El Gordo del sorteo de Navidad: 79.140

Retrasar el cobro de los premios de la Lotería no permitirá pagar menos impuestos

El 1 de enero entra en vigor la segunda parte de la reforma fiscal que contempla una bajada tributaria, pero las cantidades percibidas por los agraciados impactarán en la declaración de 2015

Ciudadanos celebrando el sorteo de la Lotería de Navidad.
Ciudadanos celebrando el sorteo de la Lotería de Navidad.

Dejar el cobro de los premios de la Lotería de Navidad a enero no va a garantizar pagar menos a Hacienda. Aunque a principios de año entra en vigor la segunda parte de la reforma fiscal aprobada por el Gobierno, la bajada impositiva no va a tener incidencia sobre estas cantidades, independientemente de cuando se perciban.

Según explican a El Confidencial Digital varios expertos fiscales, no hay diferencia sustancial entre cobrarlo en diciembre o en enero. Aunque a principios de año entra en vigor la segunda parte de la reforma fiscal, no va a tener incidencia sobre este asunto.

Aunque se perciba en enero, el premio ya impactará en la declaración de 2015, porque figurará como derecho de cobro adquirido el 22 de diciembre de este ejercicio. Hay un plazo de tres meses para cobrarlo, que comienza a contar desde el día siguiente a la celebración del sorteo.

Con respecto a los cambios que afectan a la mayoría de contribuyentes, hay que destacar la rebaja en los tipos impositivos de la base del ahorro del Impuesto sobre la Renta (IRPF) a partir del 1 de enero de 2016. Pasan del 19,5%, 21,5% y 23,5%, al 19%, 21%, 23%, en una escala de hasta 6.000, entre 6.000 y 50.000 y para más de 50.000 euros, respectivamente.

Los tipos aplicables a intereses, dividendos o plusvalías iban a ser un poco más elevados (20%, 22%, 24%) en 2015, aunque una norma publicada en julio pasado aprobó una rebaja que los dejó a mitad de camino entre lo que había y la escala prevista para 2016 por la reforma fiscal que se programó en dos escalones.

Los premios de Loterías tributan desde el 1 de enero de 2013. A partir de 2.500 euros, son gravados en un 20%. Loterías es la encargada del ingreso a Hacienda, con lo que el agraciado recibe el galardón ya descontado el 20%.

No es necesario volver a incluirlo en la declaración de la Renta, ni el premio, ni la retención, aunque sí los rendimientos . Por ejemplo, si se compra una casa y se alquila, en la declaración de la Renta deberá consignar la renta producida.

 

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