Para Hacienda, una familia con dos hijos es ya numerosa si la mujer está embarazada del tercero aunque no haya nacido

Les corresponderán las deducciones fiscales en el impuesto de la Renta, el de matriculación, el IBI, en las ayudas y becas…

Delegación de la Agencia Tributaria.
Delegación de la Agencia Tributaria.
  1. Beneficios antes de que nazca el tercer hijo
  2. Aplicarse las deducciones en los impuestos
  3. Desgravaciones en el IRPF, matriculación, IBI…

 

Una resolución del Tribunal Económico Administrativo de Madrid ha establecido que Hacienda tiene que aplicar los beneficios de familia numerosa en la compra de vivienda aunque el tercer hijo aún no haya nacido. La decisión ha abierto la puerta a que se les apliquen también las deducciones en otros impuestos, como el de matriculación, el IBI…

El tribunal ha resuelto que una familia es numerosa cuando tiene dos hijos y la mujer está embarazada del tercer descendiente, aunque todavía no hubiera nacido

Así, acaba de dar la razón a una familia con dos hijos y la mujer embarazada, que reclamaba ser considerada como numerosa para el pago del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP-AJD).

La compra de un inmueble devenga diferentes tasas, entre ellos, el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, y en algunas comunidades autónomas -como en Madrid y Valencia- las familias numerosas (a partir de tres hijos) pueden acogerse a un tipo reducido de gravamen si se compra una vivienda habitual.

Beneficios antes de que nazca el tercer hijo

Ahora, según las fuentes fiscales consultadas por Confidencial Digital, esta novedosa resolución del Tribunal Económico Administrativo de Madrid va a permitir considerar “al nasciturus como parte de la unidad familiar, estando ésta formada por tres hijos y así reconocer que es familia numerosa”.

Además, defiende que un hijo es persona desde su nacimiento, pero el concebido se tiene por nacido para todos los efectos que le sean favorables, incluidos los beneficios fiscales que se puedan aplicar a las familias numerosas.

Esta nueva interpretación abre la puerta a solicitar su aplicación en otros ámbitos tributarios e, incluso fuera del mismo, en el caso de ayudas y becas previstas para familias numerosas.

Aplicarse las deducciones en los impuestos

Los beneficios fiscales para las familias numerosas pueden dividirse en función del ámbito de aplicación o de la entidad que aplica el mismo. 

 

Existen ventajas fiscales de ámbito estatal tanto en la Renta como en impuestos indirectos, de comunidades autónomas aplicados en el tramo autonómico del IRPF y, por último, los referidos al municipio de residencia.

Desgravaciones en el IRPF, matriculación, IBI…

Por ejemplo, la cuantía de la deducción por familia numerosa de tipo general en la Renta es de 1.200 euros. Se multiplica por dos para las familias numerosas de carácter especial, que son las que cuentan con más de cinco hijos. Es decir, percibirán 2.400 euros. 

Estas cantidades se incrementarán hasta en 600 euros anuales adicionales por cada uno de los hijos que formen parte de la familia numerosa que exceda del número mínimo de hijos exigido para que haya adquirido la condición de familia numerosa de categoría general o especial, según corresponda.

El otro beneficio fiscal de carácter estatal se encuentra en el impuesto de matriculación. Este tributo indirecto, que se paga cada vez que se compra un nuevo vehículo, tiene una reducción del 50% siempre que se compre un automóvil con capacidad homologada no inferior a 5 plazas y no superior a 9.

En cuanto a las tasas locales, en concreto las bonificaciones en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), dependerá del ayuntamiento en el que la familia se encuentra empadronada, pero en muchos casos alcanza hasta el 60%. 

Eso sí, el arranque de esta deducción suele ser algo más tardío que en las deducciones de otros impuestos. Es decir, aunque por el nacimiento de un hijo se consiga este año el título de familia numerosa y se presente al ayuntamiento.

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