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Coca-Cola deberá pagar las nóminas de los últimos tres meses a los 800 trabajadores despedidos por el ERE

El Tribunal Supremo ha especificado que la multinacional debe “readmitir a los empleados” y eso conlleva el pago de los salarios que han dejado de percibir

Manifestación de los trabajadores de Coca-Cola.
Manifestación de los trabajadores de Coca-Cola.

Duro revés para Coca-Cola. La multinacional deberá abonar a los trabajadores afectados por el ERE las nóminas de los últimos tres meses que todavía les adeuda, después de que el Tribunal Supremo haya declarado nulos los despidos.


El ERE por el que fueron despedidos más de 800 trabajadores de Coca-Cola ha sido declarado nulo. Así lo ha resuelto este miércoles el Tribunal Supremo, que confirma también la nulidad del despido acordada por la Audiencia Nacional.

La sentencia del Supremo da la razón a los trabajadores en dos puntos relativos a los términos en que se debe ejecutar la sentencia de nulidad, un aspecto que había enfrentado a los trabajadores y la compañía.

Según ha sabido El Confidencial Digital de fuentes próximas al proceso, la sentencia que obliga a la mutinacional a la “readmisión de los trabajadores” conlleva también la condena a que se les paguen los salarios dejados de percibir desde que se hicieron efectivos los despidos.

El 13 de junio de 2014, la Audiencia Nacional ya condenó a Coca-Cola Iberian Partners a la readmisión de todos los empleados despedidos de forma forzosa y a abonarles las retribuciones dejadas de percibir tras el anuncio del ERE.

Posteriormente, la Audiencia Nacional dictaminó la ejecución provisional de la anulación del ERE, que incluía que se pagasen los salarios que habían dejado de percibir desde la primera sentencia en junio hasta el pasado enero. Un mes despúes, en febrero de este año, recibieron en su cuenta todos los atrasos de las nóminas de ese periodo.

Ahora, según fuentes internas, la empresa tiene todavía pendiente liquidar los meses de febrero, marzo y abril con los trabajadores.

Explican, además, que las condenas de nulidad como la dictada se deben ejecutar de manera inmediata, por lo que el abono de estos retrasos se deberá producir en las próximas semanas.

 

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