir los 65 años de edad, “a no ser que el interesado renuncie a ella, que con anterioridad a esta edad haya sido declarado en situación de incapacidad total, absoluta o gran invalidez o que se haya adquirido la condición de pensionista por jubilación o retiro”.

 

Los reservistas de especial disponibilidad no tienen ya la condición de militares, pero en situaciones de crisis el Gobierno puede autorizar, con carácter excepcional, su incorporación a las Fuerzas Armadas.

Mientras mantienen esta condición, los reservistas de especial disponibilidad reciben una asignación por disponibilidad, distribuida en 12 mensualidades, por un importe de 7.200 euros al año, según la ley de 2006, que se va a actualizando.

Hasta ahora, sólo para militares en activo

El Ministerio de Defensa aprobará este año 2021 una orden ministerial para establecer “las bases reguladoras para la concesión de becas y ayudas, como medida de apoyo a la formación y desarrollo profesional del personal militar y Reservistas de Especial Disponibilidad (RED), para la obtención de titulaciones del sistema educativo general que faciliten los procesos de promoción para cambio de Escala o de Cuerpo con exigencia de titulación previa, la ampliación de estudios y la mejora de la empleabilidad”.

La orden que actualmente regula este tipo de becas sólo contempla conceder “ayudas para la formación, durante la vida activa de militar, como medida de apoyo a la desvinculación voluntaria de los miembros de las Fuerzas Armadas”.

La novedad, por tanto, es que además a los militares en activo, Defensa también concederá ayudas para su formación y desarrollo profesional a quienes ya hayan dejado las Fuerzas Armadas tras cumplir 45 años.

Objetivo: que accedan a otras profesiones

Defensa regulará las bases para la concesión de becas y ayudas que permitan la obtención de titulaciones de formación profesional, grado, postgrado y máster del sistema educativo general, encaminadas a:

a) “Facilitar los procesos de promoción en las Fuerzas Armadas para cambio de Escala o de Cuerpo, con exigencia de titulación previa”.

b) “Impulsar las acciones formativas para el desarrollo profesional de los miembros de las Fuerzas Armadas que facilite el acceso a otras actividades profesionales y laborales”.

c) “Mejorar la empleabilidad del personal Reservista de Especial Disponibilidad mediante la obtención del título de Técnico de Grado Medio del Sistema Educativo General”.

Para los reservistas de especialidad disponibilidad, por tanto, se pretende concederles becas y ayudas para que realicen estudios que les permita la obtención de la titulación de Técnico de Grado Medio del sistema educativo general, y de esta forma mejoren su empleabilidad.

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