Los Areces esperan al último día para recurrir la sentencia favorable a El Corte Inglés que les obliga a vender sus acciones por su valor contable

Los sobrinos del fundador de El Corte Inglés han recurrido la última sentencia dictada en juzgado de lo mercantil número 7 de Madrid. El dictamen da la razón a la entidad presidida por Isidoro Álvarez y obliga a los hermanos Areces a vender su paquete accionarial por su valor contable.

Según ha sabido El Confidencial Digital, la defensa de los hermanos Areces, sobrinos del fundador de El Corte Inglés, ha esperado al último día del plazo de cinco dado por el juez para anunciar su recurso de apelación al dictamen del titular de este tribunal, Andrés Sánchez Magro.

Los abogados de los hermanos Ramón, María del Rosario y María Jesús Areces Fuentes acudieron a este magistrado para solicitar la venta de laparticipación del 0,2% que cada uno de ellos tiene del capital social del grupo y cuyo precio total valoran en 40,6 millones de euros, “no en los 16,5 que recoge la sentencia”.

En ella, se sostiene que el valor real o razonable de las acciones de El Corte Inglés es el “valor del activo neto real” y que éste coincide con el valor contable de las acciones -€79,9 / acción- y no con el precio estimado en la fallo de Miriam Iglesias del 14 de marzo de 2007, en la que se fija el precio en 196,4 euros por acción –esto es, 2’34 veces su valor contable-.

En base a las últimas valoraciones, los Areces Fuentes tienen 30 días para vender parte de sus participaciones. En concreto, cada uno de ellos deberá deshacerse del 0,68% de sus acciones- a la propia empresa.

De esta forma, y en caso de que “no fructifique el recurso” presentado por los abogados de los Areces, la referencia para ponerle precio a esas participaciones será el valor teórico contable que paga la compañía en la compra-venta de acciones a sus directivos como parte de su política de incentivos.

Este método de valoración accionarial es el que ha elaborado el auditor designado por la sociedad, Leandro Cañibano, y que choca radicalmente con las consideraciones que defienden los profesionales contratados por los descendientes del fundador de El Corte Inglés.

Estos últimosse basan en el método de valor actual de los flujos monetarios netos. En caso de que se desestime el recurso presentado ayer, la cantidad que recibirá cada uno de los hermanos queda de la siguiente forma:

-- María Jesús Areces cobrará 6,189 millones de euros por 76.384 acciones, en vez de los 15,211 millones que reclama.

-- María del Rosario Areces obtendrá 6,200 millones de la venta de 77.597 acciones frente a los 15,240 millones que espera.

 

-- Ramón Areces percibirá 4.137.020,61 euros por sus 51.771 títulos, no los 10.167.824,40 euros que reclama.

Varios expertos en la materia consultados por ECD al respecto sostienen que “no hay por dónde coger esta sentencia” ya que “el valor contable y el real de las acciones no tienen nada que ver”.

Otras fuentes de mercado apuntan que “en la mayoría de las ocasiones, no hay ni una sola empresa en la que el valor de mercado de las acciones sea igual al contable” y que son “rarísimos los casos en los que el precio de cotización es inferior al contable”.

De la misma opinión son los representantes legales de la familia Areces, quienes no le encuentran “ningún sentido” a las consideraciones que recoge sobre este aspecto concreto el veredicto de Sánchez Magro.

Otros peritos recuerdan que en la sentencia de Sánchez Magro no se utiliza “en ningún caso el término ‘valor contable’” sino que el juez utiliza otras fórmulas para mencionar dicho valor –“obtenido según la metodología establecida por el Instituto de Contabilidad y Auditoria de Cuentas” (ICAC) del Ministerio de Economía-.

Fuentes cercanas a la operación aseguran a ECD que “de momento no hay ninguna negociación” entre Isidoro Álvarez y los Areces, aunque desvelan que estos últimos están abiertos a propuestas de El Corte Inglés “siempre y cuando respeten el valor real o razonable” de sus respectivos paquetes accionariales.

En la misma línea, advierten de que la resolución que tome la Audiencia Provincial de Madrid “debería considerarse también a efectos futuros” ya que “puede afectar a otros accionistas que decidan vender más adelante”.

Por su parte, fuentes oficiales de El Corte Inglés recuerdan que su política de actuación en estos casos es de “no hacer ningún comentario ni declaración” al respecto y se remiten al fallo del juez, añadiendo que se trata de una sentenciabastante clara e incluso muy didáctica”.

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