Los juzgados ya están colapsados por los recursos para anular multas no notificadas en domicilio

El fallo sobre el impuesto de las hipotecas se suma a la avalancha de reclamaciones tras la sentencia del TC que abrió la puerta a invalidar las sanciones, de todo tipo, sólo publicadas en boletines oficiales

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Radar DGT

La sentencia del Supremo sobre el impuesto de las hipotecas amenaza con hacer caer sobre el sistema judicial otra avalancha de demandas. Se sumarán a las que ya se tramitan por las cláusulas suelo. Pero, además, la nueva oleada llega con los juzgados ya colapsados por los recursos que se acumulan para anular multas mal notificadas.

Los principales despachos de abogados, que en los últimos cinco años han dirigido reclamaciones contra los bancos por la comercialización de todo tipo de productos, han comenzado a preparar nuevas campañas publicitarias para atraer clientes tras el fallo sobre el impuesto de las hipotecas.

Nuevo frente judicial: multas mal notificadas

Por si esto fuera poco, según ha podido saber Confidencial Digital por fuentes de la Administración de Justicia, los bufetes especializados en la defensa de los consumidores y usuarios tienen en marcha otro frente judicial, que se lleva tramitando desde hace varios meses en los juzgados de toda España.

Una sentencia, dictada el pasado mes de febrero, por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo nº 21 de Madrid, condenó a la DGT a devolver los puntos detraídos a un automovilista al que Hacienda había anulado previamente una multa por estar mal notificada.

Era el primer fallo que se producía en España en este sentido. Abrió la puerta desde entonces a que casi 10.000 conductores puedan recuperar cada año los puntos que, tanto Tráfico como los ayuntamientos, detraen indebidamente por multas mal tramitadas.

Aluvión de recursos para anular sanciones

A raíz de esta sentencia, según ha podido saber Confidencial Digital por varios despachos de abogados, los recursos presentados en los juzgados para que se declaren nulos procedimientos administrativos que conllevaron multas y que no fueron notificadas a los infractores en los domicilios correctos, se han disparado en los últimos tres meses.

Un volumen que, en los bufetes de abogados consultados por ECD, no dudan en calificar de “verdadero aluvión”. La razón de la elevada cantidad de reclamaciones es que afecta a sanciones, de todo tipo, anulables porque sólo han sido publicadas en boletines oficiales.

Comienzan a registrarse sentencias favorables

Hace sólo unos días, la Sala Segunda del Tribunal Constitucional anuló también una sanción de 301 euros impuesta a una vecina de Sevilla por organizar una manifestación sin permiso.

La multa nunca le fue notificada, sino que se dio por buena la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla (BOP), que el TC ha considerado ahora “insuficiente”.

 

Asimismo, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Valladolid acaba de declarar nula una sanción impuesta a un empresario por haber sido publicada sólo en el Boletín Oficial del Estado, en lugar de haberle sido notificada en su domicilio fiscal o en el domicilio que consta en el padrón. Esa circunstancia, concluye, provocó su “indefensión”.

No sirve publicarlas sólo en los boletines oficiales

El Tribunal Constitucional ha establecido que, entre las garantías del derecho a la defensa que recoge el artículo 24 de la Constitución, están los derechos a ser informado de la acusación.

Eso exige que el ciudadano sea emplazado o le sean notificadas debidamente las multas. Sólo así podrá disfrutar de una efectiva posibilidad de defensa frente a la infracción que se le imputa y, además, requiere que la Administración siga un procedimiento en el que el denunciado tenga oportunidad de aportar y proponer las pruebas que estime pertinentes y de alegar lo que a su derecho convenga.

El TC ha destacado también la exigencia del emplazamiento o citación personal de los interesados, siempre que sea factible, por lo que el emplazamiento edictal constituye un remedio último o de carácter supletorio y excepcional, ya que ningún ciudadano está obligado a leer a diario los boletines oficiales para ver si en ellos aparece su nombre.

Una de cada tres multas de tráfico está mal notificada

Según el volumen de multas que cada día se publican en el Boletín Oficial del Estado, y los datos del último informe de auditoría de las cuentas anuales de la DGT de 2016, se estima que una de cada tres multas que se tramitan en España esta mal notificada. Y por tanto es anulable.

Teniendo en cuenta que, de ellas, el 1% conlleva pérdida de puntos, 45.000 conductores cada año estarían perdiendo puntos sin que nadie se lo estuviera advirtiendo antes.

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