Competencia exige a las telefónicas que “demuestren” que no han concertado precios, en lugar de ser la CNC quien lo pruebe

La Comisión Nacional de la Competencia ha acusado a los tres principales operadores de telefonía móvil de haber concertado precios, y les amenaza por eso. Pero, en lugar de demostrar su imputación, como sería lógico, les demanda que “demuestren” que no ha existido tal acuerdo.

La CNC dio a conocer el jueves su informe de conclusiones sobre el redondeo en las llamadas telefónicas, que concluye que Vodafone, Orange y Movistar pactaron precios. Con ello, una vez más la actuación de la Comisión y de su presidente, Luis Berenguer, ha provocado duras críticas en las operadoras porque, dada su condición de político, no descartan que en su actuación estén primando intereses no técnicos.

Las tres compañías han recibido con sorpresa e indignación el escrito, entre otras cosas porque los precios de la telefonía son los únicos que bajan en España estos últimos años. En el primer trimestre, la factura de telecomunicaciones ha descendido un 3,5%, y antes de que acabe el año habrá bajado más de un 6%. Un contraste con lo que ocurre con la luz, el gas, el metro…

La Dirección de Investigación de la CNC sólo ofrece en su Pliego de Concreción de Hechos un relato de hechos que considera acreditados. Es decir, aún no es una acusación formal ni la imposición de una multa.

En ese relato,  la Dirección  de Investigación de la CNC concluye que las tres operadoras de móviles incurrieron en una práctica concertada prohibida por el artículo 1 de la Ley 15/2007, consistente en el anuncio  por  Movistar de sus nuevas tarifas, a aplicar a partir del 1 de marzo de  2007,  con  antelación  suficiente como  para que Orange y Vodafone  pudieran imitarle.

La  CNC considera que la única explicación posible de -la presunta- anticipación (que la compañía niega que haya existido) fue “invitar” a sus rivales a que realizaran modificaciones de tarifas similares. Añade que Orange, primero, y Vodafone, después, “aceptaron la invitación”. 

Las operadoras tienen ahora un plazo de quince días para realizar alegaciones y proponer pruebas que acrediten que su conducta no supone incumplimiento de la Ley de Defensa de Competencia, siendo así que la CNC no ha probado que haya existido coordinación entre ellas. 

Además, su  actuación  no ha supuesto un incremento generalizado de los precios finales que pagan sus clientes, como ha reconocido la CMT en dos ocasiones en sendos informes solicitados por el Instituto  Nacional  de  Consumo. 

Tras  las  alegaciones  que  van  a presentar Moviestar, Vodafone, Orange y las asociaciones  de  consumidores  interesadas, y las  pruebas  que  sean  practicadas, la  Dirección  de Investigación formulará una propuesta de resolución (cabría que reconociera que no ha quedado acreditada conducta  anticompetitiva alguna). Las operadoras podrán alegar de nuevo, en plazo de 15 días, y el Consejo de la  CNC, resolverá en 6 meses

 

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