El Ministerio de Administraciones Públicas ha dejado un resquicio legal para que 2.000 investigadores del CSIC se hagan fijos

Un cambio en la ley que regula el Estatuto de los Trabajadores incluído en la reciente Ley de Agencias puede llevar a miles de trabajadores a conseguir un empleo fijo por haber estado contratados “en fraude de ley”. Administraciones Públicas aún no ha dicho cómo hay que interpretar la nueva normativa.

El elevado número de trabajadores contratados que tiene el Centro Superior de Investigaciones Científicas (más de cinco mil entre becarios y empleados temporales) han visto la luz después de aprobarse en junio la Ley de Agencias, por la que varios organismos públicos pasan a ser Agencias, entre ellas, una de Investigación Científica.

Según el articulado de esa ley, se introduce un cambio en el Estatuto de los Trabajadores aprobado en 1995. El artículo 15.5 de ese estatuto queda redactado de la siguiente manera:

“Sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados 2 y 3 de este artículo, los trabajadores que en un periodo de treinta meses hubieran estado contratados durante un plazo superior a veinticuatro meses, con o sin solución de continuidad, para el mismo puesto de trabajo con la misma empresa, mediante dos o más contratos temporales, sea directamente o a través de su puesta a disposición por empresas de trabajo temporal, con las mismas o diferentes modalidades contractuales de duración determinada, adquirirán la condición de trabajadores fijos”.

Antes de que acabe este mes de noviembre la dirección el CSIC y los sindicatos, según ha confirmado El Confidencial Digital, deberían negociar la forma en la que esos trabajadores abandonarían su situación temporal para pasar a ser fijos. El problema está en que el Ministerio de Administraciones Públicas aún no ha comunicado cómo debe interpretarse la ley para que la plantilla de investigadores no sea “demasiado abultada”.

Entretanto, los investigadores han visto una puerta abierta, legal, para conseguir el puesto fijo en sus empleos. Según el artículo 15.3 del Estatuto de los Trabajadores “se presumirán por tiempo indefinido los contratos temporales celebrados en fraude de ley”. Ese fraude es lo que llevaría a muchos de ellos a acudir a los tribunales con la recomendación de distintos servicios jurídicos de la alta probabilidad que tienen de ganar el contencioso contra la administración.

Esta opción es aconsejable según indican a este confidencial para los trabajadores que vayan a finalizar su relación laboral con el CSIC, que no tengan expectativas de renovar su contrato y que consideren que su contratación ha sido realizada en fraude de ley. Pueden interponer la demanda bien, cuando su contrato está en vigor (recomendable), o bien, dentro de los 20 días siguientes a su finalización

Fuentes conocedoras de esta situación en el CSIC han informado a ECD que la ley aprobada por el Gobierno “estaba pensada para la empresa privada y ahora el ejecutivo se ha visto obligado a no discriminar entre ésta y la administración”.

El Centro Superior de Investigaciones Científicas tiene una plantilla de 10.000 trabajadores, de los que solo la mitad tienen un empleo fijo. El resto son contratados y becarios.

 

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