La derogación del despido por acumulación de bajas tiene truco: dependerá del nivel de absentismo en la empresa

Para que el empleado absentista no se quede sin trabajo, el índice de ausencias no podrá superar el 2,5% en el mismo centro laboral y en el mismo periodo

Yolanda Díaz
Yolanda Díaz

El Gobierno se ha comprometido a que una de sus próximas medidas laborales más destacadas sea la derogación del despido por acumulación de bajas. Se trata de una de las principales reivindicaciones de los sindicatos. Pese a que apenas se ha contado con la opinión de los empresarios para la reforma, la fórmula no será totalmente eliminada.

La ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, ha asegurado que, aunque su línea de trabajo va a ser el diálogo social con patronal y sindicatos, la derogación del artículo 52.d del Estatuto de los Trabajadores que permite el despido por acumulación de bajas médicas aunque estén justificadas “no es un asunto negociable”.

“Cuando hay vulneración de derechos fundamentales no se puede negociar nada”, ha subrayado Díaz. 

Ha revelado también que los agentes sociales ya conocen esta decisión, que el Real Decreto-ley que anulará este artículo, derivado de la reforma laboral del 2012, ya está listo y que el Consejo de Ministros lo aprobará previsiblemente el próximo martes.

Pese a ello, fuentes de varios despachos laborales, a las que ha tenido acceso Confidencial Digital, explican que esa derogación del despido por acumulación de bajas médicas no acabará definitivamente con esta práctica, sino que quedará ligada al nivel de absentismo colectivo en la empresa, como antes de la reforma del Gobierno del PP.

Así, destacan que lo importante de la reforma que se llevó a cabo hace ocho años en este punto es que se individualizó el cómputo de las bajas justificadas. 

Hasta entonces para que no afectara a la productividad de las empresas, además de la cuenta individual, se debía cumplir un cómputo colectivo: el índice de absentismo no debía superar el 2,5% en el mismo centro de trabajo y en el mismo periodo que el trabajador afectado. Y es, por tanto, a la situación que se volverá tras la reforma.

 

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