Me siento discriminada y desamparada por la Ley: la administración me deniega el cobro del pago único por nacimiento o adopción, el famoso ‘cheque-bebé’

Mi caso es el siguiente:

Soy española, y he residido en España durante 26 años. Me trasladé a Irlanda por unos años y regresé a Madrid (mi ciudad natal) en Junio del año pasado. Al tener a mi hija el pasado mes de Abril, solicite el abono anticipado del cobro único por nacimiento o adopción, el cual me ha sido denegado porque no cumplo el siguiente requisito: tener la residencia legal, efectiva y continuada en territorio español durante al menos los 2 años inmediatamente anteriores al nacimiento de mi hija.

Mi pareja y yo nos sentimos discriminados ya que aunque seamos los 2 españoles, al ser heterosexuales, se nos deniega el cobro del pago único por nacimiento o adopción y NO se nos concede la posibilidad de que mi pareja solicite el abono de dicha ayuda, a menos que yo fallezca.

Acepto y respeto que debe existir una normativa, y que debe ser cumplida por el bienestar de los ciudadanos, pero dado que tanto mi pareja y yo, así como nuestra hija, somos españoles de pleno derecho, no logro a comprender por qué nos deniegan el derecho a recibir esta ayuda que nuestro gobierno concede con el fin de mejorar el bienestar familiar y, por encima de todo, el bienestar de nuestros hijos. Esta ayuda se la están denegando a nuestra hija, más que a nosotros mismos.

Recordemos las palabras del diputado del PSOE José Javier Mármol, cuando destacó que “el ‘cheque-bebé’ es una prestación social dentro del marco de la Seguridad Social […] destinada a resolver un problema en unas determinadas situaciones”.

Por otro lado, entiendo que en caso de que hubiésemos sido homosexuales, la ley nos daría el derecho de asignar el beneficiario, que en este caso sería mi pareja, ya que él sí que cumple con los requisitos.

Con lo cual, se nos está discriminando categóricamente respecto a las parejas homosexuales, puesto que, si éstas realizan una adopción, basta con que uno de ellos sea español, ya que pueden elegir la persona beneficiaria de la ayuda.

A su vez, resulta incomprensible que una familia compuesta por una mujer española y un hombre extranjero, aunque no cumpla el requisito de los dos años de residencia legal anteriores al nacimiento, sí pueda cobrar la ayuda, cosa que no ocurre en nuestro caso: padre y madre españoles, cumpliendo 1 de ellos el mencionado requisito.

En este sentido, me acojo al Artículo 14º de la Constitución Española: "todos los españoles son IGUALES ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social"

 

Existen muchas otras lagunas legales en la ley del ‘cheque bebe’, que hacen de ésta una ley inconstitucional que viola el más elemental de los derechos del ser humano que es la IGUALDAD. Existe demasiada gente afectada por este tema, lo cual indica que la propuesta requiere de un estudio exhaustivo por parte del Gobierno, para que casos como el nuestro no caigan en un vacío legal que nos afecta tan negativa y discriminatoriamente.

Ruego por favor me asesoren ante esta inconstitucionalidad, ya que como ciudadana española me siento totalmente desamparada por la Ley y necesito que alguien me explique con argumentos válidos el por qué se me ha denegado este derecho sin ningún motivo aparente.

Cualquier apoyo, comentario o idea será enormemente agradecido.

Video del día

Marta Rovira confirma que negocia con Sánchez
un referéndum de independencia para Cataluña
Portada
Comentarios
Envíanos tus noticias
Si conoces o tienes alguna pista en relación con una noticia, no dudes en hacérnosla llegar a través de cualquiera de las siguientes vías. Si así lo desea, tu identidad permanecerá en el anonimato