Cien mil trabajadores se han jubilado antes de los 61 para evitar un recorte en su pensión

El 1 de enero entra en vigor la reforma que exige más años de cotización para acogerse a un retiro parcial

Ministerio de Trabajo.
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

El Gobierno aprobó hace unos días un real decreto de medidas urgentes para favorecer la competitividad del sector industrial, facilitando la jubilación parcial mediante el fomento del contrato de relevo hasta 2023. La medida ha sido limitada a la industria, por lo que las jubilaciones parciales se han disparado en el resto de sectores.

El plan está especialmente enfocado a la automoción, si bien las facilidades en el contrato de relevo no se aplican a los empleos de servicios o administrativos.

Así, la reducción de la jornada está entre el 25% y el 50%, a no ser que el trabajador relevista tenga un contrato fijo, en cuyo caso puede reducirse un 75%. Esta fórmula permite evitar el recorte de su pensión a pesar de que sus horas de trabajo disminuyen de forma muy considerable durante los años finales de su vida laboral. 

Pegas a la jubilación parcial

Por el contrario, en el caso de los trabajadores que se jubilan anticipadamente por procedimiento ordinario, se ven obligados a perder una parte de su pensión en función del número de trimestres que adelante el acceso a la jubilación. Los coeficientes reductores oscilan entre el 6 y el 8% por cada año de anticipación.

El elevado coste para el sistema, junto al agravio comparativo que puede suponer para los trabajadores que no pueden acogerse a esta figura, propició la modificación normativa aprobada en abril de 2013, en la que se incluyeron algunos cambios en su uso que reducen el atractivo para acogerse a la jubilación parcial.

La nueva ley estableció un periodo excepcional de aplicación para las personas incluidas en los planes de jubilación parcial recogidos en convenios o acuerdos colectivos con anterioridad al 1 de abril de 2013, siempre que el acceso a la jubilación se produjera con anterioridad al 1 de enero de 2019.

Oleada de jubilaciones parciales este año

Ese inminente endurecimiento de las condiciones con el nuevo años ha provocado, según ha podido confirmar Confidencial Digital en fuentes de la Seguridad Social, que la jubilación parcial con contrato de relevo se haya disparado en los últimos meses entre personas de 61 años, que han decidido optar ya por esta figura aprovechando las condiciones ventajosas que ahora van a desaparecer.

Se calcula que alrededor de 100.000 trabajadores, es decir, más de un 10% del total de jubilaciones que se han registrado en 2018, se han retirado antes de los 61 años para no ver reducida la cuantía de su pensión.

A diferencia de la jubilación anticipada, que sí está penalizada con un recorte de la cuantía de la pensión, en la jubilación parcial se cobra el 100% de la pensión cuando uno se jubila del todo.

 

A partir del 1 de enero, la jubilación parcial aumenta progresivamente la edad de acceso a la misma. Se establece en dos años antes de la edad legal, por lo que el periodo transitorio dura 24 meses. El tiempo de cotización se fija en 33 años, aunque se reduce a 25 para las personas con discapacidad.

En el caso de que se realice un contrato de relevo, el tiempo de trabajo puede reducirse hasta el 25%. Si no se contrata a un joven, se aumenta el tiempo de trabajo exigido para el jubilado parcial, hasta un mínimo del 50% de su jornada laboral.

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