El Gobierno obligará a fichar al entrar y salir del trabajo: así es el decreto de “registro horario”

Se aprobará en el Consejo de Ministros del viernes. Las empresas tendrán que llevar un control diario de accesos, y con ello se perseguirá el abuso de las horas extra

Pedro Sánchez y Magdalena Valerio, en el Palacio de la Moncloa.
Pedro Sánchez y Magdalena Valerio, en el Palacio de la Moncloa.

Los españoles van a tener que fichar a la entrada y a la salida del trabajo, como forma de cumplir –según el Gobierno- el derecho laboral básico de cada empleado de “conocer la duración y la distribución de su jornada ordinaria de trabajo, así como su horario laboral”. Una reforma que aprobará por decreto antes de finalizar la legislatura.

Esto supondrá, por tanto, implantar de forma generalizada el sistema de fichar al llegar y al marcharse del trabajo que, a día de hoy, existe en la Administración y en muchas grandes compañías, pero prácticamente en ninguna de las medianas y pequeñas empresas.

“Registro diario” con horario de entrada y salida

Confidencial Digital ha tenido acceso a la propuesta de “registro horario” en las empresas que el Ministerio de Trabajo llevará al Consejo de Ministros del próximo viernes, el último antes de la disolución de las Cortes. El decreto reforma cuatro artículos del Estatuto de los Trabajadores (4, 12, 34 y 35).

La ley que regula el mercado laboral especificará en el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores cómo deberán registrar la jornada las empresas. “Será de obligación de la empresa registrar la jornada de cada trabajador. Este registro de jornada será diario y deberá incluir el horario concreto de entrada y salida”, recoge el texto del decreto.

Entrega de las horas realizadas cada mes

Otra novedad que se incluirá en el artículo 35 será que cada trabajador reciba la relación de horas ordinarias y extraordinarias que ha realizado cada mes. Los representantes sindicales recibirán también esta información de toda la plantilla.

La empresa tendrá que conservar durante cuatro años los registros de jornada, y la documentación deberá permanecer en todo momento en el centro de trabajo a disposición de la Inspección de Trabajo y de Seguridad Social.

Cambios en la regulación de las horas extras

Según las fuentes consultadas por ECD, el decreto que prepara el Gobierno también recoge cambios en la regulación de las horas extraordinarias.

Las empresas deberán informar mensualmente a los sindicatos de las que ha realizado cada trabajador, cualquiera que sea su forma de compensación. Para ello, obligará a la compañía a enviarles “copia de los resúmenes” del registro diario.

En la CEOE han reclamado al Ministerio de Trabajo, no obstante, la necesidad de que la comunicación mensual de las horas extras especifique que son “provisionales”, dado que el empresario tiene cuatro meses para compensarlas.

 

Mención a la obligación del trabajador de fichar

Los empresarios echan también en falta alguna referencia en el registro, por ejemplo, a los tiempos de descanso. Y una mención concreta a la obligación del empleado de fichar, a lo que hasta ahora se resistía el Gobierno.

La legislación que regula el empleo a tiempo parcial también se verá afectada. Para estos trabajadores “se concretará de forma expresa en el contrato el horario habitual de trabajo, sin que sea suficiente a estos efectos la mera referencia al convenio colectivo de aplicación”, según la nueva redacción del artículo 12 del Estatuto de los Trabajadores.

Comerciales o transportistas se libran

Ante el nuevo escenario regulatorio, el Ejecutivo prevé el establecimiento de algunas excepciones en el cumplimiento de esta obligación empresarial, dado los problemas para registrar la jornada que se dan en algunos colectivos, actividades o empresas.

Estas dificultades se producen, según especifica el propio texto, en profesiones como los comerciales, que no trabajan en un centro específico, o en los transportistas.

No va ir contra la flexibilidad horaria

Frente a las eventuales críticas al Gobierno por los obstáculos que se van a poner a la medida a la flexibilidad horaria de los empleados, Trabajo aclara que no se puede confundir flexibilidad con incumplimiento de las normas sobre jornada máxima y horas extraordinarias.

De hecho, esa flexibilidad -siempre según el texto del Ministerio de Trabajo- “justifica el esfuerzo en el cumplimiento de estas normas, muy particularmente, las normas sobre cumplimiento de límites de jornada y de registro de jornada diaria”.

Argumentar la urgencia del decreto ley

Pese a que existe una proposición de ley en tramitación para establecer el registro horario, fuentes del Gobierno consultadas por ECD confirman que está previsto que la reforma se apruebe por decreto ley en el Consejo de Ministros del próximo viernes.

El Ministerio de Trabajo reconoce que va a tener que argumentar la urgencia de la medida, para que el Tribunal Supremo no anule el decreto.

Entre las razones que incluirá en el texto, para justificar la “urgente y extrema necesidad”, destaca que el hecho de trabajar más horas de las firmadas incide en la precarización del mercado de trabajo por dos motivos.

Por un lado, dificulta la conciliación familiar y el salario; y, por otro, afecta gravemente a los ingresos de la Seguridad Social, ya que no se cotiza por el salario que correspondería a la jornada realizada.

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