Primera sentencia sobre el registro horario: se puede recortar la nómina por llegar tarde al trabajo

La Audiencia Nacional considera legal la medida porque “no existe una efectiva prestación de servicios por parte del empleado” cuando ficha después de la hora establecida

Material de oficina
Material de oficina.

La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha dictado la primera sentencia sobre el registro horario laboral, que entró en vigor el pasado 12 de mayo.

El fallo, al que ha tenido acceso Confidencial Digital, desestima una demanda sobre conflicto colectivo de CGT contra la empresa de teleasistencia Atento y UGT, CCOOO, CSIF, USO y varios sindicatos más.

CGT alegó que la empresa tenía “como práctica habitual y contraria a derecho” el recorte en la nómina de cada mes la parte correspondiente a los minutos de retraso, que se verifican a través del sistema de control horario para verificar el momento de incorporación y salida del puesto de trabajo.

Para el sindicato, la compañía debería permitir que los empleados compensen los retrasos con otros periodos de trabajo y denuncia que los recortes son “auténticas multas de haber” y “sanciones disciplinarias” de facto, algo que ha sancionado la Inspección de Trabajo en otras ocasiones.

No se puede reclamar salario

Según la AN, “para que exista multa de haber es necesario que haya un efectivo devengo del salario” algo que “en modo alguno” sucede en este caso, “pues cuando no existe una efectiva prestación de servicios por parte del trabajador, no se devenga salario alguno”.

Lo fundamenta en que el contrato de trabajo establece obligaciones tanto para la compañía como para el empleado, y en este último caso, “el trabajador no puede reclamar salario alguno por periodos de tiempo por ínfimos que estos sean en los que no exista efectiva prestación de servicios”.

Por tanto, desestima la demanda contra Atento, absolviéndola, e informa de la posibilidad de presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

 

Video del día

Feijóo destaca el “modelo de la concordia” del PP en Cataluña
frente al “modelo rupturista” del resto de partidos catalanes
Comentarios
Envíanos tus noticias
Si conoces o tienes alguna pista en relación con una noticia, no dudes en hacérnosla llegar a través de cualquiera de las siguientes vías. Si así lo desea, tu identidad permanecerá en el anonimato