La justicia española, en vilo: Europa va a decidir sobre permisos de paternidad y despido de discapacitados

El tribunal de Luxemburgo fallará en diez días sobre dos cuestiones prejudiciales planteadas por juzgados de Madrid y Barcelona

Sala de deliberaciones del TJUE.
Sala de deliberaciones del TJUE.

Los jueces españoles están pendientes de Europa, y en concreto de que el Tribunal de Luxemburgo se pronuncie sobre dos aspectos de gran interés para los ciudadanos: el empleo de las personas con discapacidad y los permisos de paternidad.

El informe Olivenza, editado por el Observatorio Estatal de Discapacidad, dependiente a su vez del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, cifra en casi 600.000 (un total de 591.600) el número de empleados con discapacidad en España a principios de 2017, la última cifra oficial.

Por otro lado, según el Ministerio de Hacienda, desde 2007 hasta hoy se han gestionado un total de 2.730.548 permisos de paternidad, que han costado 2.600 millones a la Seguridad Social. Las previsiones cifran en 226 millones el aumento anual del gasto para el Estado con la entrada en vigor del aumento de la baja laboral a 8 semanas.

Pues bien. Según ha sabido Confidencial Digital, en los próximos días, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), con sede en Luxemburgo, responderá a dos cuestiones prejudiciales planteadas por sendos juzgados españoles y que tendrán repercusión en la justicia comunitaria, y por supuesto, en la española.

Discapacitados

En primer lugar, el 11 de septiembre, decidirá si las personas “especialmente sensibles a los riesgos derivados del trabajo” pueden no desempeñar determinados puestos. Si responde afirmativamente, tendrá que pronunciarse sobre otra cuestión.

Se trata de la siguiente: si es discriminatorio el despido de un empleado por causas “económicas, técnicas, organizativas y de producción” cuando esta persona tiene reconocida una discapacidad y sus dolencias físicas le impiden alcanzar un nivel de producción determinado.

Trabajos rotatorios

También pregunta si ese despido es legal cuando se produce porque el trabajador sufre una discapacidad que le impide desempeñar puestos de trabajo rotatorios, que requieren varias destrezas físicas de las que carece, y ha faltado en varias ocasiones al trabajo por bajas médicas.

El caso concreto se refiere a una empleada de Nobel Plastiques Ibérica S.A., que ha acudido a los juzgados de lo social de Barcelona. La empresa se dedica a la manufacturación de productos y piezas de plástico en distintas plantas y tiene establecida la producción en cadena.

Permiso de paternidad

En segundo lugar, el 18 de septiembre, el Tribunal Europeo decidirá sobre el caso de un empleado de una Unión Temporal de Empresas (UTE) integrada por fabricantes de productos de alumbrado y diseñadores de sistemas informáticos.

 

La cuestión, planteada por el juzgado de lo social madrileño, pregunta si es contrario a la legalidad comunitaria el Estatuto de los Trabajadores, y en concreto, el artículo 37.6, que regula las bajas por paternidad.

La duda del juez se centra en precisar si es legal reducir la jornada de trabajo del empleado que se acoge a la conciliación laboral para dedicarse el cuidado de menores y que eso implique una reducción proporcional del salario.

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