Para cobrar 4.000 millones de euros

Céntimo sanitario. Las gasolineras emitirán facturas a los clientes que presenten tickets de repostaje

Los consumidores podrán reclamar con ese documento la devolución de la tasa que Europa acaba de declarar “ilegal”

Gasolinera.
Gasolinera.

Las gasolineras están dispuestas a colaborar con los consumidores para que cobren la devolución que les corresponda del ‘céntimo sanitario’ que han pagado indebidamente en el combustible comprado de marzo de 2010 a diciembre de 2012. El Tribunal de Justicia de la UE acaba de declarar “ilegal” esa tasa. Pero solo podrán reclamar quiénes dispongan de facturas.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea declaró “ilegal” este jueves el ‘céntimo sanitario’ que aplican algunas comunidades autónomas. Ha dictaminado que este impuesto incumple con la normativa europea en materia de fiscalidad, y más en concreto contraviene la directiva sobre Impuestos Especiales.

Ahora, los consumidores españoles tienen derecho a que se les devuelva el importe pagado injustamente, al menos, en los últimos tres años.

Fuentes del sector energético, a las que ha tenido acceso El Confidencial Digital, advierten, sin embargo, que no va a ser tarea fácil.

Emisión de facturas en las gasolineras

De momento, según ha sabido ECD por fuentes del sector, las estaciones de servicio de toda España sí pondrán de su parte. Emitirán facturas a los clientes que les presenten los tickets de repostaje que conserven para facilitar sus reclamaciones en las próximas semanas.

En las gasolineras avisan, no obstante, que va a resultar un trabajo burocrático inmenso para ellas.

No sirve solo con el ticket de repostaje

Según las fuentes consultadas, el problema se encuentra en que un simple ticket no sirve para justificar la devolución porque no recoge el desglose del impuesto pagado. Hay que recordar que la tasa se aplicaba sobre cada litro de combustible consumido.

Por tanto, los afectados tienen que aportar a las oficinas de la Agencia Tributaria todas las facturas de las diferentes gasolineras en las que hayan llenado el depósito de sus vehículos, con el desglose de los litros repostados y el detalle del impuesto devengado.

 

Devolución de 4.000 millones de euros

Los contribuyentes que quieran solicitar a Hacienda lo que han pagado injustamente por el ‘céntimo sanitario’ cuando han llenado el depósito de sus vehículos sólo podrán hacerlo de lo efectivamente ingresado entre marzo de 2010 y diciembre de 2012. El resto de ejercicios fiscales ya han prescrito.

Unas devoluciones que, fuentes del sector estiman en alrededor de 4.000 millones de euros, de los casi 13.000 que se han recaudado en total indebidamente desde que se aprobó la medida en el año 2001, durante el Gobierno de José María Aznar.

Sin embargo, la Ley General Tributaria establece la prescripción del derecho a solicitar las devoluciones derivadas de ingresos indebidos a partir de los cuatro años. Por este motivo, únicamente los últimos ejercicios de implantación de este recargo -se suprimió el 1 de enero de 2013- son los que están en vigor a día de hoy, y son los únicos que se puede reclamar.

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